domingo, marzo 31, 2024

Es aplicable la neutralidad tributaria del artículo 319 ET. al aporte de bienes ubicados en Colombia a una sociedad extranjera con sucursal en el país?. Concepto 120 DIAN de 2024

 


Según lo establece el artículo 319 del Estatuto Tributario, el aporte -en dinero o en especie- a sociedades nacionales es neutro desde el punto de vista tributario.

Esta Subdirección está facultada para absolver las consultas escritas, presentadas de manera general, sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de la DIAN1. En este sentido, la doctrina emitida será de carácter general, no se referirá a asuntos particulares y se someterá a lo consagrado en el artículo 131 de la Ley 2010 de 20192.

PROBLEMA JURÍDICO

¿Es aplicable la neutralidad tributaria de que trata el artículo 319 del Estatuto Tributario al aporte de bienes ubicados en Colombia a una sociedad extranjera con sucursal en el país?

TESIS JURÍDICA

La neutralidad tributaria de que trata el artículo 319 del Estatuto Tributario no es aplicable al aporte de bienes ubicados en Colombia a una sociedad extranjera con sucursal en el país. En este caso debe observarse lo señalado en el artículo 319-2 ibidem, además de lo que exija la regulación cambiaria.

FUNDAMENTACIÓN

Según lo establece el artículo 319 del Estatuto Tributario, el aporte -en dinero o en especie- a sociedades nacionales es neutro desde el punto de vista tributario3, siempre y cuando se cumplan los requisitos previstos en esta disposición.

Por otra parte, el artículo 319-2 ibidem regula los aportes en especie y en industria a sociedades y entidades extranjeras, señalando que éstos constituyen una enajenación para efectos fiscales, con lo cual están sometidos al impuesto sobre la renta y complementarios4.

Por lo tanto, resulta claro que, en la hipótesis objeto de consulta el aporte está sometido a lo previsto en el artículo 319-2 del Estatuto Tributario, sin que sea aplicable la neutralidad tributaria de que trata el artículo 319 ibidem. Esto, aun cuando la sociedad extranjera tenga una sucursal en Colombia; circunstancia que resultó indiferente para el Legislador cuando redactó el citado artículo 319-2.

No sobra tener presente que, desde el punto de vista comercial, la sucursal es un establecimiento de comercio creado por una sociedad “dentro o fuera de su domicilio, para el desarrollo de los negocios sociales o de parte de ellos” (cfr. artículo 263 del Código de Comercio), que, en el caso de una sociedad extranjera, se exige cuando pretende emprender negocios permanentes en el país (cfr. artículo 471 ibidem).

En los anteriores términos se absuelve su petición y se recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de esta Entidad, puede consultarse en el normograma DIAN: https://normograma.dian.gov.co/dian/.

Supervigilancia: hasta el 30 de abril se podrán reportar informes financieros del 2023

 


Aquí hablaremos sobre...¿Quiénes están obligados a presentar reportes a la Supervigilancia?

¿Qué información debe reportarse?

¿Cuáles son los plazos para el reporte a la Supervigilancia?

¿El no cumplimiento podría dar lugar a sanciones?

Las personas naturales y jurídicas vigiladas por la Supervigilancia deberán reportar su información financiera a esta entidad hasta el 30 de abril de 2024.

A continuación, te contamos quiénes son los obligados, qué información deberá reportarse y los plazos para cumplir con esta obligación.

Las personas naturales y jurídicas que ejerzan o presten las actividades y servicios sometidos a control, inspección y vigilancia por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada –Supervigilancia– deberán reportar su información financiera con corte anual junto con algunos documentos adicionales requeridos.

Por medio de una resolucion de cada año la Supervigilancia se establecen lineamientos para la presentación de información financiera con corte al 31 de diciembre de 2021 por parte de las entidades reguladas por la Supervigilancia.

¿Quiénes están obligados a presentar reportes a la Supervigilancia?

Deberán realizar reportes a la Supervigilancia por el año gravable 2023 las personas naturales y jurídicas que presten los siguientes servicios:Empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada.

Empresas asesoras, consultoras e investigadoras en vigilancia y seguridad privada.
Escuelas de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada.
Transportadoras de valores.
Arrendadoras de vehículos blindados y blindadoras.
Departamentos de seguridad y servicios comunitarios.
Empresas asesoras, consultoras e investigadoras en vigilancia y seguridad privada.
Asesores, consultores e investigadores en vigilancia y seguridad privada personas naturales.
Quienes ejercen actividades de importación, fabricación, instalación y comercialización de equipos, sistemas y medios tecnológicos para vigilancia y seguridad privada.
¿Qué información debe reportarse?

