miércoles, febrero 14, 2024

Ingreso fiscal de la recuperación de las cantidades concedidas en períodos gravables anteriores

 


Te contamos qué sucede con esas cantidades concedidas por la Dian en cuanto a deducciones recuperables con el tiempo.

La renta líquida por recuperación de deducciones constituye un ingreso fiscal.

Consideremos por un momento lo que indica el artículo 178 del Estatuto Tributario, el cual especifica: “La renta líquida es renta gravable y a ella se aplican las tarifas respectivas…”. Es decir, toda renta líquida va a generar una renta a gravar, es allí donde es importante establecer qué determina la renta líquida y conocer sobre qué se va a pagar el impuesto.

Para la determinación de la renta líquida se debe considerar:


Ingresos brutos.

(-) Devoluciones, rebajas y descuentos.

= Ingresos netos.

(-) Costos y deducciones.

+ Renta por recuperación de deducciones.

= Renta líquida del ejercicio.


Por lo anterior, existen unas rentas extraordinarias por deducciones recuperables, de las cuales se habla en la primera parte del artículo 195 del ET, la cual indica que eventualmente las deducciones concedidas a un contribuyente en años gravables anteriores pueden llegar a ser recuperables y, por tanto, constituirse en renta líquida.


Igualmente, el Estatuto Tributario, en su artículo 195, especifica que las deducciones recuperables son un ingreso que el contribuyente obtiene por conceptos que en períodos anteriores fueron tratados como deducción en el impuesto de renta. Es decir, el contribuyente incurre en ciertos gastos o pérdidas deducibles en un determinado período, pero las recupera en un período posterior, lo que da lugar al reconocimiento fiscal de esa recuperación y al pago de los impuestos que correspondan por dicho ingreso.

A esta recuperación no se le permite la imputación de costos ni gastos, como bien lo indica la Dian en el Oficio 10329 de 2019:

“(…) renta líquida por recuperación de deducciones constituye un ingreso en tanto que corresponde a un flujo de entrada de recursos que repercute positivamente en el patrimonio solo que, por regulación especial del impuesto sobre la renta, no le son imputables costos o deducciones; esta renta se encuentra condicionada por la enajenación de bienes determinados con valor comercial y sobre los que previamente se ha hecho uso de las deducciones por depreciación o amortización”.


De acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del artículo 195 del ET, se pueden identificar los conceptos que pueden constituir ingreso fiscal por los montos recuperados mediante las deducciones solicitadas en períodos gravables anteriores:

a. Depreciación

Cuando se enajena un activo fijo sobre el cual se había contabilizado depreciación en ejercicios fiscales previos, la recuperación de las deducciones se calcula como la diferencia entre el precio de venta y el valor fiscal del activo (artículo 90 del ET, modificado por el artículo 61 de la Ley 2010 de 2019).

Se calcula tomando el costo histórico del activo (+) los ajustes (incremento UVT) (-) el importe acumulado por concepto de depreciación.

b. Pérdida de activos fijos.

Cuando se recupera parte o la totalidad de las deducciones previamente aplicadas sobre un activo fijo que ha sufrido una pérdida (debido a eventos como daños irreparables, robo o desastres naturales) (artículo 148 del ET).

Se calcula con la indemnización (-) el valor en libros al momento de la pérdida.

c. Amortización de inversiones.

Cuando se realiza una inversión y se obtienen beneficios fiscales al aplicar deducciones por amortización a lo largo del tiempo, la recuperación se produce cuando se dispone de esa inversión, ya sea mediante venta, retiro u otra forma de disposición (artículo 144 del ET y artículos 84 a 86 de la Ley 1819 de 2016).

Se calcula con el ingreso por venta (-) las deducciones por amortización aplicadas.

d. Deudas de dudoso o difícil cobro.

Cuando una deuda de cartera vencida que se dedujo por provisión es recaudada parcial o totalmente (artículo 87 de la Ley 1819 de 2016).

La proporción recaudada debe asumirse como ingreso extraordinario. 

e. Deudas perdidas o sin valor.

Cuando una deuda es irrecuperable, la entidad realiza una provisión que es deducible; cuando es recuperada se asume un ingreso extraordinario (artículo 146 del ET).

La proporción recaudada debe asumirse como ingreso extraordinario. 

f. Pensiones de jubilación o invalidez.

Se refiere a aquellas pagadas por el empleador y que posteriormente son reembolsadas por compañías de seguros o ISS.

Cuando la cuota anual de estas sea negativa, se habla de renta líquida.

g. Cualquier otro concepto hasta la concurrencia del monto de la recuperación.

