domingo, abril 07, 2024

¿Cómo se debe valorar la “situación de discapacidad” de que trata el artículo 31 de la Ley 361 de 1997?. Concepto 384 DIAN de 2024

 


La “situación de discapacidad” de que trata el artículo 31 de la Ley 361 de 1997 se debe valorar teniendo en cuenta los lineamientos establecidos por el ministerio de salud.

CONCEPTO 384 DE 2024

(enero 26)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Publicado en la página web de la DIAN: 9 de febrero de 2024>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

100208192-44

Bogotá, D.C.,


Tema: Impuesto sobre la renta y complementarios
Descriptores: Deducciones
Fuentes formales: Artículo 31 de la Ley 361 de 1997
Resolución 1239 de 2022 del Ministerio de Salud y Protección Social

Esta Subdirección está facultada para absolver las consultas escritas, presentadas de manera general, sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de la DIAN[1]. En este sentido, la doctrina emitida será de carácter general, no se referirá a asuntos particulares y se someterá a lo consagrado en el artículo 131 de la Ley 2010 de 2019[2].

PROBLEMA JURÍDICO

¿Cómo se debe valorar la “situación de discapacidad” de que trata el artículo 31 de la Ley 361 de 1997?

TESIS JURÍDICA

La “situación de discapacidad” de que trata el artículo 31 de la Ley 361 de 1997 se debe valorar teniendo en cuenta los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, actualmente contenidos en la Resolución 1239 de 2022 y su anexo técnico.

FUNDAMENTACIÓN

Con base en el artículo 31[3] de la Ley 361 de 1997, en el Oficio 905925 – interno 223 de junio 24 de 2021 se indicó:

(…) la forma de acreditar el beneficio tributario es a través del certificado de discapacidad que se expide en cumplimiento de la resolución 000113 del 31/01/2020, indicando la categoría de discapacidad y su grado, la cual bajo la misma resolución indica que corresponde a la sumatoria individual del nivel de dificultad de desempeño, que arroja el valor global del nivel de discapacidad, por consiguiente tomar un solo ítems del nivel de desempeño y no el promedio global, estaríamos frente a una aplicación discrecional de la medición de discapacidad de la persona, dado que así como se pudiera tomar el ítems con el mayor nivel de dificultad de desempeño también se podría tomar el ítems con menor nivel de dificultad, es por eso que para dar plena aplicación a la disposición del artículo 31 de la Ley 361 de 1997, se debe tomar el certificado de discapacidad que refleje su grado de discapacidad global. (Subrayado fuera de texto)

Ahora bien, en vista de que la referida Resolución 113 del Ministerio de Salud y Protección Social fue derogada mediante la Resolución 1239 de 2022[4] por el mismo Ministerio y que en esta última se establece un nuevo procedimiento de certificación de discapacidad[5], es menester actualizar la doctrina sobre el particular.

Valga precisar en este punto que el artículo 3° de la Resolución 1239 establece el procedimiento de certificación de discapacidad que los diferentes interesados deben observar, señalando que éste “debe realizarse por los equipos multidisciplinarios para certificación de discapacidad de las instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas por las secretarías de salud del orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces” (subrayado fuera de texto).

Ahora bien, sin ánimo de invadir la competencia del referido Ministerio ni de las IPS autorizadas para el efecto, parece desprenderse del anexo técnico de la Resolución 1239 que la situación de discapacidad ya no se determina a partir de un grado global sino teniendo en cuenta diferentes elementos, como son: (i) las deficiencias que puedan presentarse en “estructuras y funciones corporales” y (ii) las limitaciones en “las actividades y restricción en la participación”. Esto, en todo caso, se debe revisar con las autoridades competentes para el efecto.

Finalmente, es de precisar que, de cara al beneficio tributario de que trata el artículo 31 de la Ley 361 de 1997, esta Entidad evalúa su procedencia -en el ejercicio de las amplias facultades de investigación y fiscalización con las que cuenta[6]– según si se cumplen o no los requisitos exigidos en la Ley (incluyendo las disposiciones de orden reglamentario).

