viernes, mayo 08, 2020

Opinión modificada en el dictamen del revisor fiscal


El revisor emite una opinión modificada cuando los estados financieros no están libres de incorrección material o, en su defecto, cuando no obtiene evidencia suficiente para llegar a esta conclusión. 

Existen tres tipos de opinión modificada, a saber: con salvedades, desfavorable y con abstención de opinión. 

La función más importante del revisor fiscal probablemente es la de emitir un dictamen sobre los estados financieros de la entidad. En dicho dictamen el revisor fiscal debe incluir una opinión acerca de la razonabilidad de los estados financieros de la entidad, la cual se ha formado mediante el examen de la evidencia obtenida en el desarrollo de su labor. 

Cuando el revisor fiscal obtiene seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrección material, fraude o error, es decir, que han sido preparados en todos los aspectos de conformidad con el marco normativo que aplique la entidad, entonces emite una opinión favorable o no modificada. Si el revisor fiscal no puede llegar a esta conclusión, entonces emite una opinión modificada, cómo veremos a continuación. 

Si usted es suscriptor de Actualícese, lo invitamos a acceder a nuestro especial ABC de los informes del revisor fiscal, con el que podrá profundizar en este tema, y además encontrar modelos descargables en Word de los dictámenes del revisor fiscal. 
¿Qué significa emitir una opinión modificada? 

Una opinión modificada significa que el revisor fiscal considera que los estados financieros de la entidad no se encuentran libres de incorrección material o, bien que no ha podido obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para concluir que los estados financieros están libres de incorrección material, sea esta generalizada o no. 

Si está leyendo esto, le puede interesar el Pack de formatos – Dictámenes e informes del revisor fiscal actualizados al 2020, que incluye 20 guías (en Word y Excel) que apoyarán su proceso de elaboración de dictámenes. Además, incluye un índice en Excel que relaciona las Normas de Aseguramiento de la Información –NAI– vigentes y la normativa en PDF, para ampliar sus conocimientos sobre el tema. 
¿Cuáles son los tipos de opinión modificada? 

La NIA 705 contiene tres tipos de opinión modificada, a saber: 
Opinión con salvedades. 
Opinión desfavorable o adversa. 
Denegación o abstención de la opinión. 

Cada uno de estos tipos de opinión se emite en distintas circunstancias, tal como se muestra en el siguiente gráfico: 


¿Cuál es el impacto de emitir una opinión modificada sobre el informe del revisor fiscal? 
“La NIA 705 explica que cuando el revisor fiscal emite una opinión modificada debe incluir variaciones en algunas secciones de su dictamen”

La NIA 705 explica que cuando el revisor fiscal emite una opinión modificada debe incluir variaciones en algunas secciones de su dictamen, entre las que se encuentran la de “Opinión del revisor fiscal”, “Fundamento de la opinión” y “Responsabilidad del revisor fiscal”. 

Recuerde que puede encontrar modelos de dictamen para cada uno de los tipos de opinión modificada en nuestro informe especial ABC de los informes del revisor fiscal. Descárguelos haciendo clic aquí.


https://actualicese.com/opinion-modificada-en-el-dictamen-del-revisor-fiscal/?referer=email&campana=20200507&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20200507_revisoria&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

las novedades en el impuesto de renta de persona naturales



La Ley 1943 de 2018 (declarada inexequible por la Sentencia C-481 de 2019, pero vigente para la tributación del año gravable 2019) introdujo grandes cambios en relación con el impuesto sobre la renta para personas naturales; entre ellos, la nueva cedulación aplicable para el año gravable 2019. 

A pesar de que la Corte Constitucional, mediante su Sentencia C-481 de 2019, falló sobre la inexequibilidad de la Ley 1943 de 2018, es importante tener en cuenta que la declaración del impuesto de renta para las personas naturales por el año gravable 2019, que se presentará durante 2020, deberá ser elaborada recurriendo a las disposiciones que introdujo esta ley. 


Así pues, entre los más importantes cambios en materia de impuesto de renta para personas naturales que se introdujeron con la Ley 1943 de 2018 figuran el de la utilización, a partir del año gravable 2019, de una nueva cedulación para la renta ordinaria de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes, contribuyentes del régimen ordinario, en la cual solo se utilizarán tres cédulas (en lugar de cinco cédulas, como se usaron durante los años gravables 2017 y 2018), a saber: 

Cédula general:integra las rentas de trabajo mencionadas en el artículo 103 del ET; rentas de capital obtenidas por conceptos de intereses financieros, arrendamientos, regalías y explotación de la propiedad intelectual; y las rentas no laborales, las cuales se encuentran compuestas por los demás ingresos que no se clasifiquen en ninguna de las demás cédulas. 

Rentas de pensiones: incluye ingresos por pensión de jubilación, invalidez, vejez, sobreviviente, riesgos profesionales, indemnizaciones sustitutivas de las pensiones y devoluciones de ahorro pensional. 

Dividendos y participaciones: son rentas de esta cédula todas aquellas por concepto de dividendos y participaciones. 

Con el fin de que profundices en este importante tema hemos preparado el seminario en línea Madrúguele a la declaración de renta de personas naturales – año gravable 2019, una completa conferencia que no te puedes perder.


https://actualicese.com/actualicese-encasa-sobre-las-novedades-en-el-impuesto-de-renta-de-persona-naturales/?referer=email&campana=20200505&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20200505_impuestos&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

jueves, mayo 07, 2020

Presidente Iván Duque anunció que se decretará una nueva emergencia económica


Entre las medidas económicas están los subsidios que se darán a las nóminas de las pyme del país, los cuales serán hasta de 40% 

En medio de la intervención que realiza el presidente Iván Duque, junto a su gabinete anunció que se firmó una nueva emergencia económica, en la que tomarán medidas económicas que permitan proteger el empleo. 

"Para poder atender nuevos efectos que se derivan para el país, algunas de las medidas será proteger las nóminas de las pymes del país, se decidió que nosotros podamos subsidiar el equivalente al 40% de un salario mínimo a todos los trabajadores de las empresas que hayan tenido una disminución de mínimo el 20% en su facturación", anunció el presidente de la República. 