Todo concepto que haya podido deducirse por ley constituye renta líquida por recuperación de deducción.

La cantidad total deducida y recaudada posteriormente corresponderá a renta líquida.

“fiscalmente la recuperación de deducciones se trata como una renta líquida gravable, pero a nivel contable no es más que un ingreso extraordinario”

Se debe tener en cuenta, respecto a esta partida conciliatoria, que fiscalmente la recuperación de deducciones se trata como una renta líquida gravable, pero a nivel contable no es más que un ingreso extraordinario, en el sentido de que cuando se hace una provisión o se castiga, por ejemplo, una cuenta del activo, si tales recursos se recuperan en períodos posteriores, no se puede hacer una reversión del asiento contable realizado en un inicio. Por lo tanto, se deberá registrar un ingreso extraordinario, dado que el período en el que se registró la deducción ya fue cerrado y no se puede abrir para efectuar la reversión.

Te explicamos con el siguiente ejemplo:

 

Débito

Crédito

1105 – Caja

1000

 

1390 – Deudas de difícil cobro

900

 

1390 – Deudas de difícil cobro

 

900

1399 – Provisiones

 

250

4250 – Recuperaciones

 

750

En el ejemplo anterior se ilustra el tratamiento contable al momento de una recuperación por deducciones en el caso de provisiones.

Barreras que le están poniendo freno al avance de la factura electrónica en Colombia

 




Más de 1,1 millones de empresas están habilitadas para expedir factura.

Incumplimiento llega a 42 % en municipios más críticos. Indicador está entre 4 y 10 % en ciudades.

Apesar de que año a año se ha ido masificando la factura electrónica en los diferentes comercios del país, muchos de ellos la siguen expidiendo de manera incorrecta, lo que les expone a multas e incluso al cierre por unos días de su establecimiento por parte de la Dian debido a que están incumpliendo con esta obligación tributaria.

En total, la entidad que lidera Luis Carlos Reyes calcula que ya hay habilitados más de 1,1 millones de facturadores electrónicos que han expedido más de 2.100 millones de documentos, un 20 por ciento más que hace un año. Este proceso de implementación empezó en 2019 de una manera gradual y hoy en día ya es obligatorio para todas las empresas.

Sin embargo, la Dian identificó en sus visitas de control que en algunos municipios hay tasas de incumplimiento que fluctúan entre el 4 y el 42 por ciento, en función de cada caso. Este porcentaje oscila entre el 4 y el 10 por ciento en las ciudades de mayor tamaño y población.

Pese a ello, como la entidad está todavía en una etapa orientativa y de persuasión, el año pasado solo expidió cargos de incumplimiento en los casos de mayor relevancia. En total, puso 2.721 pliegos por no facturar o hacerlo sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa y cerró 355 establecimientos. Algunos de los casos más sonados fueron el cierre del local de Almacenes Éxito del centro comercial Unicentro o el del Jumbo del centro comercial Santafé, ambos en Bogotá.


La Dian cierra 39 establecimientos comerciales en Bogotá por no expedir factura electrónica.

En la capital se cerraron un total de 83 comercios. Entre ellos, 13 en el San Andresito San José, 12 en el San Andresito de la 38 y ocho en el sector de San Victorino. Igualmente, fueron sellados cuatro locales en Unilago y otros cuatro en el sector comercial de Fontibón. En zonas como Galerías, Hayuelos, Portal 80, Titán o Santafé también hubo cierres.

En Medellín hubo otros 61 establecimientos cerrados de actividades relacionadas con el comercio de prendas de vestir, en el sector de El Hueco. En Barranquilla cerraron 18 establecimientos; en Cali, 11; y en Cartagena, otros dos.

Es importante resaltar que las sanciones económicas impuestas pueden equivaler hasta el 1 por ciento del valor de las operaciones facturadas, sin que ello exceda las 950 Unidades de Valor Tributario (UVT), que para este año equivalen a unos 44 millones. Igualmente, se exponen a cierres de

¿En qué están fallando?

Con el objetivo de que los establecimientos cumplan con la expedición de la factura, la Dian realizó 46.660 visitas entre febrero y noviembre del 2023. La entidad estuvo detrás de los bares y restaurantes, así como de los servicios de alojamiento, de los comercios al por mayor, las farmacias, los centros comerciales, las ferreterías y los consultorios médicos, entre otros.

A nivel general, la entidad encontró que los establecimientos están haciendo mal las cosas. Las tasas de incumplimiento para los obligados a facturar llegaron en los peores casos hasta el 42 por ciento. Estos no la emiten o lo hacen sin todos los requisitos.

