viernes, junio 04, 2021

Liquidador para calcular la renta líquida gravable por comparación patrimonial

 


Si el patrimonio líquido que registrará una persona natural o sucesión ilíquida en su declaración de renta es superior al patrimonio líquido del período gravable anterior, se generará un incremento patrimonial que podría considerarse renta líquida gravable. Realiza estos cálculos en este liquidador.

La renta líquida por comparación patrimonial es un procedimiento que deben aplicar los contribuyentes del régimen ordinario (no aplica para contribuyentes del régimen simple) en el momento de elaborar su declaración de renta y que consiste en determinar si la variación que su patrimonio líquido ha presentado de un período a otro se encuentra justificada por los ingresos que se obtuvieron durante el período o, por el contrario, dicha diferencia debe incluirse como renta gravable en la declaración de renta del período.

Los artículos 236 a 239-1 del Estatuto Tributario –ET– señalan, en términos generales, que existe renta líquida por comparación patrimonial cuando el resultado de tomar la renta del año gravable y sumarle las rentas exentas y la ganancia ocasional neta, y disminuirle el valor del impuesto de renta pagado durante el año gravable, es inferior a la diferencia entre el patrimonio líquido del último período gravable y el del año inmediatamente inferior (para realizar la comparación del patrimonio líquido se deben efectuar los ajustes por valorizaciones y desvalorizaciones).

Si la renta líquida por comparación patrimonial determinada conforme a lo explicado en el párrafo anterior no se puede justificar, se debe incluir como una renta gravable en el renglón 96 (“Rentas gravables”) del formulario 210 v. 2020 o en el renglón 78 (“Rentas gravables”) del formulario 110 v. 2020.

En el siguiente liquidador podrás realizar simulaciones con la información de tu declaración de renta para determinar si existe renta por comparación patrimonial.

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