En los anteriores términos se absuelve su petición y se recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaría, en lo de competencia de esta Entidad, puede consultarse en el normograma DIAN: https://normograma.dian.gov.co/dian/.

Atentamente,

ALFREDO RAMÍREZ CASTAÑEDA

Subdirector de Normativa y Doctrina

Dirección de Gestión Jurídica

U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN

Bogotá, D.C.


_________________________________



1. De conformidad con el numeral 4 del artículo 56 del Decreto 1742 de 2020 y el artículo 7 de la Resolución DIAN 91 de 2021.

2. De conformidad con el numeral 1 del artículo 56 del Decreto 1742 de 2020 y el artículo 7-1 de la Resolución DIAN 91 de 2021.

3. ARTÍCULO 31. Los empleadores que ocupen trabajadores con limitación <en situación de discapacidad> no inferior al 25% comprobada y que estén obligados a presentar declaración de renta y complementarios, tienen derecho a deducir de la renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o período gravable a los trabajadores con limitación <en situación de discapacidad>, mientras esta subsista. PARÁGRAFO. La cuota de aprendices que está obligado a contratar el empleador se disminuirá en un 50%, si los contratados por él son personas con discapacidad comprobada no inferior al 25%. (Subrayado fuera de texto)

4. Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad, entre otras.

5. Se establece que la persona (…) tiene discapacidad con base en la obtención de los dos (2) resultados que se detallan a continuación:

a. Al menos una deficiencia en estructuras y funciones corporales, desde leve hasta completa. (…)

b. Al menos una limitación en las actividades y restricción en la participación desde leve hasta completa.

6. Para asegurar el efectivo cumplimiento de las normas sustanciales de orden tributario (cfr. artículo 684 del Estatuto Tributario).


jueves, abril 04, 2024

Caso práctico sobre pasivos financieros

 Las matemáticas financieras son una herramienta muy importante para los contadores públicos en el cálculo de estimaciones contables de operaciones financieras. En este Caso Práctico Exclusivo te presentamos la aplicación de esta herramienta en el tratamiento contable de los pasivos financieros.


Las matemáticas financieras permiten calcular el valor estimado del dinero con el transcurrir del tiempo, debido a que su tasación cambia por variables internas –como las tasas de interés– o externas –como la inflación–. Por esta razón, se han convertido en una herramienta primordial para la profesión contable, especialmente desde que los Estándares Internacionales las adoptaron –como la Norma Internacional de Contabilidad 32–, porque permiten calcular las estimaciones contables en transacciones financieras y presentar los saldos correctos en los estados financieros.

En el contexto económico, las matemáticas financieras se utilizan para el análisis de la pérdida del valor del dinero en el tiempo por variables como la inflación, mientras que en el financiero explican la capacidad del dinero de incrementar su valor por las tasas de interés. Para realizar estos tipos de análisis se deben conocer algunas variables, como el valor de las tasas de interés y su periodicidad, el período de la operación, el monto inicial o final, etc. De esta manera, con las fórmulas de interés simple o compuesto se puede calcular el valor presente o futuro de una transacción.

Debido a la importancia de las matemáticas financieras para los contadores públicos, Actualícese presenta este Caso Práctico Exclusivo a cargo del Dr. Danilo Aponte, quien explica el tratamiento contable de los pasivos financieros mediante un ejemplo, en el cual expone dos hipótesis y su respectivo cálculo. Con esto se busca que los usuarios aclaren sus dudas en la aplicación de esta importante herramienta en el tratamiento de pasivos financieros de acuerdo con los Estándares Internacionales.


Planeación tributaria del régimen simple y ordinario para profesionales de la salud en 2024

 



La planeación tributaria del régimen simple y ordinario para profesionales de la salud es importante, porque permite optimizar la carga fiscal del contribuyente.

Además, funciona como estrategia a largo plazo que se adapta a las características específicas de cada persona o empresa.

La elección del régimen tributario adecuado es fundamental para los profesionales de la salud, ya que impacta directamente en sus obligaciones fiscales y la carga tributaria final.

