domingo, julio 07, 2024

Qué es un analista financiero y qué trabajos realiza?

 Decir que el dinero no importa es absurdo, pocas cosas están tan arraigadas a nuestra cultura como esta. Pero… ¿sabes qué hace un analista financiero? Te lo explicamos.


Obviar la importancia del dinero, o decir que no te preocupa, es querer vivir de espaldas a la realidad. Una cosa es tener claras tus prioridades, y otra muy diferente es decir que el dinero no importa. El dinero es necesario y las empresas están demandando un perfil profesional muy particular, el analista financiero.


Seguramente hayas escuchado hablar de este alguna vez pero… ¿qué hace? ¿Qué profesiones desenvuelve? ¿Qué estudios se necesitan para ser analista financiero? En las siguientes líneas te lo explicamos, ya que podrías estar totalmente equivocado acerca de las competencias y capacidades de este.
¿Qué es un analista financiero?

Un analista financiero es el encargado de analizar y estudiar la salud financiera de la empresa. Es decir: controlar la rentabilidad, su liquidez, los riesgos que se asumen en cada compra, etc.

El analista financiero planifica la gestión de capital de una empresa. Y sus principales tareas suelen ser:Analizar las condiciones empresariales, económicas e industriales de una empresa.
Elaborar informes y gráficos para analizar la situación de la empresa constantemente.
Estudiar la viabilidad de todas las decisiones que se van a tomar en torno al dinero: rentabilidad, precio, estabilidad, inversiones, etc.

Seguir los balances y hacer informes de la situación financiera de la empresa.

Con estas tareas, un analista financiero podrá predecir el posible futuro de la empresa para ayudarla a crecer y desarrollar su negocio. Todo desde un punto de vista muy analítico y en el que se tendrá en cuenta a la competencia.

¿Qué estudios necesita un analista financiero?

A pesar de que no existe una titulación específica, un analista financiero necesita conocimientos especializados como contabilidad, economía, finanzas, matemáticas, inglés, visión de negocio, etc.

Lo más habitual es que un analista financiero haya cursado ADE (la carrera de Administración y Dirección de Empresas) y algún máster del tipo MBA (Máster en Administración de empresas).

¿Cuánto gana un analista financiero?

Los salarios de los analistas financieros son muy variados, y dependen de la empresa, responsabilidad, etc. Podemos establecer un baremo que variará entre los 25.000 y 60.000 € aunque, normalmente, están ligados a un aumento constante de sueldo y primas por hacer crecer la empresa.

¿Qué tipo de trabajo puede hacer un analista financiero?

Ser analista financiero no suele estar arraigado a una sola competencia, estas son las más habituales:Analista financiero: el responsable de analizar y planificar la financiación de la empresa. Tendrá que equilibrar la balanza entre rentabilidad, liquidez y riesgo que asume una empresa.

Banca: suelen integrarse en los bancos para diseñar estrategias comerciales y de marketing que le permitan crecer en nuevos nichos de mercado.

Controller financiero: supervisan y controlan la parte financiera de la empresa, como los analistas. Sin embargo, su trabajo suele estar más relacionado con el desarrollo del negocio y no tanto con la situación financiera de la empresa.

Big Data: los analistas también se dedican a, mediante cantidades ingentes de datos, tomar decisiones basándose en el análisis y visión global de los mismos. Crean estrategias de gestión novedosas y útiles para las empresas.

Gestión de riesgo: en empresas grandes, el analista financiero suele estar apoyado por perfiles más específicos como este. Controlan la liquidez y la capacidad de endeudamiento de la empresa para poder sacar adelante los proyectos, desarrollar nuevas líneas de negocio o hacer frente a improvistos.

Compra y venta de empresas: la fusión y adquisición es algo habitual en las grandes compañías, y los analistas financieros se dedican a estudiar la viabilidad de estas decisiones.
Seguros: toda empresa de seguros requiere de analistas que puedan establecer precios y evitar el quiebre de las mismas, generando altas rentabilidades.

Esperamos que, con todo esto, te haya quedado claro el trabajo que hace un analista financiero y lo importantes que son para la sociedad.

CAMBIOS APLICABLES A LA LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO DE GANANCIA OCASIONAL, DE PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES, QUE PERTENEZCAN AL RÉGIMEN ORDINARIO O AL SIMPLE

 La Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 terminó modificando cerca de 60 normas diferentes relacionadas con la liquidación del impuesto de renta y de ganancia ocasional a cargo tanto de las personas naturales como de las personas jurídicas (véase el “Cuadro temático de los cambios introducidos por la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 y su evolución normativa durante el 2023”).