Las entidades sometidas a control, inspección y vigilancia por la Superintendencia de Vigilancia y seguridad privada deben reportar la información que describimos a continuación:

1. Reporte de estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2023

De acuerdo con la norma en comento, deberán presentarse estados financieros según lo indicado para cada grupo de aplicación de Estándares Internacionales, tal como se muestra en la siguiente imagen:


Además, la norma especifica que el requirimiento de reportar estados financieros por parte de las entidades reguladas por la Supervigilancia aplica para:Empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada

Empresas asesoras
Escuelas de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada
Transportadoras de valores
Empresas arrendadoras de vehículos blindados y blindadoras.

De acuerdo con lo expuesto, este reporte no aplicará para:Departamentos de seguridad y servicios comunitarios
Personas naturales que actúen como asesores, consultores e investigadores en vigilancia y seguridad privada
Quienes ejercen actividades de importación, fabricación, instalación y comercialización de equipos, sistemas y medios tecnológicos para vigilancia y seguridad privada.

2. Reporte del valor total de la nómina empleada con corte al 31 de diciembre de 2023

Adicionalmente, la resolución advierte sobre la obligación de reportar el valor total de la nómina empleada, incluyendo todos los gastos y prestaciones sociales de cualquier denominación, con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, sin incluir los aportes efectuados al sistema integral de seguridad social, al Sena, ICBF y cajas de compensación familiar que estén a cargo de la empresa para los departamentos de seguridad y servicios comunitarios.

Este reporte deberá realizarse a través del formato REGADS dispuesto por la Supervigilancia para tal fin.

3. Reporte del valor de los ingresos brutos con corte al 31 de diciembre de 2023

Por su parte, las empresas asesoras, consultoras e investigadoras en vigilancia y seguridad privada; las personas naturales que actúen como asesores, consultores e investigadores en vigilancia y seguridad privada; y quienes ejercen actividades de importación, fabricación, instalación y comercialización de equipos, sistemas y medios tecnológicos para vigilancia y seguridad privada deberán realizar el reporte del valor de los ingresos brutos percibidos por la actividad realizada, con corte al 31 de diciembre del 2023.

Este reporte deberá realizarse a través del formato RIFINC dispuesto por la Supervigilancia para tal fin.

¿El no cumplimiento podría dar lugar a sanciones?

La Supervigilancia podrá aplicar sanciones a los vigilados que suministren información tributaria incompleta, inexacta o con errores, de conformidad con la ley.

Es imperativo que los representantes legales y/o contadores de los servicios verifiquen y confirmen la información financiera registrada en las plantillas antes de su envío, validación y aprobación en el aplicativo, para evitar el trámite de corrección, el cual acarrea investigaciones y eventuales sanciones.

Igualmente, el no reporte de información financiera o reporte extemporáneo, conforme con lo establecido en el artículo 105 del Decreto Ley 356 de 1994, genera sanción al servicio vigilado por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

sábado, marzo 30, 2024

Las dudas en el panorama fiscal que se mantienen en la reforma pensional

 Un aumento de la población dependiente del Gobierno, cotizaciones que no se ahorran y una caída en aportes fueron algunas alertas frente al proyecto.




Pensión

Arrancó la legislatura del 2024 y en el primer debate, de control político, para las reformas laboral y pensional que se realizó este 20 de febrero en la Comisión Tercera del Senado, se conocieron nuevas alertas sobre los efectos negativos que tendrán estas iniciativas en las finanzas del Estado, especialmente la que cambia el sistema de pensiones.


El Comité Autónomo de Regla Fiscal presentó una actualización de su seguimiento a las propuestas de esta reforma, especialmente en lo que concierne al costo y carga en el sistema fiscal, resaltando que pese a que trae algunos cambios positivos, el país se debe preparar para un incremento del pasivo pensional.

Andrés Velasco, director del Carf, aseguró que basados en cálculos realizados al nuevo articulado que se presentó para su trámite este año, es necesario hacer ajustes para garantizar la sostenibilidad del sistema que se propone.

En la información presentada a la Comisión, el Carf advierte que al año 2100 el pasivo pensional, si se aprueba y pone en marcha la reforma, será del 146,8% del PIB, lo cual si bien marca un retroceso respecto al 157,7% del primer debate, deja claro que esta reforma seguirá presionando el endeudamiento.