Los incumplimientos más repetidos son: no expedir la factura, poner barreras a los consumidores para su entrega solicitando datos personales o preguntando si la requieren. Igualmente, solicitan información adicional tal como si la persona es agente retenedor o responsable de IVA. Esto, dice la Dian, cuando del total de consumidores que adquieren bienes y servicios solamente 5,5 millones de personas naturales declaran renta.
¿Entonces cuáles son los datos que le pueden pedir?

Según la entidad, los únicos requisitos que pueden solicitarle a la hora de expedir la factura son: el nombre completo y/o razón social, el número de identificación y el correo electrónico en el caso de que el cliente desee que se le notifique por esa vía. Este último es opcional. “Para expedir la factura no se debe exigir la exhibición o entrega de documento alguno”, sostiene la entidad.

Al contrario, no es necesario proporcionar al comercio información como el teléfono, la dirección, el Registro Único Tributario (RUT). Ni tampoco inscribirse previamente en ninguna plataforma para que le den su factura.

Para poder cumplir, las empresas tienen que tener el software adecuado. Estas pueden hacer uso del servicio gratuito de la Dian o contratar los servicios de proveedores tecnológicos. En total, hay habilitados 100 entre los que destacan algunos como Carvajal, Tecnología y Servicios, Facture, Grupo Cadena, Paperless (Sovos), Delcop Colombia, Dispapeles, Computec Outsourcing, Certicámara, Transfiriendo y The Factory HKA Colombia.


Desde el 2019, la DIAN recibe alrededor de 5 millones de facturas diariamente y tienen unos tiempos de respuesta de menos de un segundo para las validaciones de cada factura.

“La transición hacia la facturación electrónica no debe ser vista como una carga, sino como una oportunidad para fortalecer la eficiencia y la transparencia fiscal”, dice Mónica Andrade, gerente de producto de la firma Sovos, una de las que genera soluciones tributarias.

En el desarrollo de estas visitas de control a la facturación, la Dian asegura que han sido atendidos contribuyentes en todo el territorio nacional para buscar el pago de una cartera morosa de alrededor de 5,7 billones de pesos.

¿Qué hacer hacia el futuro?

Uno de los elementos que permite medir la formalización es expedir factura electrónica y, por ello, todos aquellos que lo hacen se consideran sujetos que operan en la economía formal. El problema es que algunos son reticentes para dar este salto. La Dian calcula que debería haber 1,3 millones de empresas obligadas a facturar, es decir, que todavía tienen que ponerse al día unas 207.000.

Para Horacio Ayala, exdirector de la Dian, todos los sistemas que tiendan a controlar a los contribuyentes tienen algún tipo de resistencia de manera que lo que tiene que hacer el Gobierno es facilitar los trámites y determinar controles en todo momento. “Hay que establecer algún tipo de disciplina y tratar de estimular a los contribuyentes que tienen la calidad de vendedores y de emisores de factura para que cumplan puesto que esta situación influye en el recaudo”, dijo.


El sorteo de la Dian ‘la Factura Electrónica me premia’ dejó a miles de colombianos ganadores.

En el último año, la Dian hizo varias iniciativas para promover la factura electrónica. Una de ellas fue un sorteo para premiar a los contribuyentes que sí la estaban exigiendo. En total, sortearon 2.710 bonos de 100.000 pesos, 80 bonos de un millón de pesos y 10 bonos de 10 millones de pesos.

Igualmente, para las personas naturales que piden en los establecimientos la factura por sus compras hay beneficios a la hora de declarar la renta. Esto por cuenta de que en la última reforma tributaria se estipuló que podrán solicitar como deducción en el impuesto sobre la renta el 1 por ciento del valor de las adquisiciones.

martes, febrero 13, 2024

Día de la familia en Colombia: estos son los dos días 'libres' que por ley deben darle

 


Estos días son determinados por el empleador.


Las dos jornadas deben ser respetadas sin que se afecte su salario mensual.


Compartir en familia es una necesidad para muchas personas alrededor del mundo y, además, es prácticamente un derecho en Colombia.


En medio del afán de la cotidianidad, muchas veces no queda tiempo para compartir con quienes más amamos; es por ello que la Ley 1857 de 2017 contempla que los empleadores tienen la obligación de disponer una jornada laboral cada semestre para que los trabajadores compartan con sus familias.


"Los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuenten los empleados. Si el empleador no logra gestionar esta jornada, deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso, esto sin perjuicio de acordar el horario laboral complementario", señala la Ley previamente mencionada.


Las jornadas deben ser respetadas y proporcionadas por el empleador.

