Información de la Ocde contrastada con cifras del BID evidenció que en países como Sudáfrica, donde las penas por evasión son más altas, existe un recaudo tributario mayor
Tras la llegada del covid, las economías del mundo debieron adaptarse a los cambios que generó la ralentización, por lo cual, varios de ellos resolvieron aumentar el recaudo para balancear las cuentas en rojo que dejó la pandemia.Sin embargo, el aumento del recaudo no es la única herramienta disponible, y el informe de los diez principios globales en la lucha contra los delitos fiscales de la Ocde, demuestra que las medidas contra la evasión fiscal son clave en el aumento del recaudo.
En línea con esto, y tras realizar un análisis con la información de la Ocde que muestra las sanciones que tiene cada país contra la evasión de impuestos, en contraste con el recaudo impositivo como porcentaje del PIB, que muestra el BID, se puede inferir que hay una relación directamente proporcional entre el endurecimiento de las penas que sancionan el delito y la cantidad de impuestos que recaudan, como porcentaje del PIB.
Precisamente ahí, se puede observar que países como Sudáfrica y Grecia estipulan sanciones de 20 y 25 años, respectivamente contra los responsables por omitir activos o reportar pasivos inexistentes, y el recaudo tributario que reportan, según las cifras del BID, es de 26,7% y 26,2%, para cada país.
En la lista de análisis, le sigue Austria, que contempla penas de hasta 10 años de cárcel y recauda en tributos cerca de 25% de su PIB. Por ello, y basado en las cifras, es evidente que las penas carcelarias contra el delito de evasión fiscal constituyen una solución viable para reducir el fraude.
Al otro lado de la cancha están los países que contemplan menores periodos carcelarios, ahí está Brasil, con cinco años de prisión y un recaudo de 13% del PIB, o El Salvador, que obliga a los defraudadores a pasar siete años de cárcel, pero solo recauda 18% de su PIB.
Dentro de este grupo se encuentra Colombia, que cuenta con penas de cuatro a nueve años de cárcel por delitos contra la administración pública, y recauda cerca de 15% del PIB.
Pese a que en Colombia, la Ley penal actual contempla algunas normas que buscan la reclusión de los evasores de impuestos, lo cierto es que esta medida no es tan efectiva, pues según Gustavo Cote, exdirector de la Dian, las medidas carcelarias no buscan encerrar a defraudadores, sino desestimular la evasión, por ello estos delitos no pueden mirarse desde esa perspectiva, pues muchas veces con cancelar el monto evadido y una sanción, el responsable puede librarse de la reclusión intramural o domiciliaria.
“No existe un delito específico por evasión de impuestos, aunque sí existe en el código penal, a partir de las últimas reformas tributarias de 2018 y 2019, una normativa que incluye delitos relacionados con conductas evasoras de impuestos, como lo es el artículo 434a, el 434b y el 402, que contemplan unos topes máximos para evasión y conforme a ello determina el tiempo de cárcel o la sanción monetaria adecuada”, comentó.
Respecto a las sanciones que contempla el estado colombiano, Camilo Paniagua, socio de Paniagua & Tovar abogados, dijo que el porcentaje de personas que entra a los establecimientos carcelarios es mínimo, argumentando que muchas veces la lentitud de la justicia y la posibilidad de evadir la pena ayudan a evitar la reclusión.
Y aunque esas son las normas que rigen actualmente, hay que recordar que de cara a una nueva reforma tributaria, las reglas del juego pueden cambiar. Frente a esto, Luis Carlos Reyes, director y fundador del observatorio fiscal de la Universidad Javeriana, aseguró que este documento no contempla sanciones penales, y por el contrario terminaría beneficiando a los evasores, con una mejor tasa para la normalización tributaria
“La reforma beneficia a quienes tienen la capacidad de evadir impuestos en el extranjero o en los llamados paraísos fiscales, pues permite legalizar los capitales evadidos, pagando solo 17% o incluso menos, frente a una tarifa de 31% que habrían tenido que pagar si hubieran declarado honestamente los valores”, agregó.
Según cifras de la Dian, en el país, los impuestos de renta e IVA, en conjunto, presentan una evasión de 4% del PIB, lo que representa poco menos de una tercera parte de ingresos tributarios del Gobierno Nacional.
Respecto a las cifras globales, la Alianza Mundial para la Justicia Fiscal reportó que al menos US$427.000 millones se pierden anualmente en diferentes estrategias de evasión utilizadas en el mundo, lo que quiere decir que el equivalente al salario de una enfermera se pierde cada segundo en paraísos fiscales.
Se estima, también, que de esta cifra reportada, al menos US$245.000 millones se pierden directamente debido al fraude fiscal corporativo por parte de las multinacionales y US$182.000 millones corresponden a la evasión fiscal privada. Además, las cinco jurisdicciones más responsables a nivel mundial por evasión son el territorio británico de Caimán, responsable por 16,5% de pérdidas a nivel mundial, es decir US$70.000 millones, seguido por el Reino Unido con 10%, es decir, US$42.000 millones, Países Bajos con 8,5%, traducido a más de US$36.000 millones y Luxemburgo responsable de 6,5%, más de US$27.000 millones.
En el caso estadounidense, la legislación contempla que quienes incurran en ese delito, recibirán multas de hasta US$100.000 y prisión de hasta cinco años, de hecho, una empresa puede recibir una multa de hasta US$500.000 por evasión impositiva.
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