A continuación, Gustavo Chalparizan, a través de un caso práctico, realiza un análisis por parte de los profesionales de la salud, y presenta si les conviene más estar en el régimen simple de tributación o en el ordinario.

Depuración en el régimen ordinario

En cualquiera de los escenarios sea persona natural declarante en el formulario 210 o persona jurídica declarante con el formulario 110, se registra la depuración en la sub cedula general, partiendo de los ingresos generadores de utilidades, los cuales son susceptibles de incrementar el patrimonio del contribuyente.

Normalmente, un profesional de la salud depura dentro del régimen ordinario, tomando los ingresos, restando la devolución en descuentos, restando ingresos no constitutivos de renta y ganancia ocasional; adicionalmente, la salud y la pensión se restan a esos ingresos netos o se le imputan los costos para obtener la renta bruta y restar las deducciones por dependientes, los intereses por leasing o por créditos hipotecarios, rentas exentas como el 25 %, las cesantías e intereses de cesantías, obteniendo así la renta líquida gravable para aplicar la tarifa de impuesto completando así la depuración ordinaria.

Régimen simple vs régimen ordinario en el sector salud

Ventajas en el régimen simple:
Simplicidad administrativa: menor carga en la gestión de obligaciones tributarias.
Tarifas impositivas bajas, dependiendo del nivel de ingresos.
Pago bimestral del impuesto, lo que indica facilidad en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
No requiere llevar contabilidad: reduce la carga administrativa y los costos asociados.

Desventajas:Limitación en ingresos
No permite deducciones, puesto que no se pueden descontar costos y gastos relacionados con la actividad profesional.
Impuesto único sobre la renta y el IVA, ya que, se discrimina entre ambos impuestos.
No aplica para sociedades, solo aplica para personas naturales.

Ventajas en el régimen ordinario:Posibilidad de deducciones: permite descontar costos y gastos relacionados con la actividad profesional del sector salud, lo que reduce la base gravable del impuesto sobre la renta.
Discriminación entre renta e IVA: permite una mejor planificación fiscal.
Aplica para sociedades, permitiendo así la constitución de sociedades como SAS o SA, lo que puede ofrecer beneficios en términos de responsabilidad y gestión financiera.

Desventajas:Mayor complejidad administrativa, mayor dedicación y conocimiento para el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Tarifas impositivas más altas
Pago mensual del impuesto, con mayor frecuencia en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Requiere llevar contabilidad, implicando costos adicionales asociados a la gestión contable.
Aspectos destacados

Dentro del área de la salud específicamente, el régimen ordinario y el régimen simple han sido usados por los profesionales de la salud, teniendo en cuenta siempre las ventajas y desventajas que se tienen en cada uno de estos regímenes en la carga fiscal, por ello te mencionamos los siguientes aspectos, destacados dentro de la conferencia previamente mencionada:La proyección anual muestra un incremento del 11 % en los ingresos de los profesionales de la salud para 2024.

Para saber a qué régimen pertenecer se deben tener en cuenta el análisis de la declaración de renta como persona natural, declaración de renta con una sociedad constituida, declaración de renta con costos y deducciones, y declaración de renta con costos estimados.

Es de importancia realizar una planeación tributaria y proyección del impuesto con al menos 2 años de anticipación.

La necesidad de conocer la actividad económica y naturaleza jurídica del contribuyente para tomar decisiones adecuadas en materia tributaria es base fundamental en el proceso de elección de régimen.
Es fundamental destacar la alta carga tributaria y los aportes a seguridad social que afectan a los profesionales de la salud.

Hay que estar al tanto de las sanciones y penalidades por omisión o errores en el pago de impuestos y aportes a seguridad social.

te invitamos a ver: 

https://youtu.be/AGaqjkt9K3E


A partir de cuántos días de mora puede ser reportado ante las centrales de riesgo?