A continuación se realizan algunos análisis de las novedades más importantes que se introdujeron en esta materia, actualizados con la respectiva evolución normativa que se produjo sobre el tema durante el año 2023 (ver también las páginas 2 a 37 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023, el Concepto 1286 de diciembre 27 de 2023 y el 018 de enero 10 de 2024).

Cambios que aplicarán por igual tanto a las personas jurídicas nacionales como a las personas naturales residentes, o que aplicarán por igual tanto a las personas jurídicas extranjeras como a las personas naturales no residentes

Los siguientes son los cambios más importantes que a partir del año gravable 2023, en la mayoría de los casos, o en el año gravable 2024, en un caso especial, afectarán por igual tanto a las personas jurídicas como las personas naturales en su proceso de liquidación del impuesto de renta y de ganancia ocasional.

Nueva tributación en el impuesto de renta que recaerá sobre personas naturales no residentes, o entidades extranjeras, que terminen teniendo “presencia económica significativa en Colombia”

Los artículos 57, 58 y 61 de la Ley 2277 de diciembre 13 de 2022 (los cuales fueron reglamentados con el Decreto 2039 de noviembre 27 de 2023) agregaron y/o modificaron los artículos 20-3, 24 y 408 del ET, para establecer que a partir de enero 1 de 2024 las personas naturales no residentes (sin incluir sucesiones ilíquidas) y las entidades del exterior, cuando estén ubicadas en países con los cuales Colombia no tenga en aplicación ningún convenio para evitar la doble tributación internacional, se convertirían en contribuyentes del impuesto de renta ante el Gobierno colombiano por tener Presencia económica significativa en Colombia, si se cumple con la totalidad de los siguientes requisitos:

a) Terminan teniendo en Colombia más de 300.000 clientes a los cuales les vendan todo tipo de bienes o les presten alguno o varios de los once servicios digitales expresamente mencionados en la norma.

b) El monto de tales operaciones supere anualmente, en el año anterior o en el año en curso, las 31.300 UVT (unos $1.327.496.000 en el 2023)

En vista de lo anterior, a los ingresos que obtengan en Colombia se les practicaría la nueva retención a título de renta del 10 % mencionada en el inciso octavo y el parágrafo 2 de la nueva versión del artículo 408 del ET, en el cual se lee:

“Los pagos o abonos en cuenta por concepto de la venta de bienes y/o prestación de servicios, realizada por personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa en Colombia, a favor de clientes y/o usuarios ubicados en el territorio nacional, que no se enmarquen en los demás supuestos de este artículo, están sujetos a una tarifa del diez (10%) sobre el valor total del pago. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podrá regular la forma de aplicación de la respectiva retención en la fuente.”

Parágrafo 2. Para el caso de la retención en la fuente de que trata el inciso 8 del presente artículo, serán agentes de retención las entidades emisoras de tarjetas crédito y débito, los vendedores de tarjetas prepago, los recaudadores de efectivo a cargo de terceros, las pasarelas de pago, los agentes de retención de que trata el artículo 368 del Estatuto Tributario y los demás que designe la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

Además, si la persona natural del exterior o la entidad del exterior no desean sufrir la mencionada retención del 10%, en tal caso podrán optar por presentar una declaración especial de renta al final del año al Gobierno colombiano en la cual tomarán los ingresos brutos obtenidos en Colombia y les liquidarán solo un 3 %. Para cumplir con dicho propósito, primero les tocaría inscribirse en el RUT administrado por la DIAN, reportando el nuevo código de responsabilidad 65, y cumplir con presentar dos tipos declaraciones especiales, a saber (ver artículos 1.2.1.28.4.1 hasta 1.2.1.28.4.11 agregados al DUT 1625 de 2016 mediante el artículo 1 del Decreto 2039 de noviembre 27 de 2023; ver también el artículo 1.6.1.13.2.14 del DUT 1625 de 2016 luego de ser sustituido con el Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023:

a) 6 formularios especiales (que aún no han sido diseñados por la DIAN) y que se presentarían a manera de “anticipos bimestrales del impuesto” liquidando en ellos solo un valor del 2 %.

b) 1 formulario especial (que aún no ha sido diseñado por la DIAN) y que se presentaría con la declaración oficial anual del impuesto a más tardar el decimocuarto día hábil del mes de abril del año 2025 y siguientes.

