Cobija a extrabajadores dependientes e independientes que hayan aportado a cajas de compensación.
Este auxilio está dirigido solo a personas que perdieron sus ingresos por cancelación de contratos, no a quienes los tienen suspendidos.
Para las personas que perdieron su empleo a partir del 12 de marzo de este año por cuenta de la pandemia, que estaban clasificadas en las categoría A y B y que hayan aportado a las cajas de compensación familiar por lo menos seis meses en los últimos cinco años, se abren nuevamente los canales de postulación para recibir un auxilio económico de 160.000 pesos, por tres meses.
Así lo contempla el decreto 801 del 4 de junio, expedido a propósito del “Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”, decretado por el Gobierno Nacional, que entregará este beneficio a aquellos trabajadores dependientes e independientes cesantes y hasta donde lo permita la disponibilidad de los recursos.
El otorgamiento de este auxilio aplica para aquellos trabajadores que no hayan sido beneficiarios del Mecanismo de Protección al Cesante en los últimos 3 años y seguirá siendo entregado por las cajas de compensación familiar, ante las cuales deberán hacerse las postulaciones.
La financiación se hace a través de los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencia (Fome), asignado al Ministerio del Trabajo.
En este momento se cuenta con cerca de 78.000 millones de pesos disponibles para atender a más de 160 mil nuevos postulados.
De acuerdo con la Superintendencia de Subsidio Familiar, ya están recibiendo el auxilio económico de 160 mil pesos mensuales por tres meses, 133.111 personas que se encontraban aún en lista de espera, ante el agotamiento de recursos, para lo cual se giraron cerca de 63.000 millones de pesos.
Se aclara la gratuidad para los beneficiarios, quienes no pagarán ningún tipo de comisión o tarifa por el retiro o disposición de las transferencias que reciban en virtud del mismo.
Finalmente, se precisa que los posibles beneficiarios deben:
1. Acceder a través de los portales virtuales de la última caja de compensación a la que estuvieron afiliados y llenar el formulario digital.
2. Presentar la certificación de terminación laboral a partir del 12 de marzo, en caso de haber sido trabajador dependiente.
3. En caso de ser independientes, mostrar la constancia de la terminación del contrato.
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