 


Luego de que la entidad con la que tenga el crédito le notifiqué la mora de su deuda, usted cuenta con 20 días para ponerse al día

Aunque la Ley de Borrón y Cuenta Nueva ha ayudado a más de 16 millones de colombianos reportados a salir de las centrales de riesgo, es mejor no dañar su vida crediticia. Tener un reporte negativo ante estas centrales afecta su historial crediticio y las posibilidades de solicitar un préstamo. Por lo anterior, es necesario estar atento a las fechas para el pago oportuno de sus cuotas.

En Colombia existen varias centrales de riesgo, como Datacrédito, Cifín, y Procrédito, las cuales son las únicas autorizadas por la Superintendencia Financiera para actualizar o reportar su vida crediticia. Estas entidades reciben información de diferentes compañías sobre el comportamiento del pago de las personas, generando reportes positivos o negativos que influirán en la posibilidad de acceder a nuevos créditos.

Es imposible salir de las centrales de riesgo, lo importante es tener un historial positivo, el cual dependerá de sus pagos. Si usted se atrasa con una sola cuota del crédito, las entidades podrán informar ante las centrales. Sin embargo, esta deberá notificarlo antes de enviar el reporte y, a partir de ese momento, la persona cuenta con 20 días para ponerse al día o manifestar si hay algún tipo de inconveniente con los pagos de la obligación. De lo contrario, será reportado de acuerdo a la ley 1226 de 2008.

El plazo de los 20 días busca que las personas tengan otra oportunidad para realizar el pago de sus créditos o que en algunos casos en que no tienen los recursos, lo puedan informar a la entidad y refinanciar su deuda a más cuotas para evitar el reporte.

Si una persona no alcanza a realizar los pagos, ni refinanciar la deuda, y ya se encuentra reportada negativamente ante las centrales de riesgo, puede aprovechar la Ley de Borrón y Cuenta Nueva, pues con ella ya no tendrá que esperar tanto tiempo para que eliminen su reporte. Luego de pagar su saldo en mora y estar a paz y salvo, las centrales tienen seis meses para eliminar sus informe negativo.

Tras la implementación de la Ley Borrón y Cuenta Nueva, millones de colombianos han logrado salir del reporte negativo en las centrales de riesgo, de Datacrédito han salido 7,46 millones de personas, de Cifín 6,99 millones y de Procrédito 1,63 millones.

¿Por qué es importante tener un buen score?

Monitorear de forma permanente el score crediticio es un hábito clave, pues tener un buen historial puede incidir en las las condiciones al momento de solicitar un préstamo, en términos de acceso, intereses, plazo y montos.

Algunos expertos explican que el puntaje funciona como una herramienta a la hora de apalancarse financieramente. Además, ayuda a a acceder a un mayor número de productos dentro del sistema financiero, local e internacional.

¿Cómo mejorar el historial crediticio?

Para empezar, es necesario saber la condiciones para acceder al sistema financiero, lo cual le ayudará a la hora de solicitar un crédito. Si usted realiza el pago de las cuotas bajo el tiempo estipulado, podrá aumentar el score crediticio.

También se recomienda no solicitar muchos créditos a la vez y, así, estabilizar su flujo de caja. Jorge Alexander Cortés, docente del Colegio Administrativo y de Ciencias Económicas de Unicoc, señaló que es preferible no servir de codeudor y recordó que el score de DataCrédito va desde 150 hasta 950, por lo que "un puntaje aceptable estará por encima de los 550 puntos; de lo contrario, tendrá como consecuencia que le nieguen alguna solicitud financiera".

miércoles, abril 03, 2024

Lo pueden despedir por negarse a trabajar horas extra? Esto dice la ley

 Si el empleado no acata las instrucciones en ciertas situaciones que requieran que trabaje de más, puede enfrentarse a un despido.


Horas extra

Las normas están para cumplirlas, pues su concepción se basa en evitar, precisamente, algún tipo de conducta que sea considerada incorrecta en un contexto dado.

En el caso del mundo laboral, el trabajo se encuentra regulado por las normas internas de cada empresa, así como la ley colombiana, la cual es muy clara en todos los conceptos que se tienen que tener en cuenta dentro de u ambiente de trabajo.