Además, se anunció que en materia tributaria, se ampliará el plazo del pago del impuesto de renta, este se correrá al final del año, esto con el fin de "dar más oxigeno de caja a las empresas con esto atendemos un universo muy grande de los generadores de empleo, porque entendemos la urgencia y necesidad", puntualizó el primer mandatario. 

Entre otras cosas, el Gobierno también anunció que "de la línea de $10 billones se han utilizado unas reservas unos $7 billones, y los desembolsos ya superan el billón de pesos, por otra parte se han reestrucutrado en el sistema finaciero colombiano una cantidad importante de obligaciones crediticios, por un monto total de $150 billones", explicó el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla. 

Susana Correa, Directora del Departamento de Prosperidad Social, anunció que habrá un giro para Familias en Acción, que llegará a 2,6 millones con un promedio de $334.000 por cada uno de estos hogares. La inversión total serpa de $711.000 millones. En Jóvenes Acción, llegarán a 296.000 beneficiados con $637.000, con una inversión de $200.000 millones. 


Por otra parte, el director del Departamento Nacional de Planeación, Luis Alberto Rodríguez, informó que las medidas de giros extraordinarios para familias vulnerables se mantendrán, giros como el de ingreso solidario y devolución del IVA.

Con algunas aperturas, Duque extiende cuarentena hasta el 25 de mayo

Sectores de la producción podrán salir a trabajar. Se habilitó salida de niños 3 veces por semana. 

Cuarentena nacional obligatoria se extiende hasta el 25 de mayoEl jefe de Estado anunció que el aislamiento preventivo obligatorio se extiende hasta el próximo 25 de mayo, "por el bien de los colombianos". 


Presidencia 
Cubrimiento en vivoPantalla completaCerrar 

Luego de hacer un extenso repaso de todo lo que se ha hecho en el país para controlar el coronavirus y de las medidas de alivio que ha tomado su administración para las personas y empresas más afectadas por la crisis, el presidente Iván Duque anunció en la noche de este martes algo que había trascendido desde la mañana: que el aislamiento preventivo obligatorio se extenderá hasta las cero horas del próximo 25 de mayo. 

Al intervenir en el programa televisivo Prevención y acción y luego de hacer un balance de lo que ha dejado en materia de salud el aislamiento preventivo, destacó que en el país hay mucha gente que se está preguntando cuándo se podrá recuperar la vida laboral. “Hay gente con angustias y temores sobre qué va a pasar con los puestos de trabajo, muchos se preguntan cómo va a ser el país para recuperarse”, afirmó.

El Presidente aseguró que habrá nuevos sectores que podrán a operar. "Vamos a darle la oportunidad a otros sectores para que también vayan dinamizando nuestra economía y ahí vamos a tener sectores industriales, vamos a tener las ventas al por mayor de automotores, vamos a tener la venta al por mayor de muebles, vamos a tener la venta al por mayor de otros artículos que son importantes en nuestra sociedad y vamos a empezar a dar pasos también de activación de comercios que también tengan niveles de como son las librerías, las lavanderías".

Estos sectores deben cumplir con los protocolos de bioseguridad. El ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, advirtió que son los sectores de: muebles, vehículos y maquinaria de equipos. Y algunos sectores de comercio al por mayor: prendas, enseres y vehículos, "no aplica a ventas del consumidor final". Las librerías, papelerías, algunos productos de mascotas, lavandería a domicilio y vehículos, que son de ventas al detal pueden operar. "Los alcaldes tienen la llave de la gradualidad " y ellos determinan si cumplen los protocolos para seguir abriendo estos sectores. 

El mandatario dijo que hoy más que nunca tenemos que ser capaces de recuperar cada vez más espacio de vida productiva, pero hacerlo con la responsabilidad de seguir protegiendo la vida y seguir protegiendo la salud.

Es la tercera vez que el Gobierno prorroga la cuarentena. Desde el 25 de marzo pasado se ha permanecido en aislamiento preventivo.

Hasta ahora, además de unos sectores claves de la producción para atender la emergencia, solo se había permitido la salida de la construcción y una parte de las manufacturas.

Según la vicepresidenta, serían "casi 15 millones de colombianos que estarían recuperando su actividad productiva".



https://www.eltiempo.com/politica/gobierno/cuarentena-en-colombia-presidente-anuncio-aislamiento-obligatorio-hasta-el-25-de-mayo-492140

miércoles, mayo 06, 2020

Inflación de 2020 sería la más baja de los últimos siete años

En abril el dato fue de 0,16% y el anualizado de 3,51%. Expertos ya estiman que este año la cifra podría cerrar por debajo de 3%. 


La inflación cerraría el año en 3%, pero dado que el panorama ha cambiado muy rápido, no descartan reducir el pronóstico.. 

La actual situación que enfrenta el país que, además de tener el choque del coronavirus y los bajos precios del petróleo, ha tenido volatilidad en su moneda, ha hecho que cualquier expectativa de variables macroeconómicas que se tenía a comienzos de año para 2020 haya cambiado y entre estos, la inflación no se ha quedado por fuera.

A finales de enero, el Banco de la República presentó, como es tradicional, su Informe de Política Monetaria que también publica en abril, julio y octubre. En el documento entregado al inicio de año, el Emisor tenía una proyección de 3,1% para 2020 en la inflación, dato que en la actualización más reciente del Informe pasa a tener una estimación del indicador en un rango de entre 1% y 3%.

En caso de que se ubicara por debajo del 3% este año, vale decir que desde 2013 la inflación no era menor a esa cifra. 

Sin embargo, ¿qué haría que el indicador no cayera más allá de niveles cercanos al 3%? Expertos aseguran que el renglón de alimentos y el efecto del traspaso del dólar a los bienes transables continuarían ejerciendo presiones alcistas. 

José Ignacio López, director de investigaciones económicas de Corficolombiana, quien espera que la inflación cierre 2020 en un rango entre 2,9% y 3,4%, explicó que los rubros ya descritos “se van a ver contrarrestados por la mayoría de precios sobre todo en el renglón de servicios que es el que pesa más, que probablemente van a generar una menor inflación como son los alquileres, servicios médicos y educación. Son rubros importantes de gasto que van a estar con precios relativamente débiles por la contracción del consumo de hogares”.

En línea con lo dicho, Daniel Escobar, analista de mercado, comentó que el rubro de alimentos ha sido el que ha demorado el descenso de la inflación en el corto plazo y que los renglones de combustibles y quizás educación generen menores presiones.