Ahora bien, si el contribuyente del exterior que se convierte en contribuyente del impuesto de renta ante el Gobierno colombiano por tener presencia económica significativa no cumple con todo lo anterior y queda, por tanto, sujeto a la retención en la fuente a título de renta del 10 %, en tal caso deberá tomarse en cuenta lo que se dispuso en el nuevo artículo 1.2.4.39 del DUT 1625 de 2016 el cual fue agregado con el artículo 12 del Decreto 2039 de noviembre 27 de 2023 (ver numeral 2.8 de este libro).

Todo lo anterior permite prever que las mencionadas personas naturales del exterior o las entidades del exterior a las cuales las conviertan en contribuyentes de renta ante el Gobierno colombiano por tener presencia significativa en Colombia, lo que terminarán haciendo será aumentar los precios de los bienes y/o servicios que les vendan a sus usuarios ubicados en Colombia.

viernes, julio 05, 2024

Según Bill Gates, criptoactivos y NFT se basan en la ‘teoría del más tonto’

 


El empresario comentó que no tiene ningún criptoactivos.

El magnate ha comentado que prefiere invertir su dinero en cosas con resultados valiosos.

El Fundador de Microsoft Bill Gates ha comentado en diferentes medios que actualmente no posee ninguna criptomoneda ni NFT. “Me gusta invertir en cosas que tienen resultados valiosos”, comentó el mangante en la red social de preguntas Reddit.


Asimismo, en la conferencia TechCrunch Sessions: Climate 2022, Gates se refirió de un modo sarcástico a que los NFT no le aportan un valor al mundo.

Como clase de activos, se basa al 100 % en la teoría del tonto mayor: que alguien va a pagar más por ella que yo “Las costosas imágenes digitales de monos van a mejorar enormemente el mundo”, comentó. Esto hacía referencia a los NFT del Bored Ape Yacht Club, los cuales atrajeron la atención de varias celebridades.

Además, aseguró que tanto las criptomonedas como los NFT son un mercado impulsado por el sentimiento: "Como clase de activos, se basa al 100 % en la teoría del tonto mayor: que alguien va a pagar más por ella que yo".

En ese sentido, esta práctica se basa en que las personas invierten en activos sobrevalorados, esperando que otra persona venga y pague aún más por ello.

Sin embargo, este tipo de mercado tiene un defecto y es cuando nadie está dispuesto a pagar esos valores tan altos, los precios disminuyen rápidamente.

Caída del Bitcoin y los NFT


El Bitcoin y los NFT son nuevos mercados digitales.

En lo que va del año, los precios del Bitcoin y de las principales criptomonedas han perdido el 50 % de su valor. Igualmente, se ha registrado que los NFT van cayendo como el mercado criptográfico.

Según los reportes financieros, la moneda digital se desploma un 14,53 % alcanzando un registro visto por última vez en diciembre de 2020.


Además, según ‘CoinMarketCan’ el índice de NFT ha bajado un 30 % 

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Tributación de Dividendos: Cambios Legislativos y Actualizaciones Relevantes

 En el complejo entramado de la tributación de dividendos para personas jurídicas, las recientes modificaciones legislativas han generado un impacto significativo, marcando un punto de inflexión en la forma en que las empresas deben gestionar sus obligaciones fiscales. Específicamente, los cambios introducidos por los artículos 35, 50, 51 y 52 de la Ley 2010 de 2019, junto con los artículos 3, 4, 12 y 13 de la Ley 2277 de diciembre de 2022, han dado lugar a una revisión exhaustiva de las disposiciones del Estatuto Tributario (ET) relacionadas con la tributación de dividendos.


Estos ajustes legislativos han tenido un impacto directo en los artículos 242, 242-1, 245 y 246 del ET, que abordan la tributación de dividendos para una amplia gama de entidades, incluidas personas naturales, sucesiones ilíquidas, sociedades nacionales, entidades extranjeras y personas naturales no residentes. Vale la pena señalar que estas disposiciones ya habían experimentado cambios con la Ley 1943 de 2018, seguidos de una reglamentación posterior mediante el Decreto 2371 de diciembre de 2019, el cual fue sustituido más tarde por el Decreto 1457 de noviembre de 2020.

