1. Introducción
El 13 de julio del 2009, se promulgó la Ley 1314 y con ella, el país convergió a estándares internacionales de aceptación mundial basados en las NIC-NIIF y la NIIF para las Pymes (grupos 1 y 2). Algunos pioneros ya conocían al respecto, varios solo tenían conocimiento del marco contable anterior, decretos 2649 y 2650 de 1993, y no se tenía idea de la existencia de estos nuevos estándares.
A partir de esta normativa, se inició no solo el recorrido hacia nuevas características de la información contable y financiera, sino también hacia otro estándar internacional que ha ido de la mano de las NIIF, el lenguaje estándar de transferencia de información, XBRL.
Profesionales de la contabilidad y financieros, así como de las ciencias informáticas, entidades de regulación, y de supervisión, las empresas que deben reportar ante estas su información financiera, y otros actores relacionados, de una u otra forma se han enfrentado en mayor o menor grado a estos dos temas, en algunos casos, aún sin entender de fondo cuál es su relación entre los dos estándares y la forma como se ha adoptado en Colombia.
A continuación, se presentan algunas definiciones que permitirán entender en mayor detalle cómo es esta interacción, para que finalmente, se pueda tener una mejor idea de cómo enfrentar este cambio para la profesión contable.
2. Antes y después de la aplicación de las NIIF y XBRL
Con la convergencia a los estándares internacionales de información financiera, se pasa de un marco normativo que establecía reglas a uno que establece principios, esto se refleja entre otros aspectos en lo siguiente:
2.1 Antes de la aplicación de las NIIF
El marco normativo definido en los decretos 2649 y 2650 de 1993, definía las reglas para el reconocimiento de los hechos económicos mediante un Plan Único de Cuentas (PUC) que incluía un catálogo de cuentas junto con sus respectivas dinámicas para el registro de las operaciones económicas y con esto, la posterior generación de los estados financieros.
A continuación, se presenta un gráfico que ilustra lo mencionado anteriormente:
Gráfico: Antes y después de la aplicación de NIIF en Colombia
Fuente: Elaboración propia
2.2 En la aplicación de las NIIF
Con la Ley 1314 del 2009 y sus decretos reglamentarios, se cambiaron las reglas definidas en el Decreto 2649 de 1993 a principios, interpretaciones y guías, y se pasó del plan (único) de cuentas del decreto 2650 de 1993 a tener libertad para utilizar un plan de cuentas particular para cada entidad (persona natural o jurídica) obligada a llevar contabilidad según fuera considerado por cada una de ellas, de acuerdo con sus necesidades, lo que entre otros aspectos hace necesaria la aplicación de un criterio profesional de todos los actores que participan en la elaboración de los estados financieros, entre ellos claro está los contadores públicos.
En Colombia se estableció que el grupo 1 debe aplicar las NIIF[1] Plenas (IFRS Full) definidas por la IFRS Foundation[2] (y que sean incorporadas en un decreto reglamentario). Estas deben ser usadas principalmente por entidades reportantes de interés público, aquellas que cotizan en una bolsa de valores y por instituciones financieras entre otras. El grupo 2 debe aplicar la NIIF para las Pymes (IFRS for SME’s), también definida por IFRS para ser aplicada en Colombia por las entidades que no pertenecen a los grupos 1 o 3 siempre que sean privadas. Para grupo 3 se aplica únicamente el marco normativo nacional definido para tal fin.
Teniendo en cuenta lo anterior, es importante mencionar que IFRS Foundation, según indica en su portal web, con el ánimo de mejorar la comunicación entre los preparadores y los usuarios de los estados financieros que hacen uso de las NIIF, publica también unos recursos denominados “Taxonomías IFRS” que orientan la presentación de los estados financieros definidos tanto en la NIC 1 como en la sección 3 de la NIIF para las Pymes. Estos recursos solamente aplican para los marcos definidos por ellos, de esta forma teniendo en cuenta que al Grupo 3 corresponde un marco normativo local, las taxonomías disponibles para este grupo han sido definidas de forma independiente por entidades como la Superintendencia de Servicios y Superintendencia de Vigilancia, se espera que próximamente otras superintendencias emitan taxonomías también para este grupo.
3. Marcos normativos y estructuras de reporte en XBRL
3.1 Marcos normativos
Un marco normativo consiste en las normas o reglas específicas para realizar y atender un proceso, es decir es más específico que un marco legal.
Desde otra perspectiva, un marco legal dicta lo que debe hacerse, mientras que el normativo obedece al legal y además de dictar lo que debe hacerse, se refiere también a cómo hacerlo.
