La advertencia rige para los artículos que fueron tumbados por vicios de fondo y no de forma.
Corte Constitucional de Colombia
La Corte Constitucional advirtió que los artículos de la antigua ley de financiamiento que se tumbaron por vicios de forma en las discusiones de sala plena no podrán volver a incorporarse en la nueva reforma tributaria o ley de crecimiento económico.
Uno de esos artículos fue el 21, que obligaba a los colombianos pagar el 2% del impuesto nacional al consumo de bienes e inmuebles. La Corte lo tumbó por vicios en la ley que llevaban a un desequilibrio, desproporción y trato desigual e inequitativo entre compradores y vendedores que se encuentran en las mismas condiciones por el número de ventas o cambio de propiedad.
Sobre la ley de financiamiento que se tumbó por irregularidades en su trámite en el Congreso y que pierde vigencia a partir del primero de enero, la Corte estudió un aproximado de 30 demandas de las cuales están pendientes siete.
La presidente de la Corte, Gloria Ortiz, dijo que el estudio de fondo de esas siete demandas restantes depende de que su contenido sea el mismo en la nueva reforma tributaria.
“Si se reproducen sus contenidos en la nueva ley, tendrán que ser objeto de pronunciamiento de la Corte y muy posiblemente también se demandará la nueva ley”, dijo la magistrada al señalar que si los contenidos de esos artículos demandados no se reproducen, entonces no se estudiarán.
Entre esos artículos demandados está el 307, que crea mecanismos para la lucha contra la evasión de impuestos, y el artículo 10, “por la cual se expiden normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto nacional y se dictan otras disposiciones”.
La magistrada no descartó que el próximo año vuelvan a recibir demandas contra la nueva reforma tributaria que pasó en el Congreso de la República.
https://www.rcnradio.com/judicial/articulos-caidos-de-antigua-ley-de-financiamiento-no-podran-revivir-corte
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