Además, aseguró que al comparar los choques de demanda, que reduce la presión y oferta, aumenta los precios, “consideramos que el de demanda será más persistente en el largo plazo y por ello creemos que la inflación caerá”.

En las proyecciones de Escobar, la inflación cerraría el año en 3%, pero dado que el panorama ha cambiado muy rápido, no descartan reducir el pronóstico. 
Para Alejandro Reyes, economista de Bbva Research, “el efecto más dominante en el mediano plazo será el de menor demanda e ingreso, por lo que anticipamos un cierre de inflación por debajo del 3,4% para este año. Este depende de la profundidad del golpe al ingreso y demanda, el dato puede ser menor”.

Reyes añadió que existe un poco de incertidumbre de cómo volverán a operar algunos servicios que requieren distanciamiento social, por ejemplo, un avión que no se pueda llenar, posiblemente su costo de operación se incremente (per cápita) y ello lleve a que algunos precios suban, situación que podría impactar el dato de inflación más adelante.

En un escenario más conservador, Felipe Campos, director de investigaciones de Alianza Valores, espera que el indicador cierre el año en un rango entre 3,5 y 4%. Esto por la relación de alimentos con el dólar, que si bien tiene rezagos para trasladarse, tendría una fuerte presión al alza. 

Además de lo ya descrito, ¿qué tan cerca estamos de un fenómeno de deflación o estanflación? Previo a entrar en detalles, vale decir que la deflación es un periodo de caída general de los precios y estanflación se traduce en una economía estancada y precios creciendo (inflación). 

Con base en esto, la mayoría de expertos citados dicen que Colombia, a diferencia de otros países, aún está alejada de cualquiera de los dos fenómenos. Aseguran que, por el momento, el impacto de la crisis se traducirá en un inflación baja. 

Para Escobar, lo que se viene es un periodo de muy baja inflación, que puede ser aprovechado para tener tasas de interés igualmente bajas. “El Banco de la República aún tiene mucho espacio para estimular el crecimiento”, dijo.

Por su parte, Campos comentó que el rubro de alimentos es importante y hay que tenerlo en cuenta junto a los efectos del día vía dicho renglón. “Por ejemplo, Brasil estuvo en recesión tres años seguidos de 2014 a 2016 y durante esto la inflación subió y lo hizo de la mano del dólar chocando alimentos, ya tenemos experiencias recientes en Latinoamérica de estanflación, de economías en recesión y con inflación subiendo solo vía dólar. Hay que monitorear ese tema”, aseguró.


https://www.portafolio.co/economia/inflacion-de-2020-seria-la-mas-baja-de-los-ultimos-siete-anos-540550

Menor ocupación ¿por qué creció la inactividad y no el desempleo?

En marzo,1,6 millones de personas perdieron su trabajo y la tasa ascendió hasta el 12,6%. 


De total de los casi 1,6 millones de empleos destruidos durante marzo, por sexo, las mujeres fueron las más afectadas. 

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) dio a conocer ayer los datos del mercado laboral correspondientes a marzo, cifra que si bien no recogió todo el impacto del confinamiento, empezó a dar algunas luces del deterioro del empleo en el país debido a la coyuntura.

Para el mes pasado, la tasa de desempleo se ubicó en 12,6% en el total nacional, la más alta para marzo desde 2009, cuando fue de 12%. En este periodo, casi 1,6 millones de personas dejaron de estar ocupadas, pues en marzo del año pasado había 22,1 millones de ocupados, dato que cayó a 20,5 millones durante el mismo periodo de 2020. 

Para Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo, los 1,6 millones de empleos perdidos en marzo significan una caída de 7,2%, “la más alta en lo corrido de esta década (y de este siglo”, dijo en Twitter.

Ahora bien, según explicó Juan Daniel Oviedo, director del Dane, “debido a que los hogares se encuentran confinados en sus viviendas y existen restricciones a la movilidad, buena parte de esa población ocupada que disminuyó entre marzo de 2020 y de 2019 no pasa automáticamente a la desocupación sino que entra a la inactividad”.

Con base en esto, vale decir que la población inactiva (que no están trabajando, ni buscando empleo) en el total nacional creció en casi 1,8 millones, pasando de 14,4 millones a 16,2 millones en marzo de 2019 al mismo mes de 2020, respectivamente. 
Por su parte, el número de desocupados se incrementó en 287.000, en el periodo en mención, lo cual hizo que la cifra del mes pasado cerrara con 2,96 millones de desempleados respecto a los 2,68 millones de marzo de 2019. 

Pero, ¿por qué si se destruyeron casi 1,6 millones de empleos creció más la inactividad que el desempleo? Además de lo que comentó Oviedo previamente citado, Jaime Tenjo, director del departamento de Economía de la Jorge Tadeo Lozano, explicó que “eso es efecto de que esto fue una cosa que nos cogió a todos por sorpresa (...) el Gobierno dijo que vamos a cuarentena e inmediatamente muchas empresas cerraron y muchas personas que son trabajadores por cuenta propia e independientes tuvieron que parar.

Cuando el Dane llega a hacer las encuestas, lo primero que pregunta es si ha hecho algo para conseguir empleo y en una o dos semanas no se había hecho nada sobre eso”.

Respecto a qué significa que gran parte de las personas que dejaron de ocuparse hubieran pasado a la inactividad, Oscar Becerra, docente de la Facultad de Economía en Los Andes, señaló que esto quiere decir que el impacto sobre el empleo es más grande de lo que la tasa de desocupación está reflejando. 

“Dada esta coyuntura, es importante ver la tasa de ocupación (ocupados/población total, que evita el efecto de la contabilidad de inactivos versus desocupados). Así, este indicador cayó cerca de 5 puntos porcentuales, de 56,4% a 51,7%. Tenemos efectos fuertes en destrucción de empleo, sin lugar a duda es una señal de que el impacto económico sobre la producción nacional y el bienestar de muchos colombianos va a ser considerable”, añadió Becerra.

De acuerdo con Sergio Peláez, profesor de la Universidad del Rosario, “lo más probable es que en mayo muchas de esas personas (inactivas) ya se van a empezar a pasar a la población económicamente activa y eso significa que los datos de desempleo sí van a ser mucho más grandes en ese mes”.