Sin embargo, el panorama normativo no ha dejado de evolucionar. El Decreto 1103 de julio de 2023 ha introducido nuevas regulaciones que complementan las modificaciones establecidas por la Ley 2277 de 2022, lo que implica que las empresas deben mantenerse al tanto de estos cambios para garantizar el cumplimiento normativo y una planificación fiscal efectiva.

Entre las novedades más destacadas se encuentra la consideración de si las sociedades nacionales inscritas en el régimen simple deben distribuir sus utilidades contables después de impuestos como dividendos gravados o no gravados, un aspecto que hasta entonces no había sido abordado de manera explícita en la legislación tributaria. Esta inclusión refleja la importancia de una regulación precisa y detallada para abordar situaciones específicas dentro del ámbito tributario.

Ante este panorama, es fundamental que las personas jurídicas comprendan a fondo las nuevas normativas tributarias y sus implicaciones en la tributación de dividendos. La correcta interpretación de estas disposiciones no solo es crucial para garantizar el cumplimiento normativo, sino también para optimizar la planificación fiscal y evitar posibles contingencias legales.

En resumen, la tributación de dividendos se ha vuelto aún más compleja y exigente en el contexto de los recientes cambios legislativos. Por lo tanto, es imperativo que las empresas busquen asesoramiento especializado y mantengan una vigilancia constante sobre las actualizaciones normativas para adaptarse eficazmente a este entorno cambiante y asegurar su cumplimiento fiscal.

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Más de 55.000 emprendedores han adoptado pagos digitales

 Asimismo, durante el último año se registraron más de 2 millones de transacciones en Mercado Pago.



En el último año más de 55.000 emprendedores en el país utilizaron la tecnología financiera para cobrar en línea utilizando Mercado Pago.

Lo anterior, de acuerdo con la compañía, demuestra que los emprendedores colombianos cada vez más se adaptan a las nuevas dinámicas del mercado y le apuestan a la inclusión financiera, facilitando la experiencia de usuario y sacando el mayor provecho de los nuevos medios de pago.

La fintech reportó que, hasta la fecha, más de 5.000 establecimientos comerciales han adoptado los pagos digitales como una alternativa de crecimiento en sus negocios.
Asimismo, durante el último año se registraron más de 2 millones de transacciones en la plataforma, dijo la firma.

Por otro lado, durante el primer trimestre de 2022, Mercado Pago aseguró que el volumen total de pagos digitales en toda la región alcanzó los US$17.200 millones, con un crecimiento del 103,2% interanual en dólares.

“En Mercado Pago trabajamos en generar oportunidades financieras para los emprendedores colombianos. Hemos enfocado nuestros esfuerzos en construir un ecosistema de soluciones de pago, facilitando la experiencia para empresas, pymes y usuarios”, afirmó Diego Navarro, country Lead de Mercado Pago.

jueves, julio 04, 2024

Para economías emergentes la inteligencia artificial generativa pesará 0,2% del PIB

 


Google presentó un balance del avance de la IA, ven que aún no hay riesgo sobre la sustitución de empleos, la efectividad humana es de 92% frente a 15% de esa tecnología

Google presentó su ‘Generally Faster’, un informe en el que explicó el avance de la inteligencia artificial generartiva en la economía. Una de sus conclusiones es que, según sus datos, no existe una línea recta entre la difusión de una tecnología poderosa y el desempleo. Pues este ha sido el principal punto que algunos han criticado, cómo la IA puede reemplazar puestos de trabajo tradicional.

De hecho se refieren a un estudio de 2023 que creó cientos de preguntas cuyas soluciones involucraban el trabajo humano y luego los simuló con IA generativa de alto rendimiento, los humanos promediaron aciertos de 92% con respuestas correctas y la IA generativa 15%.

Pero el documento resalta el aporte al impacto económico. Goldman Sachs estima que durante la próxima década la tecnología tipo IA generativa será responsable de un aumento de 0,4% en el crecimiento del PIB en Estados Unidos, 0,3% en mercados desarrollados y 0,2% en los mercados emergentes.

En el documento ven cómo las tecnologías anteriores de uso general, como la máquina de vapor y la electrificación, han traído cambios a lo largo de décadas. Sin embargo, “anticipamos que los efectos de la IA generativa se sentirán más rápidamente debido a su facilidad de difusión”.