Sin importar el tiempo que el empleado haya trabajado podrá acceder a este beneficio. En dado caso que la empresa o el jefe a cargo incumplan con esto o se lo nieguen, pueden ser multados por el Ministerio de Trabajo.

Ahora bien, tenga en cuenta que esta obligación se puede cumplir de tres maneras.
Día de la familia: tres formas para celebrarlo

Aunque en un principio se podría asumir que el día de la familia es un día libre destinado a compartir con sus seres queridos, este derecho puede ser cumplido por la empresa de tres formas distintas.

En un primer momento, el empleador podrá disponer de un espacio libre o suministrado por él mismo.


Este día es obligatorio.

En un segundo momento, el empleador podrá gestionar para que ese día sea celebrado con la caja de compensación familiar a la cual el empleado está vinculado.

Finalmente, si esto no ocurre, el trabajador tendrá una jornada libre remunerada. Aquí o en cualquier otro caso, el empleador no puede solicitar pruebas sobre lo que hizo ese día.

¿Cómo puede solicitar el día de la familia?

Este derecho puede solicitarse una vez cada seis meses. Ahora bien, dependiendo de la empresa, podrá acordarlo directamente con su líder o jefe, o, en su defecto, será establecido por recursos humanos.

Por otro lado, según Portafolio, el jefe no está obligado a designar una nueva fecha de día libre familiar para empleados ausentes (con incapacidades, en vacaciones o licencias).

Se ve recuperación en gasto de los hogares, dice Raddar

 Advierte que en diciembre de 2023 la variación fue -0,10%, completando 14 meses seguidos de caída.




Gasto de hogares

En lo relacionado con el gasto de los hogares, el 2023 termina con un decrecimiento leve en diciembre de -0,10, como señal de que va camino al terreno positivo.


Así lo muestra el último estudio de la firma Raddar, quien dice que el año pasado estuvo marcado por unas elevadas tasas de interés y una importante participación del servicio de la deuda en el bolsillo de las personas, lo cual hizo que recurrieran a lo salarios y rentas como principal fuente de gasto durante 2023 y disminuyeran el uso del crédito.

Destaca que el fuerte incremento del salario mínimo para el año, así como el buen desempeño del mercado laboral influyeron en el comportamiento de ambas variables.

Según el informe Gastronomía de Raddar, el gasto de los hogares en Colombia en diciembre de 2023 ascendió a $112,1 billones, totalizando $1.026 billones en todo el año. Esta cifra representó un aumento anual corriente del 9,04%y real del -2,36%.

Los hogares experimentaron una inflación mensual de l0,46% y del 9,28% en comparación el año anterior, lo que pudo provocar un crecimiento del 27,07% en términos reales con respecto al mes anterior y del -0,10% en comparación con el mismo mes del año pasado, debido a que no se vivía una inflación de un dígito desde junio de 2022. Esto implicó, que el gasto por persona cayera en 2023 3,5% frente a 2022.


Inflación


Buena parte de esta caída en el gasto se explica por la inflación, las altas tasas de interés y la caída en la demanda de créditos, que en 2023 cayeron 16,09% frente a 2022, por la caída de la colocación en créditos de consumo (-33,45%) e hipotecario (-26,82%). Por su parte, la colocación con tarjeta de crédito creció sólo 3,56%.

Y si bien en el último mes del año se completaron 14 meses de caídas en el gasto de los hogares, la tendencia es favorable con señales a entrar en terreno positivo en la medida que avance la reducción progresiva de la inflación que en diciembre llegó a 9,28%.

Particularmente destaca el hecho de que la canasta de alimentos para el hogar registrará un IC de 3,68% frente a una variación de 27,47% que se registró a comienzos del año pasado.

Otros hallazgos

Raddar dijo que en contraste “categorías como servicios públicos domiciliarios, arrendamientos y combustibles pudieron llegar a ralentizar la recuperación del gasto” durante el año pasado.

Además, en diciembre de 2023, los hogares destinaron más dinero a la canasta de comidas por fuera del hogar. Esto, por aumento en la inflación anual que alcanzó el 13,40%.

Este incremento se atribuye al retorno del impoconsumo y a la transferencia progresiva de los costos asociados a los precios de los alimentos, así como a arrendamientos y servicios públicos. Estos dos últimos factores no solo afectaron a los comerciantes, sino también a los hogares por igual, especialmente en la canasta de vivienda, que ocupó el segundo lugar en términos de asignación de dinero.

Ciberdelincuencia: luego de más de 10 años de expedida la ley para frenarla, ¿esta ha sido efectiva?