Con base en lo anterior, explicó que hoy en día el mecanismo de fluidez del mercado laboral está roto, pero que una vez la economía retorne a su tejido productivo normal donde la gente puede salir a buscar trabajo y las empresas a contratar, dichos datos de inactividad cambiarán dado que es una situación de corto plazo. 

Para Juan Carlos Guataquí, experto en temas laborales, uno de los retos que trae el repunte de la inactividad está relacionada a cómo apoyar a o financiar sus ingresos. En esta línea, afirmó que se deben tener garantías de desempleo que cobijen a una mayor parte de la población pues, en Colombia, “solo los cesantes formales tienen acceso a seguro de desempleo”.

LO QUE SE AVECINA EN EL MERCADO LABORAL

Dado el nivel de destrucción de empleo en marzo, el cual solo tuvo un poco más de una semana en confinamiento, en palabras de Becerra, más adelante “va a ser un panorama complicado, el mes de abril tendrá una mayor destrucción de empleos y la tasa de ocupación seguirá a la baja”.

Para Peláez, en todo el segundo trimestre del año las tasas de desempleo van a ser muy altas, diferente a estos meses de marzo y abril que nos tendrá con una amplia inactividad. 

MUJERES: LAS MÁS AFECTADAS DEL DESEMPLEO EN MARZO

De total de los casi 1,6 millones de empleos destruidos durante marzo, por sexo, las mujeres fueron las más afectadas, pues 863.000 perdieron su ocupación respecto a 721.000 hombres. 

Según explicó Iván Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, en el contexto de la política de aislamiento preventivo obligatorio, existen tres efectos principales en materia de género que dificultan el cierre de la brecha en el mercado laboral: la sobrecarga de trabajo no remunerado, el aumento de la violencia intrafamiliar y la pérdida de ingresos por el cierre de sectores económicos con amplia participación femenina. 

Por lo anterior, Jaramillo plantea que se hagan más campañas de sensibilización sobre repartición de tareas de cuidado y trabajo doméstico para que haya una distribución equitativa.



https://www.portafolio.co/economia/empleo/menor-ocupacion-por-que-crecio-la-inactividad-y-no-el-desempleo-540435

martes, mayo 05, 2020

Casos prácticos de contabilización de inventarios


El costo de los inventarios incluye el costo de adquisición, transformación y cualquier otro valor necesario para que los inventarios estén listos para la venta.

En este editorial abordamos casos prácticos sobre contabilización de inventarios, de acuerdo con el Estándar para Pymes.

Los inventarios se definen, según el párrafo 13.1 del Estándar para Pymes, como los activos que posee una entidad para la venta, en proceso de producción o en la forma de materiales o suministros, cuyo fin es utilizarlos posteriormente en la producción o en la prestación de servicios.
Componentes del costo de los inventarios

Las pymes deben contabilizar inicialmente los inventarios al costo, el cual está conformado, a su vez, por los costos de adquisición, transformación y cualquier otro costo incurrido para que los inventarios estén listos para la venta.

En la siguiente infografía puede encontrar los elementos que forman parte del costo inicial de los inventarios:

Casos prácticos sobre contabilización de inventarios

Visto lo anterior, en las siguientes líneas abordamos algunos casos prácticos sobre contabilización de inventarios.
Caso 1

Una entidad dedicada a la comercialización de electrodomésticos adquirió 200 televisores para la venta. El precio de compra de cada televisor es de $833.000, IVA incluido del 19 %. La entidad debe cancelar adicionalmente $15.000.000 correspondientes a aranceles.

La entidad tuvo que transportar el inventario desde el puerto hasta su almacén, para lo cual incurrió en un gasto de $9.000 por cada unidad de mercancía. A continuación, pagó $500 adicionales por cada unidad, correspondientes al cargue y el descargue de la mercancía.

El costo del inventario es el siguiente:
Precio de compra IVA incluido ($833.000 x 200 unidades)
 $166.600.000
IVA 19 %
($26.600.000)
Aranceles
 $15.000.000
Transporte del inventario ($9.000 x 200 unidades)
 $1.800.000
Cargue y descargue de la mercancía ($500 x 200 unidades)
$100.000
Total
 $156.900.000

Para determinar el costo del inventario la entidad excluye los $26.600.000 correspondientes al IVA de los productos, porque al ser este un impuesto recuperable podrá descontarlo después del valor a pagar en su declaración del IVA.

Los $15.000.000 cancelados por conceptos de aranceles se incluyen dentro del costo de los inventarios, debido a que son un impuesto no recuperable. En ese sentido, los aranceles se llevan como un mayor valor del costo de los inventarios y la entidad podrá llevarlos a su declaración de renta.

En cuanto a los valores pagados por transporte y por el cargue y descargue de la mercancía, también hacen parte del costo de los inventarios.

La entidad efectúa el siguiente registro en su contabilidad:
Cuenta
Débito
Crédito
Inventarios
$156.800.000
IVA descontable
$26.600.000
Cuenta por pagar a proveedores
$183.400.000

Caso 2

Una entidad que se dedica a producir bienes excluidos del IVA adquiere materia prima por valor de $50.000.000, la cual está gravada con IVA del 19 %. La entidad tuvo que transportar la mercancía de las instalaciones del proveedor hacia las suyas, para lo cual incurrió en un gasto de $2.000.000.

El costo del inventario sería el siguiente:
Precio de compra
 $50.000.000
IVA 19 %
$9.500.000
Transporte del inventario
 $2.000.000
Total
 $61.500.000

En este caso, la entidad incluye dentro del costo del inventario el valor del IVA, toda vez que al ser su actividad la producción de bienes excluidos es no responsable del IVA. Esto quiere decir que no podrá recuperar el IVA que pague por la adquisición de bienes y servicios gravados con dicho impuesto y este último deberá considerarse como un mayor valor del costo o gasto.

Adicionalmente, la entidad incluye dentro del valor de los inventarios los $2.000.000 del valor pagado por el transporte del inventario hacia sus instalaciones.

El registro que debe realizar la entidad es el siguiente:
Cuenta
Débito
Crédito
Inventarios
$61.500.000
Cuenta por pagar a proveedores
$61.500.000

Caso 3

Una entidad adquiere 1.000 unidades de mercancía por valor de $100.000 cada una, IVA incluido. La mercancía está gravada con la tarifa general del 19 %. El proveedor le concede a la entidad un descuento del 5 % en el momento de la compra.

