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jueves, octubre 05, 2023
ABC de los trabajadores a tiempo parcial
Los trabajadores a tiempo parcial son aquellos cuyas jornadas laborales se caracterizan por ser inferiores a las de los trabajadores a tiempo completo y además devengan ingresos mensuales inferiores a un (1) smmlv.
A continuación, te presentamos el ABC de los trabajadores a tiempo parcial.
Según la OIT en el Convenio sobre el trabajo a tiempo parcial, 1994 (núm. 175), un trabajador a tiempo parcial es todo aquel asalariado cuya actividad laboral tiene una duración normal inferior a la de los trabajadores a tiempo completo en situación comparable.
Los criterios para establecer la comparación entre un trabajador a tiempo parcial de un trabajador a tiempo completo en situación comparable son: Que tengan el mismo tipo de relación laboral (por ejemplo, ambos vinculados mediante contrato de trabajo).
Que realicen un tipo de trabajo idéntico o similar.
Que estén empleados en el mismo establecimiento, en la misma empresa o en la misma rama de actividad.
En relación con la duración de la jornada laboral, los trabajadores a tiempo parcial se pueden clasificar de la siguiente manera:Trabajadores por horas (trabajan algunas horas al día).
Trabajadores por días (laboran algunos días a la semana).
Trabajadores que ejercen una actividad solo algunas semanas al mes.
Debido a que su jornada laboral es inferior a la jornada máxima legal, los trabajadores a tiempo parcial reciben una remuneración proporcional a las horas trabajadas.
Salario mínimo 2023
Valor
Valor salario mínimo mensual
$1.160.000
Valor salario mínimo diario
$38.667
Valor hora ordinaria laboral con base en 1 smmlv
$4.936
Descanso dominical remunerado
Cuando un trabajador labora a tiempo completo todos los días laborales de la semana tiene derecho a disfrutar de un (1) día de descanso dominical remunerado por cada semana trabajada.
Sin embargo, cuando se trata de un trabajador a tiempo parcial, el numeral 5 del artículo 173 del CST dispone textualmente: Cuando la jornada de trabajo convenida por las partes, en días u horas, no implique la prestación de servicios en todos los días laborales de la semana, el trabajador tendrá derecho a la remuneración del descanso dominical en proporción al tiempo laborado.
Así pues, cuando un trabajador labora por días u horas no tendrá derecho al día de descanso remunerado como tal, pero sí a recibir una remuneración proporcional al descanso dominical, de acuerdo con el tiempo trabajado, la cual se deberá incluir en el salario devengado.
La Dra. Angie Vargas, experta consultora en derecho laboral, explica en el siguiente video cómo opera el descanso dominical remunerado para los trabajadores por días:
Auxilio de transporte
Por regla general, todos los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho al auxilio de transporte, ya que suelen devengar un ingreso mensual inferior a un (1) smmlv.
Auxilio de transporte 2023
Auxilio de transporte mensual
$140.606
Auxilio de transporte diario
$4.687
El auxilio de transporte no se reconoce por horas sino por días. Independientemente de si el trabajador a tiempo parcial labora el día completo o solo algunas horas al día, el empleador debe reconocer el auxilio de transporte por el día completo, pues el propósito de dicho auxilio es cubrir una parte del costo de los desplazamientos desde el lugar de residencia hasta el sitio de trabajo y viceversa.
En el siguiente video, la Dra. Natalia Jaimes, especialista en Derecho Laboral, explica cómo debe ser cancelado el auxilio de transporte en los contratos en los que se pacta una jornada de trabajo por horas o medio tiempo:
Prestaciones sociales
Todos los trabajadores a tiempo parcial que cumplan con las condiciones de un empleado dependiente y subordinado tienen derecho al pago de la prima de servicios, las cesantías y los intereses a las cesantías, independientemente del tipo o la duración del contrato de trabajo al que estén vinculados.
Para liquidar la prima de servicios y el auxilio de cesantías, el salario base mensual se determina mediante la suma de los siguientes conceptos: Salario mensual = salario semanal × 4,33 [semanas del mes]).
Valor proporcional del auxilio de transporte (1 día de auxilio × días laborados en la semana × 4,33).