“La intención de estos datos, desde el Comité, es dar a conocer los efectos que se podrían dar sobre las finanzas públicas en los diferentes escenarios que plantea la reforma”, dijo Velasco.



Pensión en Colombia

Para el pilar solidario, este reporte asegura que la implementación para 2,5 millones de colombianos costará 0,3% del PIB; es decir, unos $4,3 billones cada año, dejando claro que esto a futuro se puede interpretar como derecho adquirido y por tanto, deberían mantenerse a perpetuidad.

En el semi-contributivo el Carf reseñó que inicialmente tendrá un costo del 0,2% del PIB y poco a poco irá aumentando hasta llegar a 0,9% del PIB en 2064 y bajará lentamente hasta llegar al 0,6% hacia 2100.

Debido a esto, desde Asofondos se hizo un llamado para que durante el avance de la reforma pensional en el Congreso se tenga en cuenta el bienestar de todos los colombianos, incluyendo aquellos que quieren estar en los fondos privados y no ser trasladados a la fuerza a Colpensiones.

“A quienes no se pensionan, a través del pilar semicontributivo, la reforma les debe respetar la propiedad de sus ahorros, y ofrecer por lo menos un beneficio equivalente al que obtendrían hoy en día los fondos de pensiones privados, más un subsidio estatal que estimule el ahorro pensional”, dijo Santiago Montenegro, presidente de Asofondos.



Pensión

Por último, el Comité Autónomo de Regla Fiscal destacó que, entre las cosas buenas de la reforma, este proyecto de ley acaba con los subsidios a las megapensiones, mejora la cobertura y acota la prestación anticipada y requisitos para mujeres.

No obstante, deja claro que si aumenta la población dependiente del Gobierno, no se ahorrarán parte de las cotizaciones que lleguen a Colpensiones, el sistema público recibirá menos aportes y aumentarán las responsabilidades del Estado en el régimen pensional, que a futuro se traducirán en aportes oficiales
Una nueva reforma


El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, salió al paso a estas advertencias y sostuvo que desde un principio se dejó claro que este cambio al sistema no será a perpetuidad y que luego de su implementación habrá que hacer un seguimiento detenido para realizar ajustes o una nueva reforma dentro de 70 años.

“Este análisis lo están llevando al 2100, es decir, como si la reforma fuera infalible, de aquí a 70 años, y no se hiciera nada. Cuando el Ministerio de Hacienda calcula, hizo dos cálculos, uno al 2070 y otro al 2100. Ese que presentaron aquí es al 2100. El del 2070 nos da que si quitamos, si hacemos, dejamos aparte el pilar solidario, el pilar contributivo y semicontributivo genera ahorros a la economía nacional, de aquí al 2070”, indicó.

Así mismo, el ministro explicó que “si no se hace nada, de aquí al 2050 o 2060, que es otra reforma, 30 años después, a esta, en el 2100, el costo fiscal es muy alto. Ninguna reforma es infalible y eterna. Hay que volver a hacer otras cosas dentro de 30 años”.



Pensión

Tres ponencias

Este martes también se anunció que el próximo 27 de febrero arrancará el segundo debate de la reforma pensional en el Senado, a donde llegarán las tres ponencias que hay para este proyecto del Gobierno.

El presidente del Congreso, el senador Iván Name, explicó que esta iniciativa “empezará su trámite en la Plenaria, con las ponencias, y ojalá pueda llegar con algunos consensos principales para que las cosas puedan fluir”.

La primera, presentada por la senadora Lorena Ríos, del partido Colombia Justa Libres, propone archivar el proyecto. En segundo lugar está la propuesta de la senadora Norma Hurtado, del partido de ‘la U’, la cual fue radicada antes que la del Gobierno y tiene tres grandes diferencias: el umbral del pilar contributivo, el manejo de los recursos que lleguen a Colpensiones y los subsidios dirigidos a quienes no se pensionan. En tercer lugar está la iniciativa del Gobierno, que entre otras cosas, tiene un umbral obligatorio de cotización más alto.

viernes, marzo 29, 2024

Tpaga lanza WhatsApp Banking, servicio financiero desde un chat

 Arrancará con 100.000 usuarios, que podrán acceder entrando a una lista de espera.




La empresa de tecnología, Tpaga, lanzó un nuevo servicio en donde los usuarios podrán abrir una cuenta de banco, pagar una factura, hacer una recarga de celular y hasta hacer compras de productos y distintos servicios desde un chat de WhatsApp.