Uno de estos es el de las horas extra, las cuales, tal como dice su nombre, se dan cuando un empleado trabaja más tiempo del establecido en su horario. Según el Código Sustantivo del Trabajo, los empleadores solo pueden obligar a sus trabajadores a trabajar horas extra si se cumplen cualesquiera de las siguientes situaciones:

1. Cuando hay una autorización del Ministerio del Trabajo otorgada en los términos del numeral 2 del artículo 162 del código sustantivo del trabajo.

2. Por fuerza mayor, caso fortuito o por apremiante necesidad operativa de la empresa en los términos del artículo 163 del Código Sustantivo del Trabajo.

3. Cuando se trate de actividades sin solución de continuidad donde no se pueda interrumpir la jornada de trabajo en los términos del artículo 166 del código sustantivo del trabajo.



Bajo estas premisas, si un empleado se niega a trabajar horas extra y el empleador cumple con los requisitos que la ley exige, el trabajador puede ser despedido. Sin embargo, todo dependerá de las circunstancias de cada caso.

¿Hay límite para las horas extra?

Sí. Aunque son obligatorias bajo las leyes señaladas, el trabajador debe saber que estas tienen una limitación legal.



De hecho, si al empleado se le exige trabajar más del máximo impuesto en la ley, este sí se puede rehusar y si es despedido puede apelar demostrando que sus horas extras iban más allá de lo permitido.

“En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales. Cuando la jornada de trabajo se amplíe por acuerdo entre empleadores y trabajadores a diez (10) horas diarias, no se podrá en el mismo día laborar horas extras”, artículo 22 del Código Sustantivo del Trabajo.

Nuevas plataformas de financiación de Bancoldex tienen 680 empresarios registrados

 El neocrédito conecta a empresarios con oferentes de microfinanzas; y en el caso de leasing digital, con proveedores de maquinaria o equipos


Con las plataformas neocrédito, microcrédito en un solo lugar, y leasing digital, activos para crecer, Bancoldex puso a disposición de los micro, pequeños y medianos empresarios de todas las regiones del país, nuevas formas de acceso a crédito, de fácil acceso y en condiciones financieras competitivas.

A 30 días de su lanzamiento, neocrédito ya ha logrado vincular a más de 650 microempresarios de 97 municipios del país, con más de 110 solicitudes de crédito. Con esta plataforma, que conecta a los microempresarios formales y no formales con diferentes entidades financiadoras que compiten por ofrecer la mejor opción de financiación, el banco espera al finalizar el año superar los 20.000 microempresarios registrados y, en cinco años movilizar créditos por cerca de $2 billones.

“Las mipymes generan alrededor de 80% del empleo en el país. Sin embargo, son las que más obstáculos encuentran para acceder a créditos que logren ajustarse a su ciclo productivo y realidad financiera. Con estas plataformas queremos ayudar a cerrar esas brechas con financiación a la medida de sus necesidades”, señaló Javier Díaz Fajardo, presidente de Bancoldex.

Asimismo, a un mes de su puesta en marcha, en leasing digital ya se encuentran vinculadas 33 empresas con 26 solicitudes, y 21 más que se encuentran en trámite. Esta plataforma les permite a las pymes comparar, simular y solicitar financiación directa de Bancóldex para adquirir un activo productivo – ya sea maquinaria o equipo- en un ambiente digital. Con leasing digital se desembolsarán $15.000 millones vía leasing al cierre del año, y cerca de $1 billón a 2.200 empresarios en cinco años.

Estas dos nuevas herramientas conectan a empresarios con oferentes de microfinanzas, en el caso de neocrédito; y en el caso de leasing digital, con proveedores de maquinaria y equipos en un entorno digital, para que estos segmentos del tejido empresarial accedan a mejores condiciones de financiación en microcrédito y leasing.

Para las micro, pequeñas y medianas empresas, que representan alrededor de 5,5 millones de empresas entre formales y no formales, acceder a financiación resulta un desafío constante, a pesar de ser las mayores generadoras de empleo en el país, “ofrecer alternativas eficaces de financiación resulta fundamental para incrementar su crecimiento económico” agregó Díaz.