lunes, octubre 09, 2023

Las cooperativas también pueden descontar impuestos por inversión en I+D+I

 La ley 1819 de 2016 (art 142) adicionó el artículo 19-4 del Estatuto Tributario y determinó que las cooperativas son contribuyentes de impuesto de renta a una tarifa del 20%. El impuesto será tomado en su totalidad del Fondo de Educación y Solidaridad de que trata el artículo 54 de la Ley 79 de 1988.

hemos trabajado en la promoción de los instrumentos de fomento y particularmente, la opción de que tienen las empresas de descontar de su impuesto de renta hasta el 25% de la inversión realizada en I+D+I, y además, llevar al gasto para deducir las inversiones realizadas en proyectos que sean calificados por COLCIENCIAS para ese fin.

Revisando el cambio de normatividad; elevamos al mismo COLCIENCIAS la consulta respecto de la opción que tendrían las Cooperativas de acceder a este beneficio, la respuesta de esta entidad es positiva (ver imagen)


Así las cosas; las Cooperativas - al ser contribuyentes del impuesto de renta - pueden acceder al beneficio tributario del descuento de hasta el 25% del impuesto de renta por inversión en I+D+I, además llevar directamente al gasto las inversiones que realicen para ese fin; desde luego, mediando la calificación de los proyectos por parte de COLCIENCIAS. Es un incentivo valioso para aquellas organizaciones del sector cooperativo que quieren fortalecer su gestión y competitividad mediante la investigación y la innovación.

Nuestra empresa ha sido evaluadora de Unidades de I+D+I y ha acompañado a empresas en la formulación de sus estrategias, programas y proyectos, no solo con la perspectiva de obtener beneficios tributarios sino en la lógica de hacer del conocimiento un factor diferenciador. En el pasado, hemos apoyado procesos en organizaciones del sector cooperativo como la Cooperativa de Impresores de Bogotá, la Incubadora Empresarial Gestando, Confecoop Boyacá, entre otras.

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