La Dra. Angie Vargas presenta en este video una completa explicación sobre el cálculo de la prima de servicios para los trabajadores del servicio doméstico que laboran por días:
Vacaciones
Las vacaciones son el derecho que tiene todo trabajador dependiente y subordinado a disfrutar de un período de descanso remunerado equivalente a quince (15) días hábiles consecutivos tras haber prestado sus servicios al empleador durante un año (artículo 186 del CST).
Los trabajadores por días, horas o semanas tienen derecho a 15 días hábiles de descanso por cada año laborado, pero remunerados de forma proporcional a los días de trabajo.
Para liquidar las vacaciones de los trabajadores que laboran por días se debe determinar, en primer lugar, el salario mensual, multiplicando el salario semanal por 4,33.
Asegúrate de conocer todo sobre las vacaciones según la ley laboral. ¡Descarga nuestro informe especial ahora!
Vacaciones: características, requisitos, restricciones y novedades jurisprudenciales.
Dotación
La dotación es una obligación en especie a cargo del empleador que consiste en suministrar al trabajador en forma gratuita, al menos tres veces al año, un (1) par de zapatos y un (1) vestido de trabajo.
Tiene derecho a la dotación el trabajador cuya remuneración mensual sea de hasta 2 smmlv si ha cumplido más de tres (3) meses al servicio del empleador (artículo 230 del CST). Los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a recibir la dotación.
En la siguiente conferencia, la abogada Angie Vargas resuelve 11 preguntas relacionadas con la nómina de los trabajadores con salarios inferiores a 1 smmlv:
Seguridad social de los trabajadores a tiempo parcial
Con el final del piso de protección social, declarado inexequible por la Corte Constitucional, la regulación de la seguridad social de los trabajadores dependientes a tiempo parcial se encuentra sujeta a las disposiciones del Decreto 2616 de 2013, compilado en los artículos 2.2.1.6.4.1 y siguientes del Decreto 1072 de 2015.
Estas normas regulan la vinculación a los sistemas de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar para trabajadores dependientes, siempre y cuando acrediten en su totalidad los siguientes requisitos: Que sean trabajadores dependientes y subordinados (vinculados mediante contrato de trabajo).
Que laboren por períodos inferiores a un (1) mes.
Que su remuneración durante el mes sea inferior a un (1) smmlv.
Es importante destacar que estas disposiciones no son aplicables para los trabajadores que por motivos económicos, estructurales o tecnológicos les sea reducida de manera temporal la duración normal de su contrato de trabajo.
En el siguiente video, la Dra. Angie Vargas expone cómo quedó regulada la seguridad social de los trabajadores a tiempo parcial tras el fin del piso de protección social:
Esquema de cotización por semanas
La seguridad social de los trabajadores a tiempo parcial (horas, días, semanas) se gestiona mediante la modalidad de cotización por semanas. Este esquema establece que la base mínima de cotización para este tipo de trabajadores será una cuarta (¼) parte del salario mínimo mensual vigente ($290.000 por el 2023), el cual se denominará “cotización mínima semanal”.
IBC de los trabajadores a tiempo parcial
El ingreso base de cotización –IBC– es la parte de los ingresos que se toma como base para aplicar el porcentaje del aporte respectivo al momento de realizar la cotización al sistema de seguridad social.
Para este tipo de trabajadores, la base mínima de cotización se determinará por los días laborados en el mes de la siguiente manera:
1. Para el sistema de pensiones y subsidio familiar, será (¼) parte del salario mínimo mensual vigente ($290.000 por el 2023), el cual se denominará “cotización mínima semanal” y se cotizará de acuerdo con la siguiente tabla:
Días laborados en el mes
Monto de la cotización
Entre 1 y 7 días
1 cotización mínima semanal
Entre 8 y 14 días
2 cotizaciones mínimas semanales
Entre 15 y 21 días
3 cotizaciones mínimas semanales
Más de 21 días
4 cotizaciones mínimas semanales
2. Para riesgos laborales, el IBC será en todos los casos de 1 smmlv ($1.160.000 por el 2023).
Para calcular las semanas en el sistema de pensiones, las administradoras considerarán un rango de tiempo entre 1 día y 7 días de trabajo como una semana. Por ejemplo, si el empleador cuenta 4 días de trabajo, se reconocerá una semana; si son 8 días, se reconocerán 2 semanas, y así sucesivamente (artículo 2.2.1.6.4.9 ibidem).
