viernes, octubre 22, 2021

Auditoría para el manejo de precios de transferencia

 El principio de plena competencia se entiende como aquel en el cual las operaciones entre vinculados cumplen con las condiciones que se hubiesen observado en operaciones comparables con o entre partes independientes. En este sentido, la auditoría de la información financiera cobra relevancia para establecer la exactitud de la información a reportar ante la DIAN.

¿Qué documentos son importantes para la auditoría cuando se trata de precios de transferencia?

La Documentación Comprobatoria, como parte principal de las obligaciones de Precios de Transferencia en Colombia, se compone de:
Informe Local
Informe Maestro
Informe País por País

Estos documentos tienen información financiera de una compañía local y del grupo multinacional, en el caso de pertenecer a uno, que permite dar certeza a la autoridad tributaria sobre el cumplimiento del principio de plena competencia.
El Informe Local:

Es el componente principal de la documentación comprobatoria; debe contener los estudios, documentos y demás soportes en idioma Castellano con los cuales el contribuyente del impuesto sobre la renta demuestre que sus ingresos, costos, deducciones, activos y pasivos devengados en el respectivo año gravable (relativos a las operaciones celebradas con sus vinculados económicos) fueron determinados considerando el Principio de Plena Competencia.

Esta información deberá tener el nivel de detalle requerido para demostrar la correcta aplicación de los criterios de comparabilidad de que trata el Artículo 260-4 del Estatuto Tributario (“E.T.”), por lo que la base de esta información suelen ser los estados financieros debidamente auditados y dictaminados por el revisor fiscal, con lo que se presume que la información financiera ha surtido un proceso de auditoría previamente, y por lo tanto, no deberían existir variaciones que den lugar a sanciones en materia de precios de transferencia.

En este sentido, el informe local debe contener:
Un Resumen Ejecutivo que describa el alcance y objetivo del estudio, el contenido del mismo y las conclusiones a las que se llegó.
Un Análisis Funcional que identifique las actividades u operaciones con incidencia económica, las funciones realizadas, los activos utilizados y los riesgos asumidos por las partes intervinientes en dichas operaciones, con el fin de evaluar las condiciones de plena competencia de las operaciones realizadas por el contribuyente y que por ello resulten conducentes a los fines de Precios de Transferencia.
También debe contener un Análisis del Mercado , que sea relevante para evaluar las condiciones de plena competencia de las operaciones realizadas.
Debe contener un Análisis Económico con una descripción detallada de cada uno de los tipos de operación objeto de estudio llevados a cabo en el periodo gravable, indicando para cada parte vinculante la información y el detalle para determinar el método utilizado y el más apropiado.
Finalmente, deberán estar en el informe local los documentos que soporten los análisis, dentro de los cuales los estados financieros auditados juegan un papel fundamental para el correcto cumplimiento de las obligaciones en materia de precios de transferencia.

Un buen proceso de auditoría garantiza la defensa del informe local ante fiscalizaciones, por ejemplo, cuando sea necesaria la segmentación de los estados financieros por tipo de operación para los efectos de comparabilidad entre las operaciones vinculadas y no vinculadas.

La auditoria también aporta a la correcta aplicación del método para evaluar tales operaciones, pues la información financiera y contable que se utilice deberá ser preparada de conformidad con los marcos técnicos normativos contables y deberá ser dictaminada y/o certificada por Revisor Fiscal. Así mismo, cuando la parte analizada sea la del exterior, para efectos del cumplimiento de este requisito, dicha certificación podrá ser suscrita por el equivalente a un auditor externo.
¿Quiénes están obligados a cumplir con el régimen de precios de transferencia?

Están obligados a cumplir con el régimen de Precios de Transferencia aquellos contribuyentes de renta que tengan vinculados en el exterior o en la Zona Franca colombiana, o que realice operaciones con personas o entidades ubicadas, residentes o domiciliadas en jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición o regímenes tributarios preferenciales, que además superen determinados topes en la declaración de renta del año gravable correspondiente, así como topes en el monto de las operaciones con vinculados.

Es importante que las compañías que no se encuentran obligadas a tener Revisor Fiscal, pero están obligadas a cumplir con el régimen de precios de transferencia, acudan a alternativas de auditoría interna o externa para garantizar la fidelidad de la información financiera que servirá de base para el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

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