Es la primera vez en Colombia que una fintech ofrece este servicio, buscando darles a los usuarios una opción adicional a las billeteras móviles. Este producto se llama WhatsApp Banking. “Nos dimos cuenta que entre la población de adultos mayores y personas que viven en zonas rurales no hay fácil adaptación a las nuevas tecnologías o ni siquiera tienen acceso a ellas. Haciendo trabajo de campo y hablando con ellos, aprendimos que se sienten más cómodos interactuando por medio de WhatsApp. Así que pensamos, ¿por qué no ofrecer todos los servicios que ofrece un banco, pero sobre el WhatsApp?”, indicó Andrés Gutiérrez, CEO de Tpaga.



WhatsApp

La compañía, que actualmente cuenta con más de 1,5 millones de clientes, va a arrancar ofreciendo este servicio a 100.000 usuarios, que podrán usarlo entrando a una lista de espera.

De la misma manera, se busca ofrecer este servicio a bancos y entidades financieras, que quieran ofrecer su propio servicio de WhatsApp teniendo a esta fintech como proveedor.

“Ya estamos trabajando con tres bancos y dos entidades de crédito, para que sus servicios financieros estén disponibles en su propio canal de WhatsApp. Según nuestros cálculos, esto le puede ahorrar al banco un 25% en el costo de atender a los usuarios. Y este es solo el comienzo, también pensamos en extender esto a otros grupos, como las tiendas de barrio en donde podrán pagar desde sus impuestos hasta renovar su certificado en Cámara de Comercio, e inclusive hacer pedidos de los mismos productos que ofrecen en sus establecimientos”, dice Andrés Gutiérrez.



Aplicaciones

Esta empresa colombiana, que ha sido reconocida por Bloomberg y la revista Fast Company como una de las más innovadoras de América Latina, vuelve a irrumpir con un producto que, a su juicio, tiene el impacto de llegar a todo el continente.

Cómo puede salir de la lista negra de los bancos después de haber sido reportado?

 


Qué hacer si se encuentra reportado en una central de riesgo

La ley 1266/08 establece que el informe permanecerá el doble del tiempo que se estuvo en mora y se logró saldar la deuda

¿Se encuentra en la lista negra de algún banco o se siente perseguido por DataCrédito? Las deudas le pueden estar respirando en la nuca, pero siempre hay una luz al final del túnel.

Inicialmente, los expertos recomiendan que no se debe meter en deudas innecesarias y siempre pagar todo a una cuota máximo, para no comprar cosas con plata que no se tiene y puede ser complejo pagar.

Sin embargo, si ya sabe que está en la lista negra de los bancos debe verificar la presencia en una entidad de riesgo y saldar la deuda por completo según los pagos acordados para eliminar el informe negativo. Se sugiere informar a la entidad de riesgo después de completar el pago para que retiren el informe, facilitando así la mejora del historial crediticio.

Recuerde saldar todas las deudas pendientes para eliminar el informe negativo, ya que algunos centros financieros o comerciales pueden no notificar automáticamente a las entidades de riesgo sobre la cancelación de la deuda. Se aconseja verificar si el informe persiste y comunicarse con la entidad correspondiente.

Es importante tener en cuenta que la ley establece consecuencias para aquellos con informes negativos en entidades como Datacrédito, y el informe no se eliminará de inmediato. La ley 1266/08 establece que el informe permanecerá el doble del tiempo que se estuvo en mora y se logró saldar la deuda.

Pero si usted le debe a proveedores o bancos se puede acoger a la insolvencia, para esto la normativa estipula que, en el caso de personas naturales, el deudor debe tener al menos tres cuotas pendientes en la mitad de sus obligaciones, mientras que para empresas se requiere que 10% de sus obligaciones estén en mora.

Según Andrés Felipe Villegas, director financiero de ApazySalvo, las implicaciones que tiene que alguien se declare en insolvencia es que “se obtienen grandes beneficios para el deudor, ya que la ley prohíbe que se ejecuten hipotecas o bienes, incluso embargar cuentas. Permitiendo que quien este en dificultades pueda seguir generando recursos y siendo productivo".

Aunque existen reportes negativos, en Inside LR, Clariana Carreño, country manager de Experian Colombia, dijo que 94% de los reportes son positivos. "Esto de alguna manera refleja el comportamiento de pago de los colombianos. Tenemos nuestro ecosistema digital que es MiDatacrédito, donde tenemos 11 millones de inscritos de manera gratuita. Esta es una plataforma que está disponible para todos los colombianos, aquí tienen acceso a conocer lo que es su historia de crédito, su puntaje de crédito. Tienen también acceso a un diagnóstico de su perfil crediticio".

