lunes, septiembre 09, 2024

Reconocimiento activo financiero – CINIIF 12 y NIIF 9. Concepto CTCP 203 de 2022

 



CONSULTA (TEXTUAL)

“(…) Según CINIIF 12, Contraprestación dada por la concedente al operador, párrafo 15 (activo financiero – activo intangible), una compañía está llevando el modelo del activo financiero según las condiciones del contrato, además el Decreto 1625 de 2016, Art. 1.2.1.25.6 INGRESOS ASOCIADOS A LA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN. <Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 2235 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:>

Los ingresos devengados por el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementario asociados a la etapa de construcción, corresponden al monto total de los costos y gastos, reconocidos como activo intangible para efectos fiscales en que hayan incurrido los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario.

De acuerdo con lo anterior, solicito el favor aclara si para reconocer el activo financiero de acuerdo a la CINIIF 12 se debe tener en cuenta los costos y gastos o simplemente los costos; toda vez que “La definición de costo es el valor de los recursos entregados (o que se deben entregar) a un tercero en contraprestación por haber adquirido o haber percibido un servicio, esto asociado a que en el futuro se espera obtener un ingreso por la prestación del servicio” y Se entiende por gasto los decrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo sobre el que se informa, a modo de salidas o disminuciones del valor de los activos, o bien por la generación o aumento de los pasivos, esto asociado a que no esperamos obtener un ingreso futuro por la prestación del servicio.”

CONSIDERACIONES Y CONCEPTO

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico-científico de la profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en los siguientes términos:

Es pertinente recalcar que nuestra respuesta se refiere exclusivamente al aspecto contable y no tributario (Decreto 1625 de 2016) al cual hace referencia al inicio de su consulta.

Mediante el concepto 2020-08061 que emitió el CTCP, en respuesta a la consulta inicial, con relación al reconocimiento y medición de activos en Contratos de Concesión, manifestó:

“(…) La CINIIF 12, y la sección 34 de la NIIF para pymes, se refieren a las directrices que deben ser consideradas en la cont abilidad del concesionario, tratándose de los contratos de concesión, en los que también pueden incluirse servicios de construcción o mejora, se deberá tener en cuenta lo siguiente:Por parte del concesionario se reconoce un activo financiero por el derecho contractual incondicional a recibir de la concedente, efectivo u otro activo financiero por los servicios de construcción2; y/o un activo intangible por el valor razonable del servicio prestado3.

(…)”

La CINIIF 12 hace mención a la contabilización del activo financiero4:

“24 El importe debido por la concedente o por una entidad bajo la supervisión de ella se contabilizará de acuerdo con la NIIF 9: (a) costo amortizado; o

(b) valor razonable con cambios en otro resultado integral; o

(c) valor razonable con cambios en resultados.

25 Cuando el importe debido por la concedente se contabiliza al costo amortizado, la NIIF 9 requiere que el interés calculado utilizando el método del interés efectivo se reconozca en el resultado del periodo.”

El reconocimiento de la contraprestación dada por el concedente al operador, el activo financiero se contabiliza de conformidad con la NIIF 9 Instrumentos Financieros5:

“Excepto para las cuentas por cobrar comerciales que queden dentro del alcance del párrafo 5.1.3, en el reconocimiento inicial una entidad medirá un activo financiero o pasivo financiero por su valor razonable más o menos, en el caso de un activo financiero o pasivo financiero que no se contabilice al valor razonable con cambios en resultados, los costos de transacción que sean directamente

atribuibles a la adquisición del activo financiero o pasivo financiero.” Subrayado fuera de texto.

La norma indica que la medición inicial del activo financiero será el valor razonable más o menos los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición del activo financiero. No obstante, los costos por préstamos incurridos deben ser reconocidos como gasto, así lo expreso el CTCP en el concepto 2018-01896:

“(…) El CTCP se ha pronunciado en diversas oportunidades sobre el tema de los costos por préstamos incurridos en contratos de concesión que otorgan el derecho a recibir un activo financiero (modelo de activo financiero), indicando que dichos costos no pueden ser capitalizados como parte del costo del activo y debe ser reconocidos como un gasto en el estado de resultados. Los conceptos 2016- 589, 2016-677, 2017-569 y 2017-981 se refieren específicamente a este tema. Otros conceptos que se han referido al tema de las concesiones son: 2015-161, 2015-925, 2016-238, 2016-245, 2016-658, 2016-758, 2016-769, 2017-091, y 2017-8277.