En este caso, por tratarse de un descuento no condicionado o pie de factura, debe tenerse en cuenta desde el momento en que el proveedor factura la mercancía. Esto quiere decir que tampoco se incluye dentro de la base para calcular el IVA.

La factura que recibe la entidad es la siguiente:
Precio de compra ($100.000 x 1.000 unidades)
$100.000.000
Descuento del 5 %
-$5.000.000
Precio de compra con el descuento
 $95.000.000
IVA del 19 %
 $18.050.000
Total de la factura
 $113.050.000

Para determinar el costo de los inventarios, la entidad excluye del inventario el valor del IVA por ser un impuesto recuperable, por lo cual el costo de los inventarios es $95.000.000 y los $18.050.000 se contabilizan como un IVA descontable.

El registro que efectúa la entidad es el siguiente:
Cuenta
Débito
Crédito
Inventarios
$95.000.000
IVA descontable
$18.050.000
Cuenta por pagar a proveedores
$113.050.000

https://actualicese.com/casos-practicos-de-contabilizacion-de-inventarios/?referer=email&campana=20200504&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20200504_laboral&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

Estratos 3 y 4 también podrán pagar servicios públicos de abril y mayo a cuotas

Los usuarios podrán diferir este pago hasta por 24 meses.

El Gobierno anunció que los usuarios de servicios públicos de estratos 3 y 4, y que no puedan cancelar los recibos de abril y mayo, podrán diferir el pago hasta por 24 meses con 0 % de interés en términos reales, es decir, solo aumentará lo relativo a la inflación. Esto aplica para los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica y gas natural.

Además, para esto habrá un periodo de gracia, de modo que este pago a cuotas podrá hacerse desde agosto de 2020. Según el cálculo del Gobierno, si se difiere a 24 meses un pago mensual, por ejemplo, de 80.000 pesos, la cuota sería de unos 3.500 pesos.

En el caso de los estratos 5 y 6 y los usuarios comerciales e industriales que no puedan pagar, ellos tendrán la opción de llegar a un acuerdo con su operador para que este financie las facturas "a las menor tasa que encuentre en el mercado", explica el Gobierno.

María Fernanda Suárez, ministra de Minas y Energía, fue enfática en decir que las personas que tengan la posibilidad de pagar la factura deben hacerlo: "Todos aquellos que tienen un empleo, todos aquellos que tienen capacidad económica deben cumplir con el pago oportuno de su factura".

Asimismo, la funcionaria anunció que quienes puedan ayudar a quienes no paguen tendrán la opción de hacerlo: "En el pago de las facturas que vienen a partir del 27 de abril los colombianos que puedan tendrán la posibilidad de hacer un aporte voluntario".

De otro lado, Suárez indicó que el costo unitario por kilovatio/hora, en las facturas que lleguen desde el 27 de abril, "va a mantenerse igual": "Los aumentos tendrán que ser diferidos de manera obligatoria".

Cabe mencionar que los usuarios de estratos 1 y 2 también tiene la opción de diferir los pagos de servicios públicos, pero a 36 meses y también con 0 % de interés en términos reales.


https://www.rcnradio.com/economia/estratos-3-y-4-tambien-podran-pagar-servicios-publicos-de-abril-y-mayo-cuotas

lunes, mayo 04, 2020

Puntos a tener en cuenta para la seguridad social de independientes: Actualícese #EnCasa




Actualízate en temas tributarios, de Estándares Internacionales y contables de forma gratuita de la mano de nuestros contenidos abiertos. 

Un compendio de especiales temáticos, a través de análisis, infografías, herramientas y conferencias, con los que ampliarás tus conocimientos. 

En Actualícese estamos comprometidos con la salud de todos los colombianos y queremos hacerles una invitación para que continúen con su capacitación diaria, desde la comodidad de sus hogares. Únete a nuestra causa Actualícese #EnCasa. 

Desde hace un par de semanas hemos estado publicando de una serie de editoriales con contenido libre. ¿Qué significa esto? Se trata de un compendio de diversos especiales temáticos, los cuales a través de análisis, infografías, herramientas y conferencias, explican y amplían información de determinados temas. 

Por lo anterior, los invitamos para que desde su casa ingresen, exploren y de una forma práctica y didáctica se actualicen sobre: 

Cuando hablamos de estados financieros hacemos referencia a un conjunto de documentos con los cuales se puede conocer la situación financiera de las empresas. 

¿Qué pasa si estos no son elaborados correctamente? ¿Inciden en el cálculo de los impuestos de una compañía? Inquietudes que despejamos en este contenido libre. 

A las personas naturales residentes que perciban rentas de trabajo, laborales y no laborales, se les deberá practicar retención en la fuente, por lo cual hay que identificar si el beneficiario obtuvo pagos laborales, abonos en cuenta por honorarios o demás compensaciones por servicios personales. 

¿Para qué otro tipo de contribuyentes aplica esto? ¿Qué pasa con los independientes acogidos al SIMPLE? 

En cumplimiento de su función misional de inspección y vigilancia, misión consagrada en el numeral 1 del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, la JCC inició el proceso de visitas in situ, que inicialmente generaron controversia, que siguen adelante y están siendo ejecutadas a la fecha. 

Debido a las modificaciones presentadas a través de la Circular 100-000003 del 17 de marzo de 2020, la Supersociedades tomó la determinación de modificar el calendario para la presentación de los estados financieros de las empresas con corte al 31 de diciembre de 2019. 

Aunque la reforma tributaria 2019 solo buscaba revivir la inexequible Ley 1943 de 2018, estableció al menos 5 normas nuevas para la vigencia 2020 y siguientes. En este contenido libre se explican y analizan las novedades tributarias que establece la Ley 2010 de 2019 o Ley de crecimiento económico. 

Al hablar de la información exógena tributaria hacemos referencia a un registro de datos que se presentan en formato XML a través de un prevalidador. 

¿Cuáles son los plazos para presentarla? ¿Quiénes están obligados a presentarla? Son algunas de las preguntas que a continuación respondemos. 

¿Cuáles cifras y datos se deben consultar para elaborar las declaraciones de renta de las personas jurídicas del año gravable 2019? ¿Cuál es la tarifa? ¿Qué beneficios tienen las empresas? 