Para la directiva no es malo está reportado. "Es importante entender que la historia de crédito es la base esencial para que las entidades que otorgan crédito puedan hacerlo, que los ciudadanos puedan acceder a créditos formales".

miércoles, marzo 27, 2024

Quiere invertir en una startup? Estos son los consejos que dan expertos para hacerlo

 



Para invertir en los inicios de una empresa no es necesario tener un alto patrimonio, ya que las primeras rondas de capital son entre conocidos

A la hora de invertir en una startup hay que tener varias consideraciones, pero tal vez una de las más importantes es que esta es una inversión de riesgo, que puede ser muy volátil y fácilmente no traer ningún retorno.

Para invertir en los inicios de una empresa no es necesario tener un alto patrimonio, ya que las primeras rondas de levantamiento de fondos, en general entre familiares y amigos, tienen tickets de entrada menores a US$2.000. El acceso a esa etapa temprana normalmente llega por un dato o una invitación a invertir.

Después del primer levantamiento de capital, conocido como de “family and friends”, suele venir una ronda pre seed (pre semilla) y una ronda seed (semilla). Para participar se requiere de ticket más altos, y es donde entran inversionistas ángel o algún programa de aceleración.

Después, vienen las series A, normalmente superior a US$20 millones, y las posteriores B y C, que requieren de más espaldas y participación de firmas de venture capital, inversionistas de alto patrimonio y family office.

Métodos de inversión

El CEO de Broota (la plataforma chilena de crowdfunding que ha financiado a 53 startups por más de $ 13.000 millones), Federico Iriberry, recomienda diversificar la inversión de tres formas: directa, indirecta o híbrida.

La primera implica que uno como persona natural esté permanentemente buscando y apostando por startups que sintonicen con lo que esa persona busque. Es un proceso que implica estar muy conectado con el ecosistema.

La indirecta se refiere a plataformas que filtran y seleccionan a startups para que una persona pueda invertir aminorando el riesgo, mientras que la híbrida consiste en que “como persona natural, inviertes individualmente en alguna startup que te guste, combinado con una inversión a través de una plataforma experta”, afirma Iriberry.

Matías Zegers, socio de DLA Piper Chile, afirma que este tipo de inversiones en startups “tienen ciertos estándares según sea la etapa de madurez de la firma: si está en etapa inicial o semilla, en early stage (fase inicial) o en growth stage (fase de crecimiento). Esto hace que el tipo de instrumentos en que se invierten cambien según la ronda de financiamiento, así como los derechos de los inversionistas también varíen”.

Para Zegers además es importante para quienes quieran invertir “entender que si se invierte en una ronda de capital, los emprendedores nunca deberían diluirse más de un 20%, y si se invierte en financiamiento puente (un tipo de préstamo), los instrumentos para hacerlo son las notas convertibles, SAFEs (sigla de Simple Agreement for Future Equity, que es la opción futura de compra de un número indeterminado de acciones) y KISS, que son instrumentos de inversión en deuda convertible o en opciones, cuyos términos son estándar en el mercado”.

Los SAFEs fueron creados por YCombinator el año 2013 para facilitar el acceso a capital temprano y tienen la característica de que son rápidos de gestionar y permiten cerrar acuerdos con cada inversionista por separado. Por otro lado, los KISS (siglas de “Keep It Simple Security”) fueron creados por 500 startups en 2014, y al igual que la aceleradora de Silicon Valley, pretenden simplificar y estandarizar la financiación inicial de las startups.

Otra forma de entrar a una empresa de este tipo, son los Demo Days. Se trata de una jornada organizada por un Venture Capital, en la que fundadores de las compañías salen a buscar capital e intentan “conquistar” a inversionistas a través de un pitch y breves presentaciones.

En simple: los ejecutivos presentan su idea al equipo y cómo la están desarrollando. En Estados Unidos es conocido el Demo Day de YCombinator, donde asisten inversionistas famosos como Peter Thiel -uno de los primeros en entrar a Facebook- y se mueven millones de dólares.