 Ciberdelincuencia: luego de más de 10 años de expedida la ley para frenarla, ¿esta ha sido efectiva?



Aquí hablaremos sobre...Estudiar las motivaciones de los ciberdelincuentes
Aumentar las penas no es sinónimo de disminuir la ciberdelincuencia
Estrategias para aumentar las capturas por delitos informáticos

La ciberdelincuencia se ha acentuado con el paso del tiempo, más en los dos últimos años con la aceleración de la digitalización.

Para la Asobancaria, aumentar las penas para los ciberdelincuentes no se puede considerar una estrategia efectiva para disminuir los ciberdelitos.

La ciberdelincuencia afecta a todas las personas que utilizan medios informáticos. Su incidencia no depende del nivel educativo, edad u otro factor diferenciador. El actuar desde el anonimato que ofrece la virtualidad y la facilidad con la cual las personas comparten sus datos privados en entornos virtuales ha hecho que este delito se dispare en los últimos años.

La Ley 1273 de 2009 de delitos informáticos tiene un largo camino por delante para construir su relevancia si se compara con un delito ya consolidado como lo es el hurto calificado; así lo evidencian los resultados estimados para 2019, año de prepandemia.

“Esta es una pregunta que para el sistema financiero constituye un factor fundamental en el cuidado del dinero de sus clientes”

En el semanario Banca & Economía de la Asobancaria, titulado Ciberdelincuencia en Colombia: ¿Qué tan eficiente ha sido la Ley de Delitos Informáticos?, se indica que el cibercrimen se ha venido acentuando con el paso del tiempo, más en los dos últimos años con la aceleración de la digitalización. Por esto surge la duda sobre si a más de 10 años de la expedición de esta ley ha sido efectiva y si aún es vigente.Esta es una pregunta que para el sistema financiero constituye un factor fundamental en el cuidado del dinero de sus clientes. Aprender de qué manera podemos hacer más eficiente la política pública para mejorar la seguridad y la confianza de los canales de atención financiera es vital para avanzar hacia una digitalización más amplia del sector.

Teniendo en cuenta la información que manejan los usuarios del sistema financiero, es claro que ellos son un objetivo frecuente de la ciberdelincuencia que busca acceder a datos sensibles para cometer fraude.

Estudiar las motivaciones de los ciberdelincuentes

Al respecto, la Asobancaria afirma lo siguiente:

La diferencia entre el indicador de captura de delitos informáticos y el de hurto calificado nos muestra que frente a delitos similares hay una oportunidad de mejora en la eficiencia de los delitos informáticos.

Además, enfocar esfuerzos para estudiar las motivaciones de los ciberdelincuentes es una tarea fundamental para plantear mejores estrategias desde la política pública para disminuir los ciberdelitos:

Por esto, cuando se estudia la motivación económica de los ciberdelincuentes se puede saber a ciencia cierta qué variables influyen mayormente en su accionar y en qué enfocar esfuerzos desde la política pública.



Aumentar las penas no es sinónimo de disminuir la ciberdelincuencia

Un resultado importante del análisis hecho por la Asobancaria es que aumentar las penas linealmente para los ciberdelincuentes no se puede considerar una estrategia efectiva para disminuir los ciberdelitos y ocasionar que las ganancias promedio de los ciberdelincuentes sean por lo menos cero.

Sin embargo, cuando se enfocan los esfuerzos en variables como la tasa de éxito de obtener información de los clientes y, transversalmente, la probabilidad de ser capturado por delitos informáticos, se pueden lograr resultados muy interesantes a la hora de disminuir el incentivo de beneficios económicos de los ciberdelincuentes.

Para bajar la tasa de éxito de obtener información de los clientes la concientización a través de la pedagogía es fundamental. Esta se logra a través de mensajes de prevención en los momentos clave en que los clientes ofrecen su información, como cuando realizan compras por internet en páginas ilegales o cuando reciben mensajes sospechosos.

De igual forma, mayores herramientas contra la ciberdelincuencia como las impulsadas por el gremio bancario para bloquear preventivamente los enlaces maliciosos pueden ayudar a bajar la efectividad de los criminales.

Estrategias para aumentar las capturas por delitos informáticos

En cuanto a las medidas para aumentar la probabilidad de captura por delitos informáticos, es importante enfocar esfuerzos en la capacitación de la Policía, la Fiscalía y los jueces.

También se deben mejorar los canales de comunicación de estas entidades con los bancos, de tal forma que se tenga acceso oportuno a las evidencias digitales y, por último, debe existir una mayor coordinación entre entidades del Gobierno como Colcert, CSIRT Gobierno, la Policía y la Fiscalía en materia investigativa.