domingo, agosto 09, 2020

Funciones y obligaciones del revisor fiscal


La revisoría fiscal solo debe ser ejercida por contadores públicos, dada su importancia para el desarrollo de los negocios. De ahí que conlleve una gran responsabilidad para quienes la practican.

Por ello explicamos cuáles son las funciones que la ley les asigna a los revisores fiscales.

Las funciones del revisor fiscal se encuentran contenidas principalmente en el artículo 207 del Código de Comercio –CCo–. Dichas funciones se complementan con los requerimientos de los artículos 208 y 209 del mismo código.

Además, otras normas, tales como la Ley 43 de 1990, establecen funciones adicionales para el revisor fiscal, tal como se puede observar en la siguiente infografía:


En general, todas las funciones del revisor fiscal pueden dividirse en funciones de fiscalización y de aseguramiento. Veamos:
Funciones de fiscalización

Las funciones de fiscalización se refieren a aquellas relacionadas con la evaluación del control interno y del cumplimiento normativo de la entidad. A continuación, las enunciamos:
Cerciorarse del cumplimiento de la normativa del ente (numeral 1 del artículo 207 del CCo)

El revisor fiscal debe asegurarse de que la entidad cumpla con las disposiciones de los estatutos, de la asamblea de accionistas o junta de socios y de la junta directiva.

Para cumplir con esta función el revisor fiscal debe hacer un seguimiento de las operaciones de la entidad, para verificar que se desarrollen en debida forma.
Informar las irregularidades que detecte (numeral 2 del artículo 207 del CCo)

Cuando el revisor fiscal tenga conocimiento de alguna irregularidad en el funcionamiento de la entidad deberá informarla por escrito al gerente, a la junta directiva o a la asamblea de accionistas o junta de socios, según el asunto del que se trate.

El propósito de esta función es permitir que la entidad tome las medidas oportunas para corregir la situación y evitar así incurrir en sanciones, mala reputación o cualquier otro riesgo.
Colaborar con las autoridades (numeral 3 del artículo 207 del CCo)

El revisor fiscal debe colaborar con las entidades gubernamentales que ejercen inspección y vigilancia cuando estas le soliciten informes. Esto, debido a la función social que cumple el revisor fiscal en las entidades.
Velar porque la contabilidad se lleve en debida forma (numeral 4 del artículo 207 del CCo)

Para cumplir con esta función el revisor fiscal debe estar atento a que la entidad tenga su contabilidad al día, que la lleve conforme al marco técnico-normativo que le corresponde según su grupo de convergencia, que se registre la totalidad de operaciones que desarrolla, y que se conserven adecuadamente los soportes y los libros contables.
Velar porque la entidad conserve las actas y correspondencia (numeral 4 del artículo 207 del CCo)

El revisor fiscal tiene la función de examinar que la entidad conserve adecuadamente las actas de las reuniones de la asamblea de accionistas o la junta de socios y de la junta directiva, así como su correspondencia.
Inspeccionar los bienes de la sociedad (numeral 5 del artículo 207 del CCo)

El revisor fiscal debe practicar las pruebas que le permitan determinar que la entidad cuenta con adecuadas medidas de control interno para conservar tanto sus bienes como los de terceros que tenga en su poder.

Esto implica que el revisor fiscal se asegure de que los bienes se usan adecuadamente, y que se tienen establecidas medidas para protegerlos de daños o robos.
Establecer un control permanente sobre los valores sociales (numeral 6 del artículo 207 del CCo)

Esta función se relaciona con la anterior (de inspeccionar que los bienes sociales de la entidad se utilicen y conserven en debida forma) en el sentido de que cuando el revisor detecte que existe un incumplimiento en este aspecto deberá emitir las recomendaciones necesarias a la administración para corregir la situación.
Convocar a la asamblea o junta de socios (numeral 8 del artículo 207 del CCo)

El revisor fiscal tiene la obligación de convocar a la asamblea de accionistas o junta de socios cuando existan asuntos de tal importancia que deban ser comunicados a los socios o accionistas, toda vez que requieren atención inmediata.
Cumplir con las demás funciones asignadas (numeral 9 del artículo 207 del CCo)

El revisor fiscal además deberá cumplir con las demás funciones que le asignen las leyes o los estatutos de la entidad en la que presta sus servicios. De igual forma, deberá llevar a cabo las funciones que le asigne la asamblea o junta de socios siempre que estas sean compatibles con la ley y los estatutos.
Reportar operaciones sospechosas a la UIAF (numeral 10 del artículo 207 del CCo)

Esta función exige que cuando el revisor fiscal detecte operaciones sospechosas relacionadas con el lavado de activos o con la financiación de terrorismo las reporte inmediatamente a la Unidad de Información y Análisis Financiero –UIAF–.
Denunciar actos de corrupción (ver numeral 5 de la Ley 43 de 1990)

Es deber del revisor fiscal denunciar los actos de corrupción que encuentre en el desarrollo de sus funciones. Para esto la norma le da un espacio de seis (6) meses a partir del momento del conocimiento del hecho o del momento en que debería haberlo conocido.
Pronunciarse sobre el control interno (artículo 209 del CCo)

Según esta función, el revisor fiscal debe elaborar un dictamen a la asamblea de accionistas o junta de socios, en el que se refiera a los siguientes temas:
Si los administradores cumplen con las disposiciones de la asamblea o junta de socios.
Si se conservan adecuadamente los soportes contables y los libros de actas de la entidad.
Si existen y se cumplen las medidas de control interno de la entidad.
Función de aseguramiento

Esta función se relaciona con la obligación del revisor fiscal de dictaminar los estados financieros. Esta se encuentra establecida en el numeral 7 del artículo 207 del CCo.

Al final de cada ejercicio el revisor fiscal tiene la obligación de emitir su dictamen, en el que incluya su opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros.

Para cumplir con esta obligación, el revisor fiscal debe obtener un adecuado conocimiento de la entidad, realizar una evaluación de riesgos, ejecutar procedimientos de auditoría y recolectar evidencia. Todos estos elementos se convierten en la base sobre la cual el revisor puede formarse una opinión respecto a la razonabilidad de los estados financieros.



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