Estas y más preguntas quedarán despejadas a través de este contenido libre. 

Luego de que el artículo 135 de la Ley 1753 de 2015 fuera derogado por el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, surgieron dudas por parte de los trabajadores independientes. Por lo anterior, estos son los cambios que deben tener presentes los trabajadores independientes, en cuanto a su regulación se refiere.


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domingo, mayo 03, 2020

Habrá reforma tributaria más rápido de lo imaginado y a causa del COVID-19


Existe la posibilidad de que una vez termine la pandemia se presente una reforma tributaria. 

La crisis económica implica menos ingresos públicos, como consecuencia del frenazo económico. 

El papel fiscalizador de la Dian debe sobresalir, ya que no se cumplirá con meta de recaudo tributario. 

La idea que se llegó a barajar de que no se tendría una nueva reforma tributaria en el país se quedará en un sueño. La situación económica por la cual pasan Colombia y el mundo entero por culpa del COVID-19 ha hecho que la realidad sea otra. Sí, habrá de nuevo reforma tributaria. 

Y es que vale la pena recordar que el 20 de febrero de 2020 el director de la Dian, José Andrés Romero, en la presentación del plan de transformación de la Dian, dijo que la agilización de los procesos al interior de la entidad y la ampliación del recaudo en el país serían las estrategias para evitar una nueva reforma tributaria. 

Romero dijo que gracias a este cambio se lograría aumentar el recaudo en cinco puntos del PIB, lo que equivale a una cifra cercana a los 50 billones de pesos. 

«Con la modernización de la dirección de impuestos, con la inversión en tecnología, en big data y en nuevas plataformas tecnológicas, seguramente Colombia no va a necesitar nuevas reformas tributarias. No solamente en este Gobierno, sino en varios Gobiernos», afirmó. 

Hoy, casi un mes y medio después de dicha afirmación, el panorama es muy diferente. El 13 de abril del año en curso el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, dijo que el 2020 será uno de los peores años para el país en términos económicos, ya que, según proyecciones, el crecimiento económico caerá entre un 1,5 % y un 2 % (antes de la llegada del COVID-19 al país se preveía un crecimiento del 3,7 %). 

“Este será uno de los peores años, si no el peor, de nuestra historia económica. Cada día de encerramiento forzoso nos cuesta más de 2 billones de pesos a los colombianos”, aseguró Carrasquilla en dialogo con Semana

Además, el recaudo será inferior a los 158 billones de pesos que se tenían presupuestados en el plan financiero, lo que significará elevar la deuda del país, pero esperando que cuando finalice la crisis se pueda pagar. 
Reforma tributaria a la vuelta de la esquina 

Por lo anterior, el ministro aseguró que se va a requerir una reforma tributaria que ayude a la recuperación de los 10 billones de pesos que se dejarán de recaudar por impuestos. 

«Lo importante es tener claro que esa nueva deuda se debe pagar lo más rápido posible, una vez hayamos superado la crisis, y que el plan para hacerlo debe ser muy claro, muy preciso y se tiene que cumplir al pie de la letra. Este principio sencillo pero inapelable es el eje de lo que le presentaremos al país en el mes de junio en el nuevo marco fiscal de mediano plazo», dijo. 
“Se abre la posibilidad de que, una vez termine esta incertidumbre, el Gobierno explore presentar una reforma tributaria”Tweet This

Se abre la posibilidad de que, una vez termine esta incertidumbre, el Gobierno explore presentar una reforma tributaria, como lo afirmó Carrasquilla en entrevista con El Espectador

«La crisis económica que atraviesa el país implica, de una parte, mucho más gasto público para atender los desafíos en salud pública, los humanitarios y los de iliquidez empresarial; pero también implica muchos menos ingresos públicos como consecuencia del frenazo económico que tiene el manejo de la pandemia», afirma. 
A menor recaudo, fiscalización de la Dian cobra protagonismo 

Ya que el recaudo tributario tendrá una caída bastante importante, Germán Darío Machado, asesor del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y docente de Economía Colombiana de la Universidad de Los Andes, dice en Actualícese que combatir la evasión y la elusión es fundamental. 

«La modernización de la Dian ya está generando resultados que se espera que se profundicen rápidamente. En el corto plazo se terminarán de adelantar mejoras de gestión administrativa y de fiscalización que, junto con la implementación total de la factura electrónica y del sistema informático electrónico de tránsito aduanero, hacen parte de las estrategias para atacar de forma más fuerte y directa la evasión de impuestos y al contrabando», indica Machado. 

Gustavo Cote, exdirector de la Dian, afirma en Actualícese que la entidad tendrá que adoptar estrategias particulares para garantizar que se cumpla con las obligaciones corrientes y ordinarias del año. 

«Deberá acudir a campañas de divulgación que toquen el corazón de los colombianos y les haga ver desde el fondo de sus sentimientos de solidaridad la importancia que tiene aportar a los recursos públicos. Igualmente, tendrá que ser inflexible frente a los casos de evasión que detecte en sus programas de fiscalización», recomienda.



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En abril se dispararía la curva del desempleo en Manizales


Aseguró el Observatorio de Mercado de Trabajo de Caldas. Se espera un aumento de 19 puntos. Desafío. 

Manizales no se salvará de la difícil situación económica y del aumento del desempleo que se estima en el país, debido a la pandemia, considerada en la historia como la de mayor impacto en la economía mundial. 

Según un estudio del Observatorio del Mercado del Trabajo en Caldas, se estima que durante el periodo de confinación en abril la tasa de desempleo de la ciudad aumentará al 32%, un incremento de 19 puntos, con respecto al periodo diciembre 2019- febrero 2020, cuando se situó en 13%. La proyección no es tan desalentadora si se compara con ciudades como Cúcuta e Ibagué que alcanzarían una tasa superior al 36% (Ver infografía). 

Mark Twain decía que la historia nunca se repite, pero a veces rima, y este panorama rima con las cifras de desempleo que se registraron en algunas crisis del pasado, como la de finales de los 90, cuando la tasa fue del 21%, la de 1986 (crisis cafetera) y la de la primera década del 2000, en las que se situó en 16%. 

¿Qué dice? 

