lunes, enero 22, 2024

Contador, este es el régimen sancionatorio de tu profesión

 


Los contadores públicos son importantes para las empresas porque tienen responsabilidades valiosas –como ordenar la información contable– y, además, dan fe pública. Por esto, existe un régimen sancionatorio para las conductas antiéticas de los profesionales. Conócelo en este Curso en Línea.

Todas las empresas necesitan de un área contable, que es la encargada de ordenar toda la información contable, tributaria y de costos que posea la entidad. Estos datos –que luego son presentados mediante los estados financieros a los tomadores de decisiones internos y externos– son muy importantes, y por esta razón hay muchas leyes que regulan esta presentación y la profesión.

Los contadores públicos tienen una gran responsabilidad al dar fe pública, es decir, con su firma avalan que la información que tiene un determinado documento representa fielmente la situación de una persona natural o jurídica.

Por esta razón, existe un régimen sancionatorio que contiene un conjunto de sanciones para las conductas antiéticas de estos profesionales. Este régimen lo podemos encontrar en la Ley 43 de 1990, en el Código de Ética incluido en el anexo 4 del DUR 2420 de 2015, en el Estatuto Tributario, etc. Cabe recordar que las sanciones disciplinarias las interpone la Junta Central de Contadores –JCC–, y las fiscales, la Dian.

Los contadores juegan un importante papel en las empresas con la elaboración de los estados financieros y teniendo organizada la contabilidad, por lo que se está vigilando su actuar profesional. Ante este panorama, Actualícese presenta el Curso en Línea Régimen sancionatorio de los contadores públicos y revisores fiscales, a cargo del Dr. Roberto Valencia. En este curso se explica la normativa vigente que rige el comportamiento ético de la profesión contable en Colombia, como también el régimen sancionatorio disciplinario y fiscal.

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