De esta forma, los marcos normativos contables actuales para las entidades de naturaleza privada están asociados con los decretos emitidos según los grupos de aplicación y su caracterización; grupos 1, 2 y 3, además de algunas definiciones del decreto 2649 que aún persisten, mientras que los marcos normativos para las entidades de naturaleza pública están asociados con las resoluciones correspondientes también según su caracterización.
Gráfico: Marcos normativos de información financiera en Colombia
Fuente: Elaboración propia
3.2 Estructuras de reporte en XBRL: Taxonomías
Suele suceder incluso ahora, que al mencionar la sigla XBRL y la palabra taxonomía en un entorno contable o financiero, se genera algo de inquietud y se considera que se está entrando en un mundo extraño, se tratarán estos dos términos con la naturalidad propia de quienes hablan de algo con lo que se convive.
El término “Taxonomía” es una palabra ‘lujosa’ para hacer referencia a una clasificación. Si se trata en relación con los estados financieros, las taxonomías los clasifican en categorías. Por ejemplo, una categoría para el estado de situación financiera y otra para el estado de resultados (integral, integral si se presenta) y en su interior organizan los diferentes ítems que las componen; por ejemplo, el estado de situación financiera estará compuesto por una sección de activos, otra de pasivos y otra de patrimonio.
Hasta allí, nada nuevo, simplemente se está asignando un orden y facilitando la clasificación y estructuración del estado financiero y las partes que lo integran conforme se define en los marcos normativos.
Por su parte, XBRL es un lenguaje de información desarrollado específicamente para describir la información utilizada en los estados financieros. Así, cuando se habla de una Taxonomía XBRL, se hace referencia a los archivos que definen los ítems de los estados financieros permitiendo presentar “una plantilla” para ellos. De esta forma, con las herramientas adecuadas, la labor consiste en registrar la información financiera “en las plantillas”.
Es posible hacer agrupaciones adicionales denominadas puntos de entrada, estos permiten agrupar “plantillas” por ejemplo, un punto de entrada puede contener “plantillas” con los estados financieros sin incluir las notas donde se utilice el estado de situación financiera – corriente no corriente y el flujo de efectivo por método directo, mientras que otro punto de entrada podría incluir el estado de situación financiera en orden de liquidez y el flujo de efectivo por método indirecto. Y así según el criterio que se aplique.
4. Fusión de marcos normativos y taxonomías en Colombia
Fusionando los dos conceptos analizados anteriormente, encontramos que existen múltiples marcos normativos y que para estos pueden existir taxonomías e incluso, yendo un poco más allá, en Colombia, dependiendo del organismo de supervisión (Superintendencias), pueden existir múltiples taxonomías para un mismo marco normativo.
El siguiente ejemplo corresponde al marco normativo para grupo 1 y para la Resolución 37 del 2017, es decir aquellas entidades que aplican las NIIF Plenas, para las cuales existe una taxonomía emitida por la IFRS Foundation que se ha extendido por distintas superintendencias como Supersociedades, Superservicios y Supervigilancia entre otras.
Las taxonomías, al ser extendidas reflejan el contenido base definido por la Fundación IFRS y además el que es adicionado por cada supervisor, como se presenta en la siguiente imagen.
Gráfico: Contenido de las Taxonomías basadas en NIIF en Colombia
Fuente: Elaboración propia
Así, la taxonomía de Grupo 1, basada en las NIIF Plenas y extendida por las superintendencias mencionadas para los estados financieros individuales está compuesta por los siguientes formularios “plantillas”
5. Opinión final del autor
En resumen, una taxonomía XBRL corresponde a una clasificación que permite representar de forma ordenada una serie de conceptos que están relacionados entre sí y que generalmente corresponden a un marco normativo (aun cuando puede no ser así).
Para presentar adecuadamente información ante un supervisor sobre una taxonomía es fundamental conocer las bases que la componen, siendo además conveniente entender algunas características del lenguaje XBRL como el manejo de períodos, unidades monetarias, entre otros aspectos. De tal manera que no solamente se presente información dando cumplimiento a un requerimiento, sino que además la información presentada cumpla con las características básicas definidas para ella en cuanto a confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y comparabilidad.
Así, con el tiempo, y basándonos en los marcos contables vigentes en Colombia, que van incorporando poco a poco las permanentes modificaciones de los estándares internacionales, quizá sea posible lograr que la información que se solicite mediante taxonomías unificadas por marcos normativos, sea única y versátil, de tal manera que no sea necesario presentarla ante múltiples organismos de supervisión y además pueda ser utilizada para fines adicionales a los de supervisión, haciéndola asequible para múltiples usuarios de ella como otras entidades gubernamentales, entidades financieras, inversionistas y acreedores entre otros, incluso, dando un paso hacia adelante haciendo uso de Inline XBRL (iXBRL) una evolución del estándar que permite que un solo documento proporcione datos legibles por humanos y máquinas.
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