Edisson Stiven Castro Escobary Héctor Mauricio Serna Gómez,docentes de la Universidad de Manizales e investigadores del Observatorio, señalaron que durante este mes, en Manizales, la cifra podría pasar de 28 mil 313 desocupados a cerca de 70 mil desocupados,teniendo en cuenta la población que está en riesgo de perder su trabajo. “El índice de riesgo de pérdida de empleo es de 22,3%, por lo que es probable que cerca de 42 mil personas sean despedidas de su trabajo y se sumarían a los 28 mil existentes". 

Para los académicos las cifras no son descabelladas, teniendo en cuenta que el DANE estimó que 1 millón 146 mil colombianos perderían sus puestos de trabajo y hasta ayer Caldas aportaba 6.171 desempleados. 

El informe indicó que los sectores de construcción, el comercio, los servicios financieros, el transporte y las comunicaciones serían los sectores que registrarían más despidos en los próximos meses. 

En el estudio se plantean tres posibles futuros escenarios de recuperación (Optimista, normal y pesimista) que dependerán de la dinámica de la economía y la capacidad para superar la emergencia sanitaria. (Ver infografía). 


No todo está perdido 

Duván Emilio Ramírez Ospina, decano de la Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas de la U. de Manizales, considera que este es el momento para reinventarse y empezar a pensar en las posibles soluciones para ganarle la guerra al rezago. 

Aquí algunas soluciones: 

*Las organizaciones, especialmente las del comercio, tendrán que reinventarse y aprovechar las tecnologías para implementar tiendas virtuales, que atiendan las 24 horas del día y sistemas de pago en línea. 

*El Gobierno debe impulsar la construcción de vivienda, especialmente en los estratos 1 y 2, en los que la demanda es insatisfecha. En este mismo sentido, alentar la compra a través de subsidios. 

*Las administraciones tendrán que explorar sus capacidades fiscales para incentivar las obras públicas y viales que generen más oportunidades laborales. 

A nivel mundial 

El Fondo Monetario Internacional confirmó el miércoles que debido a la covid-19, este 2020 se vivirá la peor recesión económica en 90 años, superando lo visto durante la crisis financiera global de 2008. 

En su más reciente informe Panorama Económico Global, el organismo estimó una contracción del 3% para la economía global, con una caída del 11% en los volúmenes de comercio de bienes y servicios. Apenas en enero, el FMI proyectaba una expansión global del 3,3%. Para 2021 se espera una recuperación económica del 5,8%. Aunque estará rodeada de mucha incertidumbre, la recuperación será menor a los niveles previos al brote. 

Ocupados y desocupados 

De acuerdo con el DANE, en Manizales - Villamaría la población Económicamente Activa (empleados más desempleados) es de 217 mil 780 personas. De esta cifra,189 mil 467 están ocupadas, el 60,3% poseía un empleo formal y el 39,2%, un trabajo informal. Mientras que la cifra de desocupados sumaba los 28 mil 313 personas.


https://www.lapatria.com/economia/en-abril-se-dispararia-la-curva-del-desempleo-en-manizales-456310

sábado, mayo 02, 2020

4 pasos para solicitar la devolución o compensación abreviada automática de saldos a favor


Mediante el Decreto 535 de 2020 el Ministerio de Hacienda fijó medidas para agilizar el procedimiento de devolución y/o compensación de saldos a favor en renta e IVA. 

Lo anterior, con el fin de que los contribuyentes dispongan de recursos para superar la crisis económica generada por el COVID-19. 

Tras la declaratoria de estado de emergencia nacional generada por la pandemia causada por la propagación del COVID-19, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 535 de abril 10 de 2020 con el propósito de establecer medidas de carácter tributario que agilicen el procedimiento para la devolución de los saldos a favor en el impuesto de renta e IVA, en aras de que los contribuyentes dispongan de recursos económicos o de títulos de devolución de impuestos –Tidis– (los cuales pueden ser negociados con entidades financieras) que le permitan hacerle frente a los efectos de la actual crisis económica. 
“a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y aquellos responsables del IVA que no sean calificados como de alto de riesgo se les autorizará la devolución o compensación de saldos a favor”

Así pues, el decreto en cuestión establece que a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y aquellos responsables del IVA que no sean calificados como de alto de riesgo se les autorizará la devolución o compensación de saldos a favor mediante un procedimiento abreviado, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud en debida forma. 

Además, durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria no será necesario anexar la relación de costos, gastos y deducciones. Sin embargo, pasados 30 días calendario posteriores al levantamiento de esta contingencia el contribuyente deberá presentar dicha relación ante la Dian. Lo anterior, sin necesidad de un requerimiento de información especial. 

Es importe resaltar que para el procedimiento de devoluciones o compensaciones abreviadas automáticas se encuentran disponibles dos (2) opciones a través de las cuales puede ser radicada dichas solicitudes, a saber: 
Radicación a través del servicio informático de devoluciones 

Este servicio ha sido puesto a disposición por la Dian para la radicación de solicitudes de saldos a favor tanto en el impuesto de renta como de IVA, para los contribuyentes que cuenten con firma electrónica (ver nuestro editorial Por su seguridad, cambie periódicamente la clave de su firma electrónica. Así puede hacerlo). 
Radicación a través de correo electrónico 

Esta opción aplica para las solicitudes de devolución o compensación de saldos a favor de: 
Solicitantes que no cuenten con el instrumento de firma electrónica. 
IVA a constructores de vivienda de interés social e interés social prioritario. 
IVA a instituciones oficiales de educación superior. 
IVA a diplomáticos, embajadas y organismos internacionales. 

Ahora bien, para realizar una solicitud de devolución o compensación a las direcciones seccionales de impuestos de Bogotá, Cali, Medellín y Bucaramanga; por su parte, si la solicitud es realizada por grandes contribuyentes, es necesario agendar previamente una cita a través del portal web de la Dian

No obstante, para radicar las solicitudes en las demás seccionales de la Dian no se requiere de cita previa para el envío de documentos, por lo cual únicamente deberá efectuar los siguientes pasos: 


Paso 1: buzón de la seccional 

Envíe un correo electrónico al buzón de la dirección seccional de la Dian correspondiente, con el cual se realizará la radicación de la solicitud de devolución. Es necesario tener en cuenta que en el asunto del correo debe indicar la siguiente información: solicitud de devolución / Nombre o razón social del solicitante/ NIT del solicitante registrado en el RUT. 
Paso 2: documentación 

En el correo es necesario adjuntar la siguiente documentación en un archivo PDF que no supere las 20 MB por cada archivo: 
Certificado histórico de existencia y representación legal. 
Formato 1668 – Información constancia titularidad cuenta bancaria 
Formato 1384 – Información existencia y representación legal. 
En caso de que la solicitud se realice con garantía: formato 1385 – información de la garantía, este formato debe ser diligenciado por el funcionario radicador de la dirección seccional competente para conocer de la solicitud una vez haga entrega del original de la garantía. 
Formato 1220 – Relación de las retenciones en la fuente. 