Sobre los montos de inversión, el asociado de Reach Capital y fundador de la plataforma de educación Startupeable, Enzo Cavalie, recomienda “definir el monto de capital a invertir en startups y en cuánto tiempo planeas colocarlo. Un máximo del 10% de tu patrimonio es lo recomendable. Si planeas invertir un total de US$ 25 mil en startups, el ticket debería ser tal que te permita hacer al menos 15 a 20 inversiones, que es un número recomendado para tener un portafolio diversificado”.

Para esto, sugiere que si va a ser una inversión directa, sea un mínimo de US$2.500, ya que rara vez una startup aceptará un ticket menor para evitar sobrepoblar su tabla de capitalización. Por otro lado,“si participas en plataformas colectivas como crowdfunding o redes ángeles, empieza con US$500”.

Los cuatro factores

Son cuatro las variables clave: equipo, mercado, tracción y propósito de la firma. Según los expertos esta combinación de factores definirá el éxito o fracaso de una startup; puede tener un muy buen equipo e idea, pero si entran a un mercado sin potencial o saturado, la inversión no va a dar frutos.

En Broota afirman que el equipo es lo más importante, “son ellos quienes tienen la capacidad de reinventarse y mejorar un producto. Debe conocer el mercado, entender qué problema resuelve, en qué sector está involucrado y qué tendencias aborda”, recalcan.

Asimismo es relevante la tracción, es decir, el análisis de que si lo que se ofrece está alineado con el sector involucrado, y en qué volumen. La idea es comprobar si la startup tendrá un crecimiento acelerado, lo que se puede analizar midiendo el estado actual del negocio, los KPIs más importantes y las métricas operativas y financieras.

En cuanto al propósito, en esta industria coinciden en que “es un factor primordial para los inversionistas”. En Broota lo explican así: “es más importante de lo que se cree, y tiene que ver con invertir en empresas con las que compartas la misma visión, el mismo ideal o el mismo estilo de vida. Eso permitirá que tú -como inversionista- seas el primer interesado en promover el producto/servicio de la startup, o sencillamente que la lleve bien”.

Derecho de inspección: ¿cuándo se puede ejercer?

 


El derecho de inspección es una facultad que tienen todos los asociados para examinar los libros y papeles de la sociedad, con el fin de informarse sobre la situación administrativa y financiera de la compañía en la cual realizaron sus aportes.

Descubre cuándo puede ser ejercido este derecho.

El derecho de inspección es una prerrogativa individual de cada uno de los asociados que consiste en la facultad de examinar, directamente o en representación, los libros y papeles de la sociedad en la cual realizaron sus aportes, con el propósito de conocer su situación administrativa, financiera, contable y jurídica (artículos 48 de la Ley 222 de 1995 y 369 y 447 del Código de Comercio).

Este derecho también implica la obligación de los administradores a permitir el examen de la información en las condiciones y términos exigidos tanto por las normas contables como por las normas propias del tipo de sociedad y sus estatutos.

Es importante destacar que el derecho de inspección no es absoluto y debe ser regulado para no obstaculizar el funcionamiento adecuado de la compañía. La regulación de este derecho puede ser realizada por el máximo órgano social, el cual debe determinar los límites temporales y los tipos de documentos que se excluyen de la inspección (Concepto 220-176650 del 13 de septiembre de 2016, Supersociedades).

¿Cuándo se puede ejercer el derecho de inspección?

Dependiendo del tipo societario, existen criterios temporales mínimos legales para ejercer el derecho de inspección, sin perjuicio de que en los estatutos sociales puedan establecerse limitaciones más amplias para su ejercicio:

Tipo societario

Oportunidad para ejercer el derecho de inspección

Sociedades colectivas

En cualquier momento (artículo 314 del CCo).

Sociedades en comandita

En cualquier momento (artículo 328 del CCo).

Sociedades limitadas

En cualquier momento (artículo 369 del CCo).

Sociedades anónimas

Dentro de los quince (15) días hábiles anteriores a las reuniones de la asamblea general de accionistas en que se vayan a considerar los estados financieros (artículos 379, 422 y 447 del CCo).

Sociedades por acciones simplificadas –SAS–

Salvo estipulación estatutaria en contrario, durante los cinco (5) días hábiles anteriores a la reunión en la que se han de aprobar estados financieros de fin de ejercicio (artículo 20 de la Ley 1258 de 2008).

El derecho de inspección debe ser ejercido en las oficinas de la administración que funcionen en el domicilio principal de la sociedad, independientemente del tipo societario del que se trate. Sin embargo, los administradores podrán disponer que se ejerza mediante el uso de repositorios de información digital u otros instrumentos tecnológicos que salvaguarden la reserva de la información.