En lo relacionado con las posibles divergencias que pueden generarse por lo indicado en la NIIF 15 y en la IFRIC 12, le recomendamos revisar las referencias que sobre la Jerarquía normativa contiene la NIC 8 en sus párrafos 7 a 12. En el párrafo 7 se indica que cuando una NIIF (norma o interpretación) sea específicamente aplicable a una transacción, otro evento o condición, la política o políticas contables aplicadas a esa partida se determinarán aplicando la NIIF concreta.” Subrayado fuera de texto.

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que, para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este concepto son los previstos por el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.


¿Los anticipos pagados del régimen simple de tributación – SIMPLE deben recalcularse con la nueva tarifa revivida?. Concepto 383 DIAN de 2024

 



5ta adición al Concepto General sobre el Régimen Simple de Tributación – SIMPLE con motivo de la Ley 2277 de 2022.

Concepto Nº 383 [010393]

24-05-2024

DIAN

100208192-383

Bogotá, D.C.



Ref.: Quinta adición al Concepto General sobre el Régimen Simple de Tributación – SIMPLE con motivo de la Ley 2277 de 2022


Tema: Régimen Simple de Tributación – SIMPLE
Descriptores: Anticipos
Fuentes formales Artículo 908 y 910 del Estatuto Tributario.



Sentencia C-540 de 2023.






Esta Subdirección está facultada para absolver las consultas escritas, presentadas de manera general, sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de la DIAN1. En este sentido, la doctrina emitida será de carácter general, no se referirá a asuntos particulares y se someterá a lo consagrado en el artículo 131 de la Ley 2010 de 20192.



Mediante el presente pronunciamiento, esta Subdirección se encargará de aclarar una serie de consultas relacionadas con la interpretación y aplicación del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación – SIMPLE (en adelante, el “SIMPLE”), en el contexto de la Ley 2277 de 2022. Este pronunciamiento se centra específicamente en la adición de unos problemas jurídicos al Concepto General de la referencia (Concepto 000977 – interno 131 del 30 de enero de 2024.



4.3. Después de la declaración de inexequibilidad de los numerales 4 y 5 del parágrafo 4 del artículo 908 del Estatuto Tributario, según la modificación realizada por el artículo 44 de la Ley 2277 de 2022, ¿los anticipos pagados del régimen simple de tributación -SIMPLE deben recalcularse con la nueva tarifa revivida?



Como se especificó en el punto #2.2 de este concepto general, la Corte Constitucional, mediante la sentencia C-540 de 2023, declaró inexequibles los numerales 4° y 5° del artículo 908 del Estatuto Tributario y los numerales 4° y 5° del parágrafo 4° del mismo artículo, según la modificación realizada por el artículo 44 de la Ley 2277 de 2022. A raíz de esta declaración de inexequibilidad, se revivió el numeral 3 del artículo 42 de la Ley 2155 de 20213. Con esta reviviscencia, se resolvieron tres aspectos clave4: (i), se llenó el vacío normativo surgido tras la declaración de inexequibilidad; (ii) se hizo mediante una disposición que se ajustaba a la Constitución; y (iii) se evitaron posibles vulneraciones a los derechos fundamentales de los contribuyentes5.



Además, como se aclaró en el punto # 4.2 de este pronunciamiento, revivir esta norma también implicó la reviviscencia de las tarifas del numeral 3° del parágrafo 4° del artículo 908 del Estatuto Tributario, según lo dispuesto en la Ley 2155 de 2021. Sin embargo, la aplicación de esta norma revivida para los contribuyentes pertenecientes al grupo 4 (antes grupos 4 y 5), no tiene aplicación retroactiva.



Conforme lo reconoció el alto tribunal de la jurisdicción constitucional en la sentencia C-541 de 20236, la decisión adoptada en la sentencia C-540 de 2023 se configura en cosa juzgada formal y absoluta7. Esto significa que sus efectos se aplican desde la fecha en que se adoptó8 y hacia el futuro (ex nunc)9. En consecuencia: (i) la norma declarada inexequible queda excluida del ordenamiento jurídico inmediatamente10, (ii) ninguna autoridad puede emitir resoluciones, dictámenes o conceptos basados en dicha norma, ya que esto constituiría un desconocimiento directo de la Constitución 11 y (iii) los anticipos calculados y pagados bajo la vigencia de la norma cuestionada permanecen válidos, ya que la declaratoria de inexequibilidad no es incompatible con el reconocimiento de plenos efectos de la disposición desde su promulgación y hasta la sentencia de inconstitucionalidad.