En Google ven que esta tecnología ya está generando grandes ganancias de productividad, que aumentarán y se extenderán a medida que las personas y las organizaciones presenten innovaciones complementarias que aprovechen las capacidades de la IA generativa. “Como resultado, el crecimiento económico se acelerará”.

Además de un crecimiento más rápido, la IA generativa traerá otros cambios. Reducirá la demanda de algunas habilidades, aumentará la demanda de otras y creará demanda de otras completamente nuevas. Los temores de un desempleo tecnológico a gran escala probablemente sean exagerados. La historia de las tecnologías de propósito general muestra que el crecimiento que generan va acompañado de una fuerte demanda de mano de obra.

LOS CONTRASTES


Daniel TovarAnalista de tecnología Universidad Javeriana

“Más que hablar de acabar empleos, es cómo se mejora la actividad de ideación (midjourney), donde se pueden generar ideas más rápido para ser productivos”.


Peter ClerkAnalista laboral de la OIT

“Aún no ha empezado una oleada significativa de sistutución de puestos, pero el reto es cómo las personas y empresas se adaptan a las herramientas”.

Sin embargo, este aumento de la demanda suele darse en nuevas ocupaciones. Por ejemplo, más de 85% del crecimiento total del empleo en Estados Unidos desde 1940 se ha producido en ocupaciones completamente nuevas.

“Los rápidos cambios provocados por la difusión de la IA generativa requerirán esfuerzos rápidos y eficaces de recapacitación. Estos esfuerzos podrán recurrir a la propia IA generativa, una herramienta con la capacidad única de ayudar a las personas a aprender a utilizarla mejor. Y debido a que la IA generativa acumula conocimiento y lo pone a disposición según demanda, es particularmente efectiva para mejorar el desempeño de los empleados de nivel inicial, ayudando con la desigualdad salarial” dice el documento.
Desempleo tecnológico

¿Es la IA generativa lo suficientemente poderosa como para cambiar significativamente la relación histórica entre el progreso tecnológico y la mayor demanda de mano de obra humana? Esa es la pregunta que se hacen en el análisis, pues podría parecerlo, sobre todo porque se puede aplicar la IA a tantas tareas. Pero la relación entre el progreso tecnológico y la demanda laboral no es sencilla.

Si la IA generativa puede asumir más de una cuarta parte de las tareas de un trabajo, por ejemplo, no deberíamos esperar automáticamente que el empleo en esa profesión caiga 25%.

“Por supuesto, la IA generativa está mejorando rápidamente y en muchas organizaciones se están realizando intensas investigaciones para abordar las debilidades conocidas de la tecnología. No está nada claro qué tan exitosa será esta investigación ni qué tan rápido progresará. ¿Tendrá éxito hasta el punto de que la IA generativa pueda realizar la mayoría, si no todas, las tareas que componen muchos de los trabajos actuales? Aún no es claro determinarlo”.

Los que lideran en la tecnología

Los países más exitosos en el desarrollo de tecnologías de propósito general y el aprovechamiento de su poder han cosechado niveles de vida comparativamente altos y de rápido crecimiento, mejor seguridad nacional y una mayor capacidad para perseguir sus intereses e influir en los acontecimientos en todo el mundo.

También pueden dar forma a la difusión de tecnologías de manera que reflejen sus objetivos y valores. Mientras tanto, los países que están lejos de la frontera con tecnologías de propósito general también tienden a estar más lejos de estos beneficios.

miércoles, julio 03, 2024

Tratamiento contable del impuesto al consumo en la adquisición de inventarios

 


El CTCP explica en el Concepto 0073 de febrero de 2022 el tratamiento contable del impuesto al consumo en la adquisición de inventarios para los grupos 1, 2 y 3 de aplicación de Estándares Internacionales.

Te explicamos aspectos para su reconocimiento inicial y planteamos un ejemplo de aplicación.

El impuesto nacional al consumo –INC– se genera con la prestación del servicio, la venta al consumidor final o la importación por parte del consumidor final de los siguientes servicios y bienes (artículo 512-1 del Estatuto Tributario –ET–):Prestación de los servicios de telefonía móvil, internet y navegación móvil, y servicio de datos.

Ventas de algunos bienes corporales muebles, de producción doméstica o importados.

Servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías para consumo en el lugar, para ser llevadas por el comprador o entregadas a domicilio; los servicios de alimentación bajo contrato, incluido el servicio de catering; y el servicio de expendio de comidas y bebidas alcohólicas para consumo dentro de bares, tabernas y discotecas.