La Dra. Angie Vargas, experta consultora en derecho laboral, te presenta en este video las reglas para determinar el IBC de los trabajadores a tiempo parcial:
Afiliación
La afiliación del trabajador a tiempo parcial a los subsistemas de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar será responsabilidad del empleador y se efectuará según las normas generales que rigen los diferentes sistemas.Para la afiliación al sistema general de pensiones: el trabajador elegirá una única administradora de pensiones.
Para riesgos laborales y subsidio familiar: el empleador será responsable de seleccionar la ARL y la caja de compensación familiar (artículo 2.2.1.6.4.4 del Decreto 1072 de 2015).
Porcentajes de aportes a seguridad social
El monto de la cotización que corresponderá al empleador y al trabajador se determinará aplicando los porcentajes establecidos en las normas generales que regulan los sistemas de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar (artículo 2.2.1.6.4.7 del Decreto 1072 de 2015).
Aportes a seguridad social bajo el esquema de cotización por semanas
Concepto
Aporte del empleador
Aporte del trabajador
Salud
No aplica
No aplica.
Pensión
12 %
4 %
Riesgos laborales
Según nivel de riesgo
–
Subsidio familiar
4 %
–
La Dra. Angie Vargas explica cuáles son los porcentajes de los aportes a la seguridad social de los trabajadores a tiempo parcial:
Multiplicidad de empleadores
Cuando un trabajador a tiempo parcial mantenga múltiples contratos de trabajo simultáneamente, es decir, preste sus servicios a diversos empleadores, cada empleador deberá efectuar de manera independiente las cotizaciones correspondientes a los sistemas de pensión, riesgos laborales y subsidio familiar (artículo 12 del Decreto 2616 de 2013). Esto aplica incluso si la suma mensual de los ingresos provenientes de esos empleos alcanza o supera el valor de 1 smmlv.
En el siguiente video, aprende cómo se efectúan las cotizaciones a la seguridad social de los trabajadores por días vinculados con múltiples empleadores:
Pila a utilizar
Los empleadores de los trabajadores por días, horas o semanas deben realizar el pago de los aportes a los sistemas de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar a través de la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila– reglamentada mediante el artículo 3.2.3.1 y siguientes del Decreto 780 de 2016.
La Pila a utilizar para este tipo de trabajadores a tiempo parcial es la planilla tipo “E”, tipo de cotizante 51. La planilla E (planilla de empleados) es el tipo que pueden utilizar los empleadores para efectuar los aportes de sus empleados y se debe usar el cotizante 51 que permite efectuar las cotizaciones de los trabajadores a tiempo parcial afiliados al régimen subsidiado en salud.
Requisitos para vincularse al esquema de cotización por semanas.
Para que el empleador pueda cotizar a la seguridad social a través del esquema de cotización por semanas por períodos inferiores a un (1) mes, debe considerar los siguientes requisitos: El trabajador a tiempo parcial debe estar vinculado mediante un contrato de trabajo (no aplica para contratos de prestación de servicios).
El trabajador debe estar afiliado al régimen subsidiado en salud o debe encontrarse afiliado como beneficiario en el régimen contributivo.
Que el contrato obligue a laborar por un período inferior a un (1) mes.
Que el valor de la remuneración durante el mes sea inferior a un (1) smmlv.
Caso práctico
Consideremos el caso de un jardinero que presta sus servicios en una casa de familia, tiene un contrato de trabajo y labora 3 días a la semana durante el mes por un salario de $200.000 por semana. Su empleador decide afiliarlo a la seguridad social acogiéndose al esquema de cotización por semanas.
En primer lugar, debido a que este es un trabajador con contrato a tiempo parcial con salario mensual inferior a un (1) smmlv, el empleador no deberá realizar el aporte al sistema de salud, sino verificar que el jardinero se encuentre afiliado en el régimen subsidiado o se encuentre como beneficiario en el régimen contributivo en salud.
Ahora, para determinar el IBC para pensiones y subsidio familiar, debemos determinar cuántos días efectivos trabaja durante el mes:
3 días semanales × 4,33 semanas del mes = 13 días laborados al mes
Entonces, como el trabajador doméstico labora 13 días al mes, el monto de la base de cotización, de acuerdo con la tabla que señala el rango entre 8 y 14 días, es el equivalente a dos (2) cotizaciones mínimas semanales, así:
Finalmente, para el aporte a riesgos laborales no se aplica el esquema de cotización por semanas, sino que se tiene en cuenta, en todos los casos, el valor de un (1) smmlv, así:
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