Por lo tanto, en virtud de los efectos del fallo de inconstitucionalidad, la tarifa revivida para la liquidación de anticipos comenzó a surtir efectos jurídicos de forma inmediata a partir del 5 de diciembre de 2023 y hacia el futuro. Esto implica que los anticipos liquidados con la tarifa declarada inexequible siguen siendo válidos y no necesitan ser recalculados bajo la tarifa revivida.12 En consecuencia, tampoco habría necesidad de liquidar intereses por dichos anticipos.



En este sentido, los anticipos liquidados con la tarifa anterior declarada inexequible debieron ser descontados -sin haber sido recalculados- del valor a pagar en la declaración consolidada anual del periodo 2023, conforme al artículo 910 del Estatuto Tributario. Ahora bien, de existir diferencia entre los anticipos y el valor a pagar de la declaración consolidada anual, el saldo debió haber sido pagado por el contribuyente. Finalmente, se recuerda que en los periodos siguientes, los anticipos se liquidarán bajo la tarifa del numeral 3 del artículo 42 de la Ley 2155 de 2021, hasta que el Congreso de la República nuevamente regule la tarifa del régimen simple de tributación -SIMPLE.13



En los anteriores términos se absuelve su petición y se recuerda que la normativa, jurisprudencia y doctrina en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaria, en lo de competencia de esta Entidad, puede consultarse en el normograma DIAN: https://normograma.dian.gov.co/dian/.



viernes, septiembre 06, 2024

La Importancia de Entender el Duelo por una Mascota en el Ámbito Empresarial

 


El duelo por la pérdida de una mascota es una experiencia profundamente dolorosa que puede afectar significativamente a las personas. Las empresas deben reconocer y entender que este tipo de duelo es comparable al duelo por la pérdida de un ser humano. En este blog, exploraremos la importancia de esta comprensión en el ámbito empresarial y cómo las organizaciones pueden apoyar a sus empleados durante estos momentos difíciles.

¿Por Qué es Importante Entender el Duelo por una Mascota?

Las mascotas son miembros importantes de muchas familias, y su pérdida puede causar un dolor intenso y duradero. Este tipo de duelo puede afectar la productividad, el bienestar emocional y la salud mental de los empleados. Reconocer y validar estos sentimientos en el entorno laboral es esencial para crear un ambiente de trabajo comprensivo y empático.

Para obtener más información sobre la importancia del bienestar emocional en el trabajo, puedes leer nuestra entrada anterior sobre Salud Mental en el Lugar de Trabajo.

Estrategias para Apoyar a los Empleados en Duelo por una Mascota

Las empresas pueden implementar varias estrategias para apoyar a sus empleados que están lidiando con la pérdida de una mascota:

  • Políticas de Duelo Inclusivas: Ampliar las políticas de duelo para incluir la pérdida de mascotas, permitiendo a los empleados tomar tiempo libre para procesar su pérdida.
  • Recursos de Apoyo: Ofrecer recursos como asesoramiento o grupos de apoyo para ayudar a los empleados a manejar su dolor.
  • Flexibilidad: Ser flexible con el horario y las cargas de trabajo de los empleados en duelo para permitirles el tiempo y espacio necesarios para recuperarse.

Puedes revisar nuestro análisis detallado sobre las Mejores Prácticas para la Gestión del Duelo en el Trabajo para más detalles.

Beneficios de Apoyar a los Empleados en Duelo

Apoyar a los empleados que están en duelo por la pérdida de una mascota no solo es un acto de compasión, sino que también puede traer varios beneficios a la empresa:

  • Mejora del Clima Laboral: Un ambiente de trabajo comprensivo y empático fomenta la lealtad y el compromiso de los empleados.
  • Aumento de la Productividad: Los empleados que se sienten apoyados y comprendidos son más propensos a recuperarse rápidamente y mantener su productividad.
  • Reducción del Ausentismo: Proporcionar tiempo adecuado para el duelo puede reducir el ausentismo no planificado y mejorar la moral general del equipo.

Implementar buenas prácticas de apoyo emocional es esencial para mantener un entorno de trabajo saludable y productivo. Para consejos sobre cómo mejorar el bienestar emocional en el lugar de trabajo, visita nuestra publicación sobre Estrategias para el Bienestar Emocional en el Trabajo.

Conclusión

El duelo por la pérdida de una mascota es una experiencia real y significativa que debe ser reconocida en el ámbito empresarial. Al implementar políticas y recursos de apoyo, las empresas pueden ayudar a sus empleados a manejar su dolor de manera saludable, lo que a su vez beneficia al entorno de trabajo en general.