A continuación, podrás escuchar la explicación del Dr. Diego Guevara Madrid, experto consultor en temas tributarios de Actualícese, sobre la determinación de la base gravable del INC y la tarifa aplicable en los distintos hechos generadores de este impuesto:

¿Cómo debe contabilizarse el impuesto al consumo?

En primer lugar, la entidad debe verificar los requerimientos de medición inicial para cada grupo de aplicación de Estándares Internacionales contenidos en el DUR 2420 de 2015:Grupo 1: el costo de adquisición de los inventarios comprenderá el precio de compra, los aranceles de importación y otros impuestos (que no sean recuperables posteriormente de las autoridades fiscales), y transporte, manejo y otros costos directamente atribuibles a la adquisición de mercaderías, materiales y servicios. Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se deducirán para determinar el costo de adquisición (párrafo 11 de la NIC 2).

Grupo 2: el costo de adquisición de los inventarios comprenderá el precio de compra, los aranceles de importación y otros impuestos (que no sean recuperables posteriormente de las autoridades fiscales), y transporte, manejo y otros costos directamente atribuibles a la adquisición de mercaderías, materiales y servicios. Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se deducirán para determinar el costo de adquisición.

Grupo 3: el costo de adquisición de los inventarios comprenderá, entre otros, el precio de compra, impuestos no recuperables (no descontables), el transporte, la manipulación y otros costos directamente atribuibles a la adquisición de las mercancías, materiales o servicios. Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se restarán para determinar el costo de adquisición. Los descuentos posteriores a la compra, tales como los descuentos por pronto pago, se llevarán al estado de resultados (párrafo 8.5 del DUR 2420 de 2015).

“los marcos normativos indican que el impuesto al consumo es parte del costo del inventario en los casos en que este impuesto no sea recuperable”

Por las definiciones anteriores puede concluirse que los marcos normativos indican que el impuesto al consumo es parte del costo del inventario en los casos en que este impuesto no sea recuperable.

Por tanto, el reconocimiento en la adquisición de inventarios comprende los impuestos que no sean recuperables. El CTCP clarifica este tratamiento en el Concepto 0073 del 9 de febrero de 2022:

Si la entidad para efectos de controles tributarios debe detallar de manera separada los impuestos que hacen parte del costo de los inventarios, podrá utilizar los procedimientos adecuados para identificar el pago del impuesto al consumo, lo cual podría incluir separar en la cuenta de inventarios dos auxiliares, donde se identifique el valor pagado sin impuesto y el impuesto al consumo.

Veamos el siguiente ejemplo:

Una entidad adquiere 100 cajas de una bebida alcohólica; la factura de compra incluye los siguientes conceptos:

Precio de venta

$10.000.000

IVA

$1.900.000

Impuesto al consumo

$3.000.000

Total de la factura

$14.900.000

De acuerdo con lo explicado, el inventario deberá reconocerse por un valor de $13.000.000 (precio de venta + impuesto al consumo no recuperable); además, pueden usarse cuentas auxiliares para el control del impuesto al consumo como mayor valor del inventario.

Cuenta

Débito

Crédito

Inventarios

$10.000.000

Inventarios –  impuesto al consumo

$3.00.000

IVA

$1.900.000

Proveedores nacionales

$14.900.000

Para este caso se reconocen los inventarios por valor de $13.000.000, sin tener en cuenta descuentos condicionados o demás costos, además deberán valorarse mediante el método del promedio ponderado, o el de primeras en entrar primeras en salir –PEPS– como fórmula de cálculo del costo.

Oficiales de cumplimiento, guardianes de la integridad empresarial

 Más allá de una exigencia legal, estos profesionales desempeñan un papel crucial en la salvaguarda de la reputación y la gestión de riesgos.



De acuerdo con el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), para que las acciones contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo sean efectivas, es crucial que todos los países colaboren hacia el mismo fin. De hecho, por ello, este organismo publicó 40 Recomendaciones para combatir estos delitos que incluyen medidas financieras, legales y de conducta. Una de ellas hace referencia al oficial de cumplimiento, al afirmar que "los arreglos sobre el manejo del cumplimiento deben incluir la designación de un oficial de cumplimiento a nivel administrativo".