Para el caso específico de la devolución de los saldos a favor en IVA, y además de la anterior documentación, el solicitante deberá anexar ciertos requisitos especiales, los cuales podrá consultar en la página de la Dian
Paso 3: archivos adjuntos 

Tenga en cuenta que si los archivos adjuntos con la documentación requerida superan las 20 MB, deberán enviarse varios correos en los que se distribuyan los archivos en cuestión, para lo cual se deberá indicar en el correo el mismo asunto, pero asignando a cada uno un número consecutivo, según corresponda. 
Paso 4: envío de correo 

Una vez enviado el correo con el lleno de los requisitos, recibirá una respuesta con el número y la fecha de radicación. 

El término para resolver dicha solicitud se contará a partir del día hábil siguiente a la fecha de radicación.



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viernes, mayo 01, 2020

Solicitud de retiro parcial de cesantías con ocasión del COVID-19

A través del Decreto 488 de 2020 se establecen algunas medidas para mitigar el impacto económico generado por la emergencia sanitaria declarada por la propagación del nuevo coronavirus. 

Con esto en mente compartimos un modelo de carta de solicitud parcial de retiro de cesantías con ocasión del COVID-19. 

Tenga en cuenta que las cesantías son una prestación social que es otorgada al trabajador al momento de quedar desempleado y que para casos específicos estas se pueden retirar parcialmente (para matrícula académica para programas de educación superior, estudios técnicos o tecnológicos; certificados de aptitud ocupacional; vivienda, en los casos de mejoras, pago de hipoteca, adquisición de terreno o lote; etc.). 

Sin embargo, por medio del Decreto 488 de 2020, el Gobierno colombiano estableció algunas medidas para mitigar el impacto económico generado por la emergencia sanitaria declarada por la propagación del coronavirus (COVID19); una de estas medidas es la expuesta en el artículo 3 de dicho decreto, en el cual se menciona lo siguiente: 

“Hasta tanto permanezcan los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica, el trabajador que haya presentado una disminución de su ingreso mensual, certificada por su empleador, podrá retirar cada mes de su cuenta de cesantías el monto que le permita compensar dicha reducción, con el fin de mantener su ingreso constante. Esta disposición aplica únicamente para retiros de los fondos administrados por Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías de carácter privado”. 

Así pues, se autoriza a los fondos privados de cesantías a pagar a los trabajadores afiliados un valor que compense la disminución que han percibido en sus ingresos. Adicionalmente, a través de la Circular Externa 000013 de marzo 30 de 2020, la Superintendencia Financiera de Colombia expone en la tercera instrucción lo siguiente: 

“La certificación expedida por el empleador de que trata el artículo 3 del Decreto 488 de 2020 puede ser remitida por el trabajador a través de mensajes de datos, o en general cualquier medio electrónico o digital de acuerdo con los mecanismos que defina la respectiva AFPC, y debe contener la siguiente información: 
Nombre o razón social del empleador junto con el tipo y número de identificación 
Nombre y apellidos del trabajador junto con el tipo y número de identificación 
Datos de contacto del empleador 
Salario devengado por el trabajador a 1 de marzo de 2020 
El monto de la disminución del ingreso mensual del trabajador”. 

Con esto en mente, compartimos este formato en Word, donde encontrará un modelo con el cual el empleador certifica el retiro parcial de cesantías.

Para descargar esta publicación haz click aquí


https://actualicese.com/solicitud-de-retiro-parcial-de-cesantias-con-ocasion-del-covid-19/?referer=email&campana=20200420&accion=click&utm_source=act_boletindiario&utm_medium=act_email&utm_campaign=act_boletincontenidos&utm_content=20200420_laboral&MD5=415e8678af580f50598f653f78613c8d

Economía colombiana creció 4,1% en el primer bimestre del año: Dane

La entidad señaló que los efectos que ha ocasionado el confinamiento en la economía se reflejarán en marzo.


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El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) reveló que entre enero y febrero, la economía colombiana registró un crecimiento del 4,1%, debido a que en dichos meses todavía no se había sentido los efectos de la pandemia ocasionada por el coronavirus. 

La entidad señaló que solamente en enero, el Producto Interno Bruto (PIB) de Colombia llegó al 3,5% y en febrero la variación fue del 4,8%, debido a que las mayoría de las actividades económicas del país mostraron un comportamiento positivo. 

Entre las ramas que registraron un crecimiento igual o superior al 2,48% se encuentran: agricultura, pesca y ganadería; explotación de minas y canteras; industrias manufactureras; servicios públicos; comercio, transporte, alojamiento y servicios de comida; información y comunicación; actividades financieras e inmobiliarias. 

Mientras que los sectores económicos que tuvieron un comportamiento menos favorable, durante el segundo mes del año, fueron construcción y administración pública. 

“Esta buena dinámica de febrero se debe a que este año fue bisiesto, y el día 29 cayó un sábado, que es un día muy importante para las actividades de comercio minorista, restaurantes, alojamiento y actividades de esparcimiento”, explicó el director de la entidad, Juan Daniel Oviedo. 

Sin embargo, este buen arranque que tuvo el año se verá empañado por el impacto económico que ha generado el aislamiento obligatorio, decretado en medio de la emergencia sanitaria por la COVID-19. 

“Los efectos sobre la dinámica económica que han tenido las medidas de aislamiento, que iniciaron en la segunda semana de marzo, no se van a poder ver en su totalidad en el primer trimestre del año, estos solo se reflejados entre abril y junio”, señaló el alto funcionario. 

La entidad estadística publicará la cifra consolidada del crecimiento que tuvo la economía en los primeros tres meses del año a mediados de mayo.



https://www.rcnradio.com/economia/economia-colombiana-crecio-41-en-el-primer-bimestre-del-ano-dane