Mensaje Final: Si necesitas asesoría sobre cómo implementar políticas de apoyo emocional y gestionar el bienestar de tus empleados, no dudes en contactarme. Juntos podemos crear un ambiente de trabajo más comprensivo y empático.

Lineamientos del Código de Ética del Contador Público en 2024

 El Código de Ética del Contador Público es un conjunto de principios y normas que guían la conducta profesional de los contadores. Este código se actualiza periódicamente para reflejar las nuevas realidades y desafíos de la profesión. En este blog, exploraremos los lineamientos clave del Código de Ética del Contador Público, actualizados al 2024, y su importancia para la práctica contable en Colombia.

¿Qué es el Código de Ética del Contador Público?

El Código de Ética del Contador Público establece los estándares de conducta que deben seguir los contadores en el ejercicio de su profesión. Este código abarca principios fundamentales como la integridad, objetividad, competencia profesional y debido cuidado, confidencialidad y comportamiento profesional. Estos principios aseguran que los contadores actúen de manera ética y profesional, protegiendo así el interés público y la confianza en la profesión contable.

Para obtener más información sobre los principios éticos fundamentales, puedes leer nuestra entrada anterior sobre la Ética Profesional en la Contaduría.

Principios Fundamentales del Código de Ética 2024

Los principios fundamentales del Código de Ética del Contador Público, actualizados al 2024, incluyen:

  • Integridad: Los contadores deben ser honestos y transparentes en todas sus actividades profesionales.
  • Objetividad: Los contadores deben evitar prejuicios, conflictos de interés y cualquier influencia indebida que pueda afectar su juicio profesional.
  • Competencia Profesional y Debido Cuidado: Los contadores deben mantener sus conocimientos y habilidades al día, y actuar con diligencia y cuidado profesional.
  • Confidencialidad: Los contadores deben respetar la confidencialidad de la información obtenida durante su trabajo profesional y no divulgarla sin autorización adecuada.
  • Comportamiento Profesional: Los contadores deben cumplir con las leyes y regulaciones pertinentes y evitar cualquier conducta que desacredite a la profesión.

Puedes revisar nuestro análisis detallado sobre los Principios Éticos del Contador Público para más detalles.

Aplicación de los Lineamientos Éticos en 2024

La aplicación de los lineamientos éticos en 2024 requiere que los contadores se mantengan informados sobre las actualizaciones del código y que integren estos principios en su práctica diaria. Algunas áreas clave de aplicación incluyen:

  • Transparencia en la Información Financiera: Garantizar que todos los informes financieros sean precisos y presenten una imagen fiel de la situación financiera de las entidades.
  • Prevención de Fraude y Corrupción: Implementar controles internos y prácticas de auditoría para prevenir y detectar fraudes.
  • Responsabilidad Social: Actuar en el mejor interés del público y contribuir al bienestar social a través de prácticas contables responsables.

Implementar buenas prácticas contables y éticas es esencial para mantener la confianza en la profesión contable y asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes. Para consejos sobre cómo integrar la ética en la práctica contable, visita nuestra publicación sobre Buenas Prácticas Contables.

Desafíos y Oportunidades

El cumplimiento con el Código de Ética del Contador Público presenta tanto desafíos como oportunidades para los profesionales contables:

Desafíos:

  • Mantenerse Actualizado: Los contadores deben invertir tiempo y recursos en su educación continua para mantenerse al día con las actualizaciones del código.
  • Manejo de Conflictos de Interés: Identificar y gestionar adecuadamente los conflictos de interés para mantener la objetividad e integridad.

Oportunidades:

  • Mejora de la Reputación Profesional: El cumplimiento con los estándares éticos mejora la reputación y la confianza en los contadores.
  • Fortalecimiento de la Confianza Pública: Actuar éticamente fortalece la confianza del público en la profesión contable y en la información financiera que producen.

Para un análisis más profundo sobre los desafíos y oportunidades, puedes leer nuestra publicación sobre los Retos y Beneficios de la Ética Contable.

Conclusión

El Código de Ética del Contador Público es una guía esencial para el ejercicio profesional de la contaduría. Los lineamientos actualizados al 2024 refuerzan la importancia de la integridad, objetividad, competencia profesional, confidencialidad y comportamiento profesional. Mantenerse fiel a estos principios es crucial para asegurar la confianza en la profesión y la calidad de la información financiera.