En ese contexto, la figura del oficial de cumplimiento se erige como un pilar fundamental en la preservación de la ética y la integridad corporativa. Más allá de ser una simple exigencia legal, estos profesionales desempeñan un papel esencial en la protección de las empresas contra riesgos como el lavado de dinero y la corrupción, que pueden afectar la reputación de las organizaciones, sus accionistas y ejecutivos. Su esfuerzo como parte de sus funciones es garantizar negocios responsables y seguros.

"La labor del oficial de cumplimiento es ayudar a que la compañía preserve su reputación. El cargo está asociado al mantenimiento de los principios de ética y transparencia en la gestión de negocios, así como a proteger a los accionistas y miembros de la junta directiva. Las responsabilidades que existen hoy en relación con esos delitos trascienden a los demás actores y pueden involucrarlos aunque no hayan participado directamente", explica Luis Ramiro Díaz, CEO de Risk Consulting Global Group.

Continuando con el directivo, el cargo del oficial de cumplimiento ha evolucionado en respuesta a los cambiantes desafíos del entorno empresarial. Desde la rápida evolución de las prácticas delictivas hasta el surgimiento de nuevas regulaciones. "No todas las empresas, hablando de Colombia, se denominan sujetos obligados; sin embargo, la mayoría de sectores sí. Por ejemplo, en el sector financiero, todas están obligadas a contar con un oficial de cumplimiento, al igual que en el sector salud. Hay otros, como el sector real de la economía, vigilado por la Superintendencia de Sociedades, en los que solo las compañías con ciertos montos de ingresos y/o activos deben tenerlo", dice Díaz.

La tecnología al servicio del cumplimiento

Ahora bien, para gestionar los peligros de lavado de dinero y corrupción, el oficial de cumplimiento recurre a herramientas avanzadas. En este sentido, Risk Consulting Global Group se posiciona como un aliado clave en la lucha contra estos delitos. Respaldado por la inteligencia artificial y un equipo de expertos en cumplimiento, proporciona las soluciones necesarias para proteger la integridad de las empresas.

"Somos la firma de consultoría y servicios tecnológicos más importante de Colombia en temas de prevención de lavado de dinero, con más de 20 años en el mercado, presencia en siete países de Latinoamérica y más de 1500 clientes. Nuestro portafolio va desde software de Listas que verifican los antecedentes legales o reputacionales de personas naturales o jurídicas vinculadas a delitos de lavados de activos y financiación del terrorismo, hasta sistemas de monitoreo que detectan comportamientos inusuales", explica Díaz.

Por ejemplo, si una entidad necesita contratar un proveedor de servicios de aseo, el oficial de cumplimiento recurre al software de Listas de Risk Consulting Global Group. Con el NIT de la organización o los números de identificación del representante legal o los socios, investiga el caso. Pero si lo que requiere es analizar transaccionalmente las operaciones de la entidad y determinar si hay comportamientos inusuales, opta por el software de monitoreo. Un comportamiento inusual puede ser cuando un negocio constituido hace 15 días resulta con contratos por valor de 40 mil millones; situaciones que no son normales en una actividad comercial.

Un aliado de calidad

Risk Consulting Global Group proporciona a sus clientes diversas ventajas competitivas relacionadas con la calidad, gestión, atención y seguridad. En primer lugar, varios de sus procesos operativos cuentan con certificaciones de calidad, lo que garantiza confiabilidad en el manejo de las herramientas y la información. Además, su tecnología ayuda a simplificar la gestión de riesgos al permitir la consulta de datos de manera rápida y efectiva. A esto se suman sus departamentos de servicio al cliente, disponibles para atender dudas y respaldar decisiones las 24 horas del día, los siete días de la semana, al igual que sus servidores y un esquema de seguridad informática que aplica el estándar ISO 27001 para proteger la información.

“Precisamente, la seguridad es uno de los aspectos más valorados y exigidos por nuestros clientes. Tenemos una infraestructura tecnológica y técnica que nos ayuda a prevenir incluso ataques de ciberseguridad”, enfatiza el CEO de Risk Consulting Global Group.

En conclusión, asegurar un futuro sólido y sostenible en un mercado determinado siempre será posible si se valora la labor del oficial de cumplimiento, quien se esfuerza por ser el guardián de la integridad empresarial. Es fundamental un llamado a los socios, accionistas de las compañías y miembros de la junta directiva para que le den una mayor relevancia a la participación de este profesional, reconociendo no solo su nivel de responsabilidad, sino su labor